HISTORIA Y ARTE - EL MUNDO ROMANO: Economía y sociedad - 6ª parte

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Historia y Arte

EL MUNDO ROMANO

Economía y sociedad - 6ª parte


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El Derecho romano

ntre las aportaciones originales de la civilización romana, el Derecho ocupa un lugar de privilegio, sobre todo por su profunda trascendencia posterior.

El Derecho Romano, tal y como se entiende hoy, fue el que se practicó en la ciudad de Roma durante los tres primeros siglos de nuestra era. Ahora bien, el derecho tuvo a lo largo de la historia de Roma un origen, un desarrollo, un momento de esplendor y una decadencia.

Como punto de partida puede decirse que la necesidad de tener leyes nació al tiempo que nacía la propia ciudad de Roma, por ello desde época temprana hay referencias a lo que los romanos llamaban "las antiguas costumbres" o, si se prefiere, la tradición de la cual se desprendían unas reglas y unos principios morales que regían la vida cotidiana.

Este derecho arcaico (Ius Quiritium) se fundamentaba en la idea de la familia regida por el "pater familias" que tenía todo el poder sobre los seres o cosas que estaban a su cargo. Los guardianes de este primer derecho eran los sacerdotes, y la falta de información sobre las reglas que contenía, fue motivo de que los plebeyos, en su lucha por la igualdad política, exigieran que éstas se hicieran públicas. Así, en el siglo V a. de C., se consiguió que la ley fuera conocida por todos y dejara de estar bajo el control único de los privilegiados. Esa ley fue denominada "Ley de las doce tablas" por estar escrita sobre ese número de piezas al ser expuesta en el foro a la vista de todos.

a "Ley de las doce tablas" supuso la fijación de algunos principios jurídicos fundamentales y la aparición de los juristas que, sustituyendo a los sacerdotes, habrían de ser en adelante los encargados de desarrollar el derecho.

La expansión y el desarrollo del comercio crearon, desde el siglo III a. de C., nuevos problemas jurídicos que el derecho hubo de solucionar ampliando sus leyes y adaptándose a las nuevas circunstancias.

Surgieron así el "Ius Gentium" para regular las relaciones entre ciudadanos romanos y no ciudadanos, y el "Ius Honorarium" que era, en cierto modo, la modernización del "Ius Quiritium".

Desde el siglo I al siglo III d. de C. el Derecho Romano alcanzó su momento culminante. Es la época del derecho clásico y fue obra de los juristas, pues el Estado se limitó a la función de consulta por parte del Senado ("Senatusconsulta") y a dictar unas pocas leyes por parte del Emperador ("Constitutiones principis"). El Derecho clásico se alejó del concepto de familia para tener más en cuenta al individuo e hizo hincapié en lo referente a relaciones económico-comerciales.

A partir del siglo III comienza la decadencia del Derecho, al ser capitalizado por los emperadores en un claro absolutismo imperial que hizo desaparecer a los juristas.

La transmisión del Derecho Romano y su posterior influencia en casi todo el mundo europeo se produjo gracias a que Justiniano (emperador del Imperio Bizantino de mediados del s. VI) lo recogió en una gigantesca obra, el "Corpus Iuris Civilis".

De su influencia, basta decir que estuvo vigente en casi toda Europa hasta el siglo XIX, que aún hoy se mantiene en Andorra o San Marino y que se sigue estudiando en las facultades de Derecho de todo el mundo.

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