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El programa ERASMUS (Unión Europea)

El programa Erasmus tiene como objetivo atender a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de todos los participantes en educación superior formal y en formación profesional de nivel terciario, cualquiera que sea la duración de la carrera o cualificación, incluidos los estudios de doctorado, así como a las instituciones que imparten este tipo de formación.

¿Quién es Erasmus?

Erasmo de Rotterdam (1466-1536), fue un humanista, filósofo, filólogo y teólogo, neerlandés que pasó los años más importantes de su vida en diferentes países europeos como Francia, Italia, Reino Unido, Suiza y Alemania. Es uno de los más destacados representantes del Renacimiento europeo de su tiempo. Su gran mérito consistió en que ya en aquel entonces influyó decisivamente en el desarrollo europeo.
Objetivos específicos

Apoyar la realización de un Espacio Europeo de Educación Superior .

  • Reforzar la contribución de la educación superior y la formación profesional de nivel terciario al proceso de innovación.

Objetivos operativos

  • Mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la movilidad de estudiantes y personal docente en Europa, contribuyendo a lograr que, en 2012, al menos 3 millones de estudiantes se hayan desplazado gracias al programa Erasmus y sus programas predecesores.

  • Mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la cooperación multilateral entre las instituciones europeas de educación superior.
    Aumentar la transparencia y la compatibilidad entre las cualificaciones de la educación superior y de la formación profesional de grado Superior obtenidas en Europa.

  • Mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la cooperación multilateral entre los instituciones europeas de educación superior.

  • Facilitar el desarrollo de prácticas innovadoras en educación y formación de nivel terciario así como su transferencia, incluso de un país participante a otros.

  • Apoyar el desarrollo de contenidos, servicios, pedagogías y prácticas de educación permanente innovadores y basados en las TIC.

Acciones

El Programa Erasmus subvenciona las siguientes acciones:

  • Movilidad individual, que puede incluir:

    • Carta universitaria Erasmus

    • Movilidad de estudiantes con fines de estudio

    • Prácticas de estudiantes en empresas

    • Movilidad del personal docente de las instituciones de educación
      superior para impartir enseñanza

    • Formación de personal docente y demás personal de instituciones de educación superior y empresas

    • Organización de la movilidad

    • Programas intensivos

    • Cursos intensivos de idiomas

    • Visitas preparatorias

  • Proyectos multilaterales, que incluyen:

    • Desarrollo de programas de estudios

    • Cooperación entre Universidades y empresas

    • Modernización de la educación Superior

    • Campus virtuales

  • Redes

    • Proyectos de redes temáticas (Comisión Europea)

La Carta universitaria Erasmus, los Proyectos multilaterales y las Redes son acciones centralizadas gestionadas por la Agencia Ejecutiva

Enlace a la Agencia Ejecutiva de la Comisión Europea
http://eacea.ec.europa.eu 

¿Quién puede participar?

  • Estudiantes y personas en formación que cursen cualquier forma de enseñanza y formación de nivel terciario.

  • Instituciones de educación superior, según especifiquen los Estados miembros.

  • Profesorado, formadores y demás personal de esas instituciones.

  • Asociaciones y representantes de todos los participantes en la educación superior, incluidas las asociaciones pertinentes de estudiantes, universidades y profesorado o formadores.

  • Empresas, interlocutores sociales y otros representantes del mundo laboral.

  • Organismos públicos y privados, incluidos los organismos sin ánimo de lucro y organizaciones no gubernamentales, responsables de organizar e impartir educación y formación a niveles local, regional y nacional.

  • Centros de investigación y organismos que trabajen sobre aspectos del aprendizaje permanente.

  • Organismos que prestan servicios de orientación, asesoramiento e información.

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Movilidad de estudiantes con fines de estudio

Los objetivos de la movilidad de estudiantes Erasmus son:

  • Permitir que los estudiantes se beneficien educativa, lingüística y culturalmente de la experiencia del aprendizaje en otros países europeos.

  • Fomentar la cooperación entre instituciones y enriquecer el entorno educativo de las instituciones de acogida.

  • Contribuir a la creación de una comunidad de jóvenes y futuros profesionales bien cualificados, con mentes abiertas y experiencia internacional.

  • Facilitar la transferencia de créditos y el reconocimiento de estancias en el extranjero, mediante el sistema ECTS o un sistema de créditos compatible.

Consiste en la realización de un período de estudios en una institución de educación superior de otro país europeo. Al final del mismo la institución de origen del estudiante reconocerá académicamente los estudios realizados. Durante este periodo, el estudiante estará exento de pagar tasas académicas en la institución de acogida. Podrán participar los estudiantes de instituciones de Educación superior que posean una Carta Universitaria Erasmus. El estudiante debe recibir un acuerdo de estudios por escrito relativo al programa de estudios que seguirá en el país de acogida. Al término de la estancia en el extranjero, la institución de acogida debe remitir al estudiante Erasmus y a su institución de origen un certificado de que ha completado el programa acordado y un informe de sus resultados. Las ayudas a los estudiantes Erasmus son compatibles con cualquier otra ayuda o préstamo nacional.

¿Quién puede solicitar ayudas para Movilidad de estudiantes con fines de estudio?

Instituciones de educación superior en posesión de la Carta universitaria Erasmus

Duración

Mínimo 3 meses. Máximo 12 meses.

Actividades financiadas

La ayuda tiene como finalidad contribuir a sufragar los gastos adicionales derivados de la movilidad de los estudiantes (por ejemplo, manutención, viaje, alojamiento, etc.).

Guía de solicitud

¿Cómo participar en la Movilidad de estudiantes con fines de estudio?

La Movilidad de estudiantes con fines de estudio es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional.

Los beneficiarios finales de esta acción son los estudiantes, pero su participación en el programa se realiza a través de la institución de educación superior en la que se encuentren matriculados, ante la que tendrán que presentar solicitud, siguiendo las convocatorias que para tal fin se publiquen.

Es la institución de educación superior quien presenta la solicitud de participación a la Agencia Nacional..

Las condiciones específicas de participación en esta acción son:

  • El estudiante, en el momento de realizar la movilidad, debe estar cursando al menos el segundo año de un plan de estudios de grado superior.

  • El estudiante debe estar matriculado en una institución de educación superior con el objeto de realizar un programa de estudios que concluya con la obtención de una titulación superior reconocida, hasta el grado de doctorado, inclusive.

  • La movilidad de estudiantes Erasmus está basada en acuerdo interinstitucionales entre las instituciones participantes, cada una de las cuales posee una Carta universitaria Erasmus.

  • La institución de origen deberá conceder el pleno reconocimiento académico del período de estancia en la institución de acogida, como parte integral de los estudios cursados en ella. El reconocimiento de los estudios únicamente podrá ser denegado si el estudiante no alcanza e nivel requerido por la institución de acogida, o bien se incumple las condiciones relativas al reconocimiento acordados por las instituciones participantes.

  • El reconocimiento académico se basará en el acuerdo de estudios aprobado con anterioridad al período de estudios por la institución de origen, la de acogida y el estudiante. El estudiante no debe pagar tasas académicas en la institución de acogida (en concepto de matricula, inscripción, exámenes, uso de laboratorios y bibliotecas, etc.). No obstante, la institución de acogida puede pedir que se paguen tasas reducidas para cubrir los gastos del seguro, la afiliación a sindicatos de estudiantes y la utilización de materiales diversos, tales como fotocopias, productos de laboratorio, etc., sobre las mismas bases que los estudiantes de dicha institución. La institución de origen puede seguir percibiendo las tasas académicas normales a sus estudiantes durante el período de estudios, pero el estudiante no será responsable de ninguna tasa o cargo adicional relacionado con la organización o gestión de su movilidad Erasmus
  • El estudiante debe poseer la nacionalidad de uno de los países participantes en el programa, o estar reconocidos por el país en el que reside, como residente permanente, refugiado o apátrida.

  • Durante su movilidad el estudiante seguirá disfrutando de las becas o préstamos con fines educativos que podría obtener normalmente para estudiar en su institución de origen. Las ayudas de movilidad Erasmus son complementarias con los sistemas nacionales y/o regionales de becas, incluidos los sistemas que ofrecen una compensación por los gastos adicionales de los estudios realizados en el extranjero.

  • La cuantía media mensual de las ayudas para movilidad de estudiante con fines de estudio se indicará en la convocatoria nacional, y estará sujeta a los máximos establecidos en la convocatoria de propuestas de la Comisión Europea.

La institución de educación superior llevará a cabo la selección de los estudiantes de conformidad con las directrices proporcionadas por la Agencia Nacional. La institución debe garantizar que dichas tareas se ejecuten de forma justa, transparente y coherente, para lo que sus directrices deberán incluir los siguientes requisitos:

  • El procedimiento de concesión de las ayudas debe ser transparente, justo, equitativo, coherente y estar bien documentado.

  • La institución adoptará todas las medidas necesarias para evitar cualquier conflicto de intereses entre las personas que puedan tomar parte en los órganos o el proceso de selección de los beneficiarios individuales.

  • Todos los requisitos relacionados con la selección de estudiantes de la institución deben ser plenamente transparentes y estar bien documentados, y se pondrán a disposición de todas las partes implicadas en el proceso de selección. El procedimiento de concesión de las ayudas se hará público explicando con claridad los criterios de elegibilidad, exclusión, selección y concesión.

  • La institución podrá establecer criterios tales como los resultados académicos del candidato, los conocimientos necesarios de la lengua de trabajo en la organización de acogida, la motivación, etc.

  • Durante su movilidad el estudiante seguirá disfrutando de las becas o prestamos con fines educativos que podría obtener normalmente para estudiar en su institución de origen. Las ayudas de movilidad Erasmus son complementarias con los sistemas nacionales y/o regionales de becas, incluidos los sistemas que ofrecen una compensación por los gastos adicionales de los estudios realizados en el extranjero.

¿Cómo presentar la solicitud?

Sólo se concederán fondos destinados a la movilidad de estudiantes Erasmus a aquellas instituciones de educación superior que posean una Carta universitaria Erasmus (EUC).

La Agencia Nacional publica anualmente una convocatoria nacional para el Programa de aprendizaje permanente, en la que se incluye el programa Erasmus.

Las instituciones españolas interesadas en participar en la Movilidad de estudiantes con fines de estudio, enviarán su solicitud a la Agencia Nacional utilizando los formularios de solicitud oficiales que se publicarán en su página web junto con la convocatoria nacional.

Al completar la solicitud las instituciones deben tener en cuenta las instrucciones reflejadas en la convocatoria nacional y en la convocatoria de propuestas publicada por la Comisión Europea.

Para las solicitudes que superen los requisitos formales indicados en la convocatoria, en la concesión de las ayudas no podrá excluirse a ninguna institución, nivel o área de estudio en lo referente al apoyo financiero. En consecuencia no podrá denegarse ayudas para movilidad de estudiantes con fines de estudio, pero el número de ayudas podrá ser inferior al número de solicitudes en función del presupuesto del que se disponga.

La Agencia Nacional publicará en su página web las listas definitivas de ayudas aprobada. La denegación o situación en lista de espera se comunicará directamente a las instituciones interesadas.

La Agencia Nacional subscribirá un contrato financiero con las instituciones de educación superior beneficiaras de las ayudas, con la finalidad de proceder al pago de estas.

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Prácticas de estudiantes en empresas

El periodo de prácticas es la estancia durante un periodo de tiempo en una empresa u organización de otro país participante, y tiene por finalidad contribuir a que las personas se adapten a las exigencias del mercado laboral a escala comunitaria, adquieran aptitudes específicas y mejoren su comprensión del entorno económico y social del país en cuestión, al mismo tiempo que adquieren experiencia laboral. Estas prácticas pueden ir acompañadas, en caso necesario, de cursos de preparación o de curso de actualización en la lengua de acogida o de trabajo.

Podrán participar los estudiantes de instituciones de educación superior que posean una Carta universitaria Erasmus ampliada.

Las organizaciones de acogida para las prácticas de estudiantes pueden ser empresas, centros de formación, centros de investigación y otras organizaciones.

Las características de las prácticas de estudiantes son:

  • La institución de enseñanza superior de origen debe otorgar su pleno reconocimiento al periodo de prácticas en el extranjero.

  • El estudiante debe recibir un acuerdo de formación relativo al programa del periodo de prácticas; este acuerdo debe ser aprobado por la institución de educación superior de origen y la organización de acogida.

El periodo de prácticas debe estar cubierto por un convenio de prácticas aprobado por la institución de educación superior de origen, el consorcio de origen (si procede), la institución de acogida y el beneficiario.

¿Quién puede solicitar ayudas para Prácticas de estudiantes en empresas?

  • Instituciones de Educación Superior en posesión de una Carta Universitaria Erasmus Ampliada

  • Consorcios de prácticas

Duración

  • Mínimo 3 meses. Máximo 12 meses

  • En los casos de estudiantes matriculados en un ciclo de formación profesional de grado superior, la duración mínima es de dos semanas.

Actividades financiadas

Las ayudas tienen como finalidad contribuir a sufragar los gastos adicionales derivados de la movilidad de los estudiantes (principalmente gastos de viaje y de manutención) derivados de la estancia en el extranjero.

Guía de solicitud de Prácticas de estudiantes en empresas

¿Cómo participar en las Prácticas de estudiantes en empresas?

La Movilidad de estudiantes para realizar prácticas en una empresa es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional.

Los beneficiarios finales de esta acción son los estudiantes, pero su participación en el programa se realiza a través de la institución de educación superior en la que se encuentren matriculados, ante la que tendrán que presentar solicitud, siguiendo las convocatorias que para tal fin se publiquen.

Es la institución de educación superior quien presenta la solicitud de participación a la Agencia Nacional. La institución puede solicitar ayudas para la movilidad de estudiantes en prácticas a través de dos vías diferentes:

    a) a través de un consorcio del que forme parte; mediante la presentación de un             proyecto,

    b) directamente a la Agencia Nacional en calidad de institución individual

La única condición es que cada departamento o facultad deberá elegir una de estas dos modalidades y no podrá utilizarlas simultáneamente.

Un consorcio es un grupo de instituciones de educación superior y otras organizaciones, tales como asociaciones, cámaras de comercio o fundaciones, que trabajan conjuntamente para facilitar las prácticas en empresas de los estudiantes de las instituciones de educación superior que formen parte del mismo.

El consorcio estará compuesto, como mínimo, por un coordinador institucional y al menos una institución de educación superior. Cada institución socia tiene que firmar un acuerdo con el coordinador del consorcio en el que se especifiquen las funciones y responsabilidades, así como el procedimiento de gestión administrativo y financiero.

El coordinador del consorcio es el encargado de solicitar las ayudas para prácticas en empresas, de su administración y de realizar los informes de justificación de fondos, así como de impulsar y facilitar los contactos para realizar las prácticas.

Las condiciones específicas de participación en esta acción son:

  • El estudiante debe estar matriculado en una institución de educación superior con el objeto de realizar un programa de estudios que concluya con la obtención de una titulación superior reconocida, hasta el grado de doctorado, inclusive.

  • Las instituciones de educación superior que quieran enviar estudiantes en prácticas, bien directamente bien a través de un consorcio, tienen que poseer la Carta universitaria Erasmus “ampliada”, y son responsables de la calidad y contenidos de las prácticas. Deben elaborar el acuerdo de formación, el programa de trabajo, realizar el seguimiento y el reconocimiento del período de prácticas del estudiante.

  • Las organizaciones de acogida podrán ser empresas, centros de formación, centros de investigación u otras organizaciones. No se consideran entidades de acogida elegibles las instituciones europeas, las organizaciones encargadas de gestionar programas de la UE (para evitar posibles conflictos de interés y/o financiación compartida), y la representación diplomática nacional (embajada, etc.) del país del estudiante en el país de acogida.

  • A efectos de la realización de prácticas, no es necesaria la existencia de acuerdos bilaterales entere la institución de educación superior y la empresa de acogida, puesto que están legalmente sujetos al cumplimiento del acuerdo de formación de cada estudiante firmado por las tres partes implicadas y adjunto al contrato entre la institución y el estudiante.

  • La institución de origen deberá conceder el pleno reconocimiento del período de prácticas en la organización de acogida. El reconocimiento únicamente podrá ser denegado si el estudiante no alcanza e nivel requerido por la institución de acogida, o bien se incumple las condiciones relativas al reconocimiento acordados.

  • El reconocimiento del período de prácticas se basará en el acuerdo de formación aprobado con anterioridad al período de estudios por la institución de origen, la empresa y el estudiante. El acuerdo de formación incluye el programa de tareas o de trabajo que se llevará a cabo, los resultados del aprendizaje en materia de conocimientos, las competencias y capacidades que deben adquirirse, las disposiciones relativas a la tutoría, la correspondencia del período de prácticas realizado con la titulación que esta realizando el estudiante.

  • El estudiante debe poseer la nacionalidad de uno de los países participantes en el programa, o estar reconocido por el país en el que residen, como residente permanente, refugiado o apátrida.

  • Durante su movilidad el estudiante seguirá disfrutando de las becas o prestamos con fines educativos que podría obtener normalmente para estudiar en su institución de origen. Las ayudas de movilidad Erasmus son complementarias con los sistemas nacionales y/o regionales de becas, incluidos los sistemas que ofrecen una compensación por los gastos adicionales de los estudios realizados en el extranjero.

  • La cuantía media mensual de las ayudas para movilidad de estudiante para realizar prácticas será superior a la cuantía asignada a los períodos de estudio.

La institución de educación superior o el consorcio llevarán a cabo la selección de los estudiantes de conformidad con las directrices proporcionadas por la Agencia Nacional. La institución y consorcios deben garantizar que dichas tareas se ejecuten de forma justa, transparente y coherente, para lo que sus directrices deberán incluir los siguientes requisitos:

  • El procedimiento de concesión de las ayudas debe ser transparente, justo, equitativo, coherente y estar bien documentado.

  • La institución o el consorcio adoptará todas las medidas necesarias para evitar cualquier conflicto de intereses entre las personas que puedan tomar parte en los órganos o el proceso de selección de los beneficiarios individuales.

  • Todos los requisitos relacionados con la selección de estudiantes de la institución deben ser plenamente transparentes y estar bien documentados, y se pondrán a disposición de todas las partes implicadas en el proceso de selección. El procedimiento de concesión de las ayudas se hará público explicando con claridad los criterios de elegibilidad, exclusión, selección y concesión.

  • La institución o el consorcio podrá establecer criterios tales como los resultados académicos del candidato, los conocimientos necesarios de la lengua de trabajo en la organización de acogida, la motivación, etc.

¿Cómo presentar la solicitud?

Sólo se concederán fondos destinados a la movilidad de estudiantes Erasmus a aquellas instituciones de educación superior que posean una Carta universitaria Erasmus ampliada (EUC).

La Agencia Nacional publica anualmente una convocatoria nacional para el Programa de aprendizaje permanente, en la que se incluye el programa Erasmus.

Las instituciones españolas y los consorcios interesados en participar en la Movilidad de estudiantes para realizar prácticas, enviarán su solicitud a la Agencia Nacional utilizando los formularios de solicitud oficiales que se publicarán en su página web junto con la convocatoria nacional.

Al completar la solicitud las instituciones y los consorcios deben tener en cuenta las instrucciones reflejadas en la convocatoria nacional y en la convocatoria de propuestas publicada por la Comisión Europea.

En el caso de la solicitud directa por instituciones de educación superior, para las solicitudes que superen los requisitos formales indicados en la convocatoria, en la concesión de las ayudas no podrá excluirse a ninguna institución, nivel o área de estudio en lo referente al apoyo financiero. En consecuencia no podrá denegarse ayudas para prácticas, pero el número de ayudas podrá ser inferior al número de solicitudes en función del presupuesto del que se disponga.

En el caso de solicitud a través de consorcios, el coordinador del consorcio enviará su formulario de solicitud que se compone de dos partes: una descripción de la estructura del consorcio, su gestión y capacidades organizativas y su experiencia, y una segunda parte sobre las ayudas solicitadas. Las solicitudes presentadas por consorcios deben superar un proceso de evaluación por expertos externos

La Agencia Nacional publicará en su página web las listas definitivas de ayudas aprobada. La denegación o situación en lista de espera se comunicará directamente a las instituciones interesadas.

La Agencia Nacional subscribirá un contrato financiero con las instituciones de educación superior o los consorcios beneficiaros de las ayudas, con la finalidad de proceder al pago de estas.

Dentro de la movilidad de estudiantes en prácticas se contempla la entrega de una “certificado de prácticas” a los consorcios por parte de la Agencia Nacional. El certificado es un “ticket de entrada” para los consorcios para obtener ayudas para prácticas al igual que lo es la Carta universitaria Erasmus para las instituciones de educación superior. La obtención del certificado permitiría a los consorcios solicitar las ayudas utilizando el mismo método simplificado que las instituciones de educación superior, y sin necesidad de superar un proceso de evaluación adicional. La Agencia Nacional periódicamente publicará convocatorias para la concesión de certificados de prácticas a los consorcios.

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¿Qué es movilidad docente?

Los objetivos de la movilidad docente Erasmus son:

  • Permitir que los estudiantes que no pueden participar en un programa de movilidad se beneficien de los conocimientos y la experiencia de personal académico de instituciones de Educación Superior de otros países europeos.

  • Fomentar el intercambio de competencias y experiencia sobre métodos pedagógicos.

  • Animar a las instituciones de Educación Superior a que amplíen y enriquezcan la variedad y el contenido de los cursos que ofertan.

Las características de esta acción son:

La actividad principal es la enseñanza impartida por un profesor de una Institución de Educación Superior o personal de una empresa en otra Institución de Educación Superior de un país socio, aunque al margen puedan desarrollarse otras actividades.

Podrá participar el personal docente de instituciones de Educación Superior que posean una Carta Universitaria Erasmus o personal de empresas.

El personal docente que participa en un programa de movilidad debe estar integrado en el departamento o la facultad del centro de acogida. Esto implica que:

  • La movilidad de personal docente está basada en acuerdos interinstitucionales.

  • Las instituciones de enseñanza superior socias deben acordar con anterioridad a dicha estancia el programa de estudios que seguirán los profesores visitantes.

En el caso de la movilidad de personal de una empresa a una institución de educación superior, se efectúa a través de una invitación de la institución de educación superior al personal de la empresa. La ayuda siempre es gestionada por la institución de educación superior.
La selección de los beneficiarios corresponde a la Institución de Educación Superior de origen.

¿Quién puede solicitar ayudas para Movilidad del personal docente de las instituciones de Educación Superior para impartir enseñanza?

Instituciones de Educación Superior en posesión de una Carta Universitaria Erasmus

Duración

No se establece una duración mínima de esta actividad, pero es obligatorio impartir al menos cinco horas lectivas. La duración máxima es de seis semanas, aunque la Agencia Nacional financiará como máximo dos semanas.

Actividades financiadas

La ayuda representa una contribución de los gastos de viaje y manutención

Guía de solicitud de Movilidad del personal docente de las instituciones de educación superior y personal de empresas para impartir enseñanza

¿Cómo participar en la Movilidad del personal docente de las instituciones de educación superior y personal de empresas para impartir enseñanza?

La Movilidad del personal docente de las instituciones de educación superior y e empresas para impartir enseñanza. es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional.

Los beneficiarios finales de esta acción son el personal de instituciones de educación superior y el personal de empresas que se trasladen a una institución que posea la Carta Universitaria Erasmus, pero su participación en el programa se realiza a través de la institución de educación superior de la que formen parte, ante la que tendrán que presentar solicitud, siguiendo las convocatorias que para tal fin se publiquen

Es la institución de educación superior quien presenta la solicitud de participación a la Agencia Nacional.

Las condiciones específicas de participación en esta acción son:

  • El docente, en el momento de realizar la movilidad, debe impartir enseñanza dentro de un plan de estudios de grado superior. 

  • El docente tiene que formar parte de la nomina de la institución de origen. 

  • La movilidad del personal docente Erasmus está basada en acuerdo interinstitucionales entre las instituciones participantes, cada una de las cuales posee una Carta universitaria Erasmus. 

  • El personal procedente de empresas deberá trasladarse a una institución que posea una Carta universitaria Erasmus.

  • La movilidad de un miembro del personal procedente de una empresa que se desplaza a una institución de educación superior se efectúa a través de una carta de invitación de la institución de educación superior al personal de la empresa. La ayuda es gestionada por la institución de educación superior. 

  • Durante la realización de la movilidad, el beneficiario debe estar integrado en el departamento o facultad de la institución de acogida, esto supone que:

  • Las instituciones de origen y acogida deben acordar previamente un plan de estudios con las actividades que realizará el beneficiario. Este plan deberá incluir los objetivos y el valor añadido de la movilidad, el contenido del plan de estudios y los resultados esperados. 

  • El beneficiario debe poseer la nacionalidad de uno de los países participantes en el programa, o estar reconocidos por el país en el que residen, como residente permanente, refugiado o apátrida. 

  • La cuantía media mensual de las ayudas para movilidad del personal docente y personal de empresas para impartir enseñanza se indicará en la convocatoria nacional, y estará sujeta a los máximos establecidos en la convocatoria de propuestas de la Comisión Europea.

La institución de educación superior llevará a cabo la selección de los beneficiarios de conformidad con las directrices proporcionadas por la Agencia Nacional. La institución debe garantizar que dichas tareas se ejecuten de forma justa, transparente y coherente, para lo que sus directrices deberán incluir los siguientes requisitos:

  • El procedimiento de concesión de las ayudas debe ser transparente, justo, equitativo, coherente y estar bien documentado.

  • La institución adoptará todas las medidas necesarias para evitar cualquier conflicto de intereses entre las personas que puedan tomar parte en los órganos o el proceso de selección de los beneficiarios individuales. 

  • Todos los requisitos relacionados con la selección de docentes de la institución, o del personal invitado de empresas, deben ser plenamente transparentes y estar bien documentados, y se pondrán a disposición de todas las partes implicadas en el proceso de selección. El procedimiento de concesión de las ayudas se hará público explicando con claridad los criterios de elegibilidad, exclusión, selección y concesión. 

  • Con objeto de garantizar la participación del mayor número posible de beneficiarios, se dará prioridad a los participantes que disfruten por primera vez de una movilidad docente.

¿Cómo presentar la solicitud?

Sólo se concederán fondos destinados a la movilidad docente Erasmus a aquellas instituciones de educación superior que posean una Carta universitaria Erasmus (EUC).

La Agencia Nacional publica anualmente una convocatoria nacional para el Programa de aprendizaje permanente, en la que se incluye el programa Erasmus.

Las instituciones españolas interesadas en participar en la Movilidad docente para impartir enseñanza, enviarán su solicitud a la Agencia Nacional utilizando los formularios de solicitud oficiales que se publicarán en su web junto con la convocatoria nacional.

Al completar la solicitud las instituciones deben tener en cuenta las instrucciones reflejadas en la convocatoria nacional y en la convocatoria de propuestas publicada por la Comisión Europea.

Para las solicitudes que superen los requisitos formales indicados en la convocatoria, en la concesión de las ayudas no podrá excluirse a ninguna institución, nivel o área de estudio en lo referente al apoyo financiero. En consecuencia no podrá denegarse ayudas para movilidad del personal para impartir enseñanza, pero el número de ayudas podrá ser inferior al número de solicitudes en función del presupuesto del que se disponga.

La Agencia Nacional publicará en su página web las listas definitivas de ayudas aprobada. La denegación o situación en lista de espera se comunicará directamente a las instituciones interesadas.

La Agencia Nacional subscribirá un contrato financiero con las instituciones de educación superior beneficiaras de las ayudas, con la finalidad de proceder al pago de estas.

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¿Qué es Formación de personal docente y demás personal de instituciones de educación superior?

Esta acción, que se inscribe en el amplio objetivo de la formación de personal, engloba dos tipos de movilidad:

  • Movilidad de personal de una institución de educación superior a una empresa. 
    El objetivo es permitir que los beneficiarios aprendan de la transferencia de conocimientos o de competencias y adquieran aptitudes prácticas. Las actividades pueden ser muy variadas: seminarios, talleres, cursos y conferencias, periodos de formación práctica, breves comisiones de servicios, etc.
     

  • Movilidad de personal docente y no docente de una institución de educación superior a otra institución de educación superior socia.
    El objetivo es permitir que los beneficiarios aprendan de las experiencias y buenas prácticas de la institución socia y mejoren las aptitudes que requiere su actual puesto de trabajo. La principal actividad es una breve estancia en la institución socia que puede denominarse de varias maneras: breves comisiones de servicios, observación de profesionales, visitas de estudios, etc.

Podrán participar personal docente y no docente de instituciones de educación superior que posean una Carta universitaria Erasmus.

La selección corresponde a la institución de educación superior de origen.

A efectos de la concesión de la ayuda, es indispensable presentar un plan de trabajo aceptado por la institución de origen y de acogida o por la empresa. El plan debe incluir como mínimo: el objetivo global y los objetivos específicos, los resultados que se espera obtener con las actividades de formación o aprendizaje y un programa del periodo de formación.

¿Quién puede solicitar ayudas para Formación de personal docente y demás personal de instituciones de educación superior?

Instituciones de educación superior en posesión de una Carta universitaria Erasmus

Duración

Mínimo 1 semana. Máximo 6 semanas. La Agencia Nacional financiará como máximo dos semanas

Actividades financiadas

Las ayudas tienen como finalidad contribuir a sufragar los gastos de viaje y de manutención.

Guía de solicitud de Formación de personal docente y demás personal de instituciones de educación superior

¿Cómo participar en la Formación de personal docente y demás personal de instituciones de Educación Superior?

La Formación de personal docente y demás personal de instituciones de educación superior es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional.

Los beneficiarios finales de esta acción son el personal de instituciones de educación superior que posean la Carta Universitaria Erasmus, pero su participación en el programa se realiza a través de la institución de educación superior de la que formen parte, ante la que tendrán que presentar solicitud, siguiendo las convocatorias que para tal fin se publiquen.

Es la institución de educación superior quien presenta la solicitud de participación a la Agencia Nacional.

Las condiciones específicas de participación en esta acción son:

  • El personal docente y no docente, procedente de una institución que posea la Carta universitaria Erasmus, deberá trasladarse a otra institución también poseedora de una Carta o a una empresa. 

  • La movilidad de personal entre instituciones de educación superior que posean una Carta universitaria Erasmus está basada en acuerdos interinstitucionales entre las instituciones participantes. 
    Las instituciones de origen y de acogida, o la empresa, deberán aprobar previamente el plan de trabajo presentado por el personal solicitante de este tipo de movilidad. Este plan deberá incluir los objetivos generales y específicos, los resultados esperados, las actividades que se llevarán a cabo y, si es posible, un programa del período. 

  • El personal tiene que formar parte de la nomina de una institución de educación superior que posea la Carta Universitaria Erasmus. 

  • El personal debe poseer la nacionalidad de uno de los países participantes en el programa, o estar reconocidos por el país en el que residen, como residentes permanentes, refugiados o apátridas. 

  • La cuantía media mensual de las ayudas para formación de personal se indicará en la convocatoria nacional, y estará sujeta a los máximos establecidos en la convocatoria de propuestas de la Comisión Europea.

La institución de educación superior llevará a cabo la selección del personal de conformidad con las directrices proporcionadas por la Agencia Nacional. La institución debe garantizar que dichas tareas se ejecuten de forma justa, transparente y coherente, para lo que sus directrices deberán incluir los siguientes requisitos:

  • El procedimiento de concesión de las ayudas debe ser transparente, justo, equitativo, coherente y estar bien documentado. 

  • La institución adoptará todas las medidas necesarias para evitar cualquier conflicto de intereses entre las personas que puedan tomar parte en los órganos o el proceso de selección del personal.

  • Todos los requisitos relacionados con la selección de personal de la institución deben ser plenamente transparentes y estar bien documentados, y se pondrán a disposición de todas las partes implicadas en el proceso de selección. El procedimiento de concesión de las ayudas se hará público explicando con claridad los criterios de elegibilidad, exclusión, selección y concesión. 

  • Con objeto de garantizar la participación del mayor número posible de personal, se dará prioridad a los participantes que disfruten por primera vez de una movilidad.

¿Cómo presentar la solicitud?

Sólo se concederán fondos destinados a la movilidad de personal Erasmus a aquellas instituciones de educación superior que posean una Carta universitaria Erasmus (EUC).
La Agencia Nacional publica anualmente una convocatoria nacional para el Programa de aprendizaje permanente, en la que se incluye el programa Erasmus.

Las instituciones españolas interesadas en participar en la Formación de personal docente y demás personal de instituciones de Educación Superior, enviarán su solicitud a la Agencia Nacional utilizando los formularios de solicitud oficiales que se publicarán en su web junto con la convocatoria nacional.

Al completar la solicitud las instituciones deben tener en cuenta las instrucciones reflejadas en la convocatoria nacional y en la convocatoria de propuestas publicada por la Comisión Europea.

Para las solicitudes que superen los requisitos formales indicados en la convocatoria, en la concesión de las ayudas no podrá excluirse a ninguna institución, nivel o área de estudio en lo referente al apoyo financiero. En consecuencia no podrá denegarse ayudas para movilidad del personal docente y demás personal de instituciones de Educación Superior para recibir formación, pero el número de ayudas podrá ser inferior al número de solicitudes en función del presupuesto del que se disponga.

La Agencia Nacional publicará en su página web las listas definitivas de ayudas aprobada. La denegación o situación en lista de espera se comunicará directamente a las instituciones interesadas.

La Agencia Nacional subscribirá un contrato financiero con las instituciones de educación superior beneficiaras de las ayudas, con la finalidad de proceder al pago de estas

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Organización de la movilidad

La Organización de la movilidad (OM) de estudiantes y personal de instituciones de Educación Superior tiene por finalidad crear las condiciones óptimas, por medio de medidas de apoyo a la calidad, para que los estudiantes, los docentes y el personal de dichas instituciones, realicen periodos de aprendizaje o de enseñanza en instituciones de Educación Superior o en organizaciones de otros países participantes.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las. Instituciones de Educación Superior en posesión de una Carta Universitaria Erasmus y los Consorcios de prácticas,

¿Quién puede solicitar ayudas para Organización de la Movilidad?

  • Instituciones de enseñanza superior en posesión de una Carta Universitaria Erasmus

  • Consorcios de prácticas

Duración

1 año

Actividades financiadas

La Organización de la movilidad incluirá, de manera no exhaustiva, las siguientes actividades:

  • Medidas para la selección de los estudiantes y personal de instituciones de Educación Superior que participan en las actividades de movilidad.

  • Medidas para proporcionar preparación lingüística a los estudiantes y personal de las instituciones de Educación Superior.

  • Medidas encaminadas a proporcionar información y asistencia a estudiantes y personal docente (por ej., presentación del centro de Educación Superior u organización de acogida, asesoramiento académico a estudiantes, asistencia en cuestiones prácticas como el alojamiento, la seguridad social, permisos de residencia y el viaje, y un servicio de tutoría para los estudiantes que vienen del extranjero).

  • Acuerdos académicos y organizativos con los centros asociados (por ej., para los estudiantes, el reconocimiento de los periodos de estudios realizados en el extranjero, la inclusión de los cursos impartidos en el programa regular de la institución de enseñanza superior de acogida; acuerdos para la evaluación del estudiante y de los cursos, etc.; todo ello puede implicar visitas a las instituciones u organizaciones socias).

  • Apoyar el desarrollo y la utilización del sistema europeo de transferencia de créditos (ECTS) y del Suplemento Europeo al Título (DS).

  • Medidas para garantizar la celebración de acuerdos con los estudiantes sobre los programas de trabajo y los requisitos para la aprobación de cualquier método de evaluación (es decir, acuerdos de estudios o formación).

  • Acuerdos sobre la supervisión de los estudiantes que viajan al extranjero, incluidas visitas a instituciones u organizaciones socias.

  • Informes sobre los resultados de los estudiantes y del personal una vez finalizado el periodo de estudios o formación. Difusión de estos resultados entre los estudiantes y personal que viajen al extranjero en el futuro (esto incluye ayudar a que organizaciones locales de estudiantes o estudiantes seleccionados de varios departamentos proporcionen servicios de información y asesoramiento a los estudiantes que reciben o que viajan al extranjero).

  • Acuerdos específicos para garantizar la calidad de las prácticas de estudiantes en empresas.

Guía de solicitud de Organización de la Movilidad

¿Cómo participar en la Organización de la Movilidad?

La Organización de la movilidad es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional.

Los beneficiarios finales de esta acción son las instituciones de educación superior que poseen la Carta universitaria Erasmus, y los consorcios de prácticas.

La cuantía adjudicada a cada institución deriva directamente del número de estudiantes, personal docente y otro personal enviado, así como del personal invitado procedente de empresas. Sin embargo, mediante esta acción la institución o el consorcio pueden subvencionar los costes producidos en relación con la organización de actividades relativas a la movilidad, tanto enviada como recibida.

En la ejecución de su programa de movilidad, la institución o consorcio puede decidir los propósitos para los que se usa la ayuda a la Organización de la movilidad, con tal de que se utilice en actividades relacionadas con la organización y el apoyo de la movilidad Erasmus, y que se tengan en cuenta los criterios de elegibilidad básicos condicionados a cualquier concesión otorgada por la Comisión (es decir que sea un gasto responsable, que se respete el período de elegibilidad, etc.).

La formula utilizada para la asignación de las ayudas a la organización de la movilidad es la siguiente:

  • Se establece una ayuda per cápita por beneficiario (estudiantes, docente, otro personal de la institución de educación superior, o personal invitado procedente de empresas).

  • Se establece un baremo de cuatro intervalos o escalas de movilidad en las que se encuadran las instituciones o consorcios de acuerdo con su movilidad.

  • Se aplica un porcentaje decreciente de la ayuda per capita a cada una de las cuatro escalas de movilidad.

  • Se garantiza como mínimo una cuantía de 500 € a cada institución.

La Agencia Nacional a la hora de establecer la ayuda per cápita por movilidad correspondiente a cada escala tendrá en cuenta los máximos establecidos en la convocatoria general de propuestas de la Comisión Europea, y la obligación de asignar unos importes superiores a la organización de la movilidad en prácticas de estudiantes Erasmus, respecto a los importes de la movilidad estándar de estudiantes y personal

¿Cómo presentar la solicitud?

Sólo se concederán fondos destinados a la Organización de la movilidad a aquellas instituciones de educación superior que posean una Carta universitaria Erasmus (EUC).
La Agencia Nacional publica anualmente una convocatoria nacional para el Programa de aprendizaje permanente, en la que se incluye el programa Erasmus.

La institución o el consorcio no necesita presentar una solicitud específica para esta acción, puesto que la solicitud de participación en cualquiera de las otras actividades del programa, excepto los Programas intensivos, conlleva la adjudicación de ayudas para la Organización de la Movilidad

La Agencia Nacional publicará en su página web las listas definitivas de ayudas aprobada. La denegación o situación en lista de espera se comunicará directamente a las instituciones interesadas.

La Agencia Nacional subscribirá un contrato financiero con las instituciones de educación superior beneficiaras de las ayudas, con la finalidad de proceder al pago de estas.

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Programas Intensivos

Un Programa intensivo (IP) es un programa de estudios de corta duración en el que participan estudiantes y personal docente de instituciones de educación superior de diferentes países participantes con el objetivo de:

  • Fomentar la enseñanza eficaz y multinacional sobre temas especializados que, de lo contrario, no se enseñarían en ninguna institución, o solamente en un número muy limitado de ellas.

  • Permitir que estudiantes y personal docente trabajen juntos en grupos multinacionales y que se beneficien, por tanto, de condiciones especiales de aprendizaje y enseñanza normalmente no disponibles en una única institución, y adopten nuevas perspectivas sobre el tema objeto de estudio.

  • Permitir que los miembros del personal docente intercambien puntos de vista sobre el contenido educativo y nuevos enfoques curriculares, y que prueben métodos docentes en un entorno académico internacional.

Podrán participar los estudiantes y personal docente de instituciones de Educación Superior que posean una Carta Universitaria Erasmus.

Un Programa intensivo puede ser una actividad que se realice de una sola vez o que se repita a lo largo de varios años (máximo tres). Los programas intensivos requieren una coordinación académica transnacional entre instituciones de al menos tres países participantes. Sólo la institución coordinadora debe presentar la propuesta de Programa intensivo (IP).

Los Programas intensivos no podrán consistir en actividades de investigación ni en conferencias.

Deben tenerse en cuenta las siguientes cuestiones:

  • La proporción de personal docente con respecto a los estudiantes debe garantizar una participación activa en las aulas y potenciar un elemento de desarrollo curricular en la aplicación del Programa intensivo.

  • El Programa intensivo debe estar integrado en el programa de estudios de los estudiantes que participen en él. Se favorecerán especialmente los programas intensivos que prevean un reconocimiento académico pleno para los estudiantes.

  • Con objeto de mejorar el impacto europeo de los Programas intensivos, se concederá prioridad a aquellos en los que participen universidades de más de tres países.

  • Se tendrán especialmente en cuenta los Programas Intensivos centrados en disciplinas que no se presten fácilmente al estudio en otro país europeo durante periodos prolongados.

  • Los Programas Intensivos que contribuyan a divulgar los conocimientos en ámbitos nuevos y en continua evolución recibirán una atención especial.

  • El número de estudiantes que viajen desde otros países al país donde tendrá lugar el Programa Intensivo no podrá ser inferior a diez

¿Quién puede solicitar ayudas para Programas Intensivos?

Instituciones de Educación Superior en posesión de una Carta Universitaria Erasmus

Duración

Mínimo 10 días. Máximo 6 semanas

Número mínimo de socios

Instituciones de Educación Superior de 3 países participantes, de los cuales al menos uno debe pertenecer a los Estados miembro de la UE.

Actividades financiadas

Las ayudas pueden emplearse para cubrir:

  1. Los gastos de organización de un Programa Intensivo, tales como la producción de documentos y material pedagógico, tareas administrativas y de secretaría relacionadas con la gestión del proyecto, gastos relacionados con la organización de reuniones para la preparación y evaluación del programa, gastos de producción, traducción y difusión de la información., así como materiales didácticos.

  2. Los viajes transnacionales y los gastos de manutención del personal docente y de los estudiantes que participan en el Programa Intensivo

Guía de solicitud de Programas Intensivos

¿Cómo participar en Programas intensivos?

Los Programas intensivos es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional.

Los beneficiarios finales de esta acción son estudiantes y personal docente de las instituciones de educación superior que posea la Carta Universitaria Erasmus, pero su participación en el programa intensivo se realiza a través de la institución de educación superior de la que formen parte, ante la que tendrán que presentar solicitud, siguiendo las convocatorias que para tal fin se publiquen.

Es la institución de educación superior que actúa como coordinadora quien presenta la solicitud de participación a la Agencia Nacional del país en que se localice.

Las condiciones específicas de participación en esta acción son:

  • La sede del Programa intensivo debe ser un país que cumpla los criterios de elegibilidad para participar en el Programa de aprendizaje permanente.

  • Los estudiantes participantes deben estar matriculados en una de las instituciones participantes.

  • Los estudiantes y profesores participantes debe poseer la nacionalidad de uno de los países participantes en el programa, o estar reconocidos por el país en el que residen, como residentes permanentes, refugiados o apátridas.

La cuantía adjudicada a cada Programa intensivo se calcula en base a tres componentes:

  • Gastos de organización de la movilidad: La cuantía de esta ayuda será la misma para todos los Programas intensivos presentados en España, y no podrá superar la cantidad máxima establecida en la Convocatoria de Propuestas de la Comisión Europea.

  • Gatos de alojamiento y manutención: Se calcula basándose en los índices semanales establecidos en la Convocatoria de Propuestas de la Comisión Europea. La dotación será como mínimo un 75 % de la dotación máxima establecida en dicha convocatoria.

  • Gastos de viaje: El cálculo inicial se basará en los gastos solicitados, hasta cubrir como máximo el 75 % de los gastos totales de viaje. El cálculo final de la ayuda se basa en los gastos reales.

Los gastos de viaje, alojamiento y manutención se refieren a los gastos de los estudiantes y el personal procedente de instituciones no pertenecientes al país sede el Programa Intensivos, los gastos correspondientes a los estudiantes y el personal docente de las instituciones del país donde se celebra el Programa Intensivo se incluirán dentro de la organización de la movilidad.

¿Cómo presentar la solicitud?

Sólo se concederán fondos destinados a la organización de un Programa intensivo, a aquellas instituciones de educación superior que posean una Carta universitaria Erasmus (EUC).

La Agencia Nacional publica anualmente una convocatoria nacional para el Programa de aprendizaje permanente, en la que se incluye el programa Erasmus.

Las instituciones españolas coordinadoras de un Programa intensivo, enviarán su solicitud a la Agencia Nacional utilizando los formularios de solicitud oficiales que se publicarán en su web junto con la convocatoria nacional.

Al completar la solicitud las instituciones deben tener en cuenta las instrucciones reflejadas en la convocatoria nacional y en la convocatoria de propuestas publicada por la Comisión Europea.

Las solicitudes de Programas intensivos deben superar un proceso de evaluación por expertos externos.

Una vez concluido el procedimiento de adjudicación de ayudas, la Agencia Nacional del país de la institución coordinadora envía sendas copias electrónicas de las solicitudes de los proyectos aprobados a las Agencias Nacionales de los países de las instituciones socias para informarles de ello. La Agencia Nacional también publicará en su página web las listas definitivas de ayudas aprobadas. La denegación o situación en lista de espera se comunicará directamente a las instituciones interesadas. Asimismo la Agencia Nacional enviará un listado de los proyectos seleccionados y rechazados a la Comisión Europea, que publicará una lista definitiva de los Programas Intensivos en su web.

La Agencia Nacional subscribirá un contrato financiero con las instituciones de educación superior coordinadoras de los Programas intensivos aprobados, con la finalidad de proceder al pago de estas.

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Cursos intensivos de idiomas Erasmus (EILC)

Los Cursos intensivos de idiomas Erasmus (EILC) son cursos especializados en los idiomas menos hablados o enseñados de los países participantes en el programa Erasmus.

Los EILC ofrecen a los estudiantes Erasmus la oportunidad de estudiar el idioma del país de acogida durante cerca de un mes, en el país de acogida, con objeto de prepararse para el periodo de movilidad Erasmus.

Podrán participar los estudiantes participantes en el programa de movilidad Erasmus.

Las ayudas complementarias de movilidad para los estudiantes Erasmus que participan en cursos EILC son concedidas y pagadas por las respectivas instituciones de educación superior de origen, con los fondos que la Agencia Nacional les transfiere para esta acción.

Los EILC tendrán una duración comprendida entre 4 y 8 semanas, con un mínimo de 60 horas de contacto.

El proceso de selección lo realizan las instituciones de origen del estudiante y la institución organizadora del curso. Las Agencias Nacionales de los países de origen apoyan a las instituciones en la difusión de la oferta de cursos

¿Quién puede solicitar ayudas para Cursos intensivos de idiomas Erasmus (EILC)?

Estudiantes participantes en el programa de movilidad Erasmus

Duración

Mínimo 4 semanas. Máximo 8 semanas Con un mínimo de 60 horas de contacto.

Actividades financiadas

La ayuda supone una contribución a los gastos de viaje y de manutención de los estudiantes participantes en el curso.

Guía de solicitud de Cursos intensivos de idiomas Erasmus (EILC)

¿Cómo participar en Cursos intensivos de idiomas Erasmus?

Los Cursos Intensivos de Idiomas son una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional.

Los beneficiarios finales de esta acción son los estudiantes seleccionados para realizar una movilidad de estudios o prácticas Erasmus en el país organizador del curso, pero su participación en el programa intensivo se realiza a través de la institución de educación superior de origen, ante la que tendrán que presentar solicitud, siguiendo las convocatorias que para tal fin se publiquen.

Los Asistentes Comenius también se consideran elegibles para participar en un Curso intensivo de idiomas Erasmus. Pero los estudiantes Erasmus tienen prioridad en la asignación de plazas, y solo las plazas vacantes se asignarán a los Asistentes Comenius.

Las condiciones específicas de participación en esta acción son:

  • La Agencia Nacional asigna una ayuda suplementaria a los estudiantes Erasmus que realicen un Curso intensivo de idiomas Erasmus, utilizando el presupuesto de Movilidad de estudiantes.

  • Esta ayuda suplementaria pretende compensar los gastos adicionales de la participación en el curso antes de que el estudiante inicie su movilidad Erasmus.

  • Las personas que participen como Asistentes Comenius podrán recibir financiación del presupuesto Comenius de su país de origen.

  • Los estudiantes Erasmus no abonarán ninguna tasa académica por participar en estos cursos. Sin embargo, podrán cobrarse determinadas tasas para la participación en excursiones y eventos opcionales similares, así como otros cargos que los estudiantes Erasmus normalmente deben abonar. Los Asistentes Comenius están sujetos a las mismas normas.

  • El promedio indicativo de la ayuda suplementaria para los estudiantes Erasmus es aproximadamente de 225 € por curso.

¿Cómo presentar la solicitud?

Sólo se concederán fondos destinados a Cursos intensivos de idiomas, a aquellas instituciones de educación superior que posean una Carta universitaria Erasmus (EUC).

Se realizan dos convocatorias de Cursos, la primera para el verano/otoño, primer semestre, y la segunda para el invierno, segundo semestre.

La Agencia Nacional proporcionará a las instituciones de su país información sobre los cursos y el número de plazas disponibles en los distintos países organizadores.

La institución de origen es responsable de remitir las solicitudes presentadas por sus estudiantes Erasmus, por correo electrónico a la institución organizadora del curso, junto con una confirmación de que el solicitantes ha sido seleccionado para un período de estudio ó prácticas Erasmus. La institución de origen debe asegurarse de que el formulario de solicitud incluya todos los datos solicitados por la institución organizadora, y en caso de que la selección para un período de estudio o prácticas Erasmus sea posterior a la solicitud de Cursos intensivos de idiomas Erasmus, el régimen de estudiante Erasmus debe confirmarse cuando el estudiante acepte el curso.

Los Asistentes Comenius presentan su solicitud directamente en la institución organizadora del curso (no a a través de su centro de origen), a través de un formulario de solicitud estándar, disponible en la web de la Comisión Europea. La solicitud debe ir acompañada de una confirmación del régimen de Asistente Comenius por la Agencia Nacional de origen.

La institución organizadora del curso debe comunicar, con la mayor brevedad posible, a cada uno de los solicitantes los resultados de la selección, y una vez que el estudiante haya confirmado la aceptación de la plaza deberá remitir los resultados de la selección a la institución y Agencia Nacional de origen.

Es la institución de origen de los estudiantes Erasmus, quien solicita a la Agencia Nacional de su país las ayudas complementarias de movilidad para los estudiantes que realizan estos cursos, mediante el envío del listado de cursos realizados.

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Visitas preparatorias Erasmus

El objetivo de la acción es ayudar a cualquier institución de educación superior que desee participar en alguna de las acciones del programa Erasmus, a conocer otras instituciones de educación superior u otras organizaciones para asociarse en el desarrollo su programa de movilidad.

Cualquier institución que desee contactar con otras instituciones u organizaciones para participar en el programa Erasmus puede solicitar una ayuda para que miembros de su personal puedan realizar una visita preparatoria. La visita puede adoptar una de las siguientes formas.

  • Una visita a uno o varios centros educativos elegibles en uno o más países participantes en el Programa de aprendizaje permanente.

  • Participación en un “seminario de contacto” para encontrar socios organizado por una Agencia Nacional

Seminarios de contacto:

Son reuniones organizadas por las distintas Agencias Nacionales participantes en el Programa de aprendizaje permanente. Estos eventos se organizan con el objetivo de facilitar la búsqueda de socios a las instituciones interesadas en participar en el programa Erasmus.

La solicitud de participación se tramita a través de la Agencia Nacional.

Las visitas preparatorias permiten que los potenciales socios se reúnan para

  • Definir la finalidad, objetivos y metodología de una futura asociación.

  • Desarrollar un plan de trabajo para la futura colaboración, incluyendo métodos de seguimiento, evaluación y difusión.

¿Quién puede solicitar ayudas para Visitas preparatorias Erasmus?

Instituciones de Educación Superior en posesión de una Carta Universitaria Erasmus

Duración

Máximo 1 semana.

Actividades financiadas

La ayuda supone una contribución a los gastos estancia, viaje, seguros de viaje, y visado en caso necesario.

Guía de solicitud

¿Cómo participar en Visitas preparatorias?

Las Visitas preparatorias es una acción descentralizada, por lo que el procedimiento de selección y gestión de las solicitudes presentadas para esta acción corresponde a la Agencia Nacional.

Los beneficiarios finales de esta acción son el personal de instituciones de educación superior que desee encontrar socios para participar en el programa Erasmus, pero su participación en el programa se realiza a través de la institución de educación superior de la que formen parte.

Es la institución de educación superior quien presenta la solicitud de participación a la Agencia Nacional.

Las condiciones específicas de participación en esta acción son:

  • El personal tiene que proceder de una institución que posea la Carta universitaria Erasmus.

  • El personal debe poseer la nacionalidad de uno de los países participantes en el programa, o estar reconocidos por el país en el que residen, como residentes permanentes, refugiados o apátridas.

  • Normalmente, se dará prioridad al personal que lo solicite desde instituciones que no hayan participado en el programa Erasmus,

  • Generalmente, la ayuda se concede a una sola persona por visita, pero en casos excepcionales dos miembros del personal de la misma institución de educación superior podrán recibir la ayuda para participar en la misma visita preparatoria. Solo se financiará una visita por institución.

El objeto de una ayuda para una visita preparatoria es financiar los costes relacionados con la movilidad transnacional de los participantes. La ayuda contribuirá a sufragar los gastos relacionados con el viaje, dietas y el coste del seminario, si procede. La Agencia Nacional determinará el importe real de la ayuda y la decisión estará determinada por el presupuesto disponible y el número de solicitudes presentadas.

Se podrá conceder una ayuda mayor en el caso de las personas desfavorecidas en el plano socioeconómico y las personas con discapacidad que tengan necesidades especiales en sus desplazamientos.

Si la solicitud es aprobada, el importe de la ayuda se limitará a la cantidad solicitada y, en todo caso, no superará la cantidad máxima establecida en la Convocatoria de Propuestas de la Comisión Europea.

¿Cómo presentar la solicitud?

Sólo se concederán fondos destinados a la movilidad de personal Erasmus a aquellas instituciones de educación superior que posean una Carta universitaria Erasmus (EUC).
La Agencia Nacional publica anualmente una convocatoria nacional para el Programa de aprendizaje permanente, en la que se incluye el programa Erasmus.

Las instituciones españolas interesadas en participar en las Visitas preparatorias, enviarán su solicitud a la Agencia Nacional utilizando los formularios de solicitud oficiales que se publicarán en su web junto con la convocatoria nacional.

Una visita preparatoria tiene como fin preparar una propuesta de cooperación transnacional y ha de realizarse con anterioridad a la presentación de dicha propuesta. Si la institución ya ha presentado una solicitud de ayuda para una actividad en un determinado curso, no podrá recibir una ayuda para una visita preparatoria relativa al mismo curso.

Al completar la solicitud las instituciones deben tener en cuenta las instrucciones reflejadas en la convocatoria nacional y en la convocatoria de propuestas publicada por la Comisión Europea.

La Agencia Nacional publicará en su página web las listas definitivas de ayudas aprobada. La denegación o situación en lista de espera se comunicará directamente a las instituciones interesadas.

La Agencia Nacional subscribirá un contrato financiero con las instituciones de educación superior beneficiaras de las ayudas, con la finalidad de proceder al pago de estas.

Contacto

Si tiene alguna pregunta específica envíenos su consulta por correo postal a la siguiente dirección:

OAPEE
Paseo del Prado, 28
28014 – MADRID

ó por correo electrónico a:

********************************************************

Más información en: http://www.oapee.es/

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