{"id":643,"date":"2015-07-20T23:05:49","date_gmt":"2015-07-20T23:05:49","guid":{"rendered":"http:\/\/clubamistadcubausa.com\/blog\/?p=643"},"modified":"2015-07-23T13:50:47","modified_gmt":"2015-07-23T13:50:47","slug":"los-medios-de-prensa-y-la-ley","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/natureduca.com\/clubamistadcubausa\/los-medios-de-prensa-y-la-ley\/","title":{"rendered":"Los Medios de Prensa y La Ley"},"content":{"rendered":"<p>S E R I E\u00a0 D E\u00a0 M A N U A LES&#8217; Departamento de Estado de Estados Unidos Oficina de Programas de Informaci\u00f3n Internacional han d <a href=\"mailto:books@state.gov\">books@state.gov<\/a>. La Oficina de Programas de Informaci\u00f3n Interna Departamento de Estado de Estados Unidos email: <a href=\"mailto:medialaw@state.gov\">medialaw@state.gov<\/a>.Publicado en 2011.<\/p>\n<p><strong>Introducci\u00f3n<\/strong>: Los intelectuales discrepan en cuanto a la funci\u00f3n de los medios de comunicaci\u00f3n. A pesar de estos desacuerdos, existen principios que establecen los privilegios y responsabilidades de una prensa libre en una sociedad libre.<\/p>\n<p>Un buen entorno para fomentar el periodismo: Los sistemas jur\u00eddicos nacionales var\u00edan. Algunos tienen reg\u00edmenes detallados y precisos, otros cuentan con una mezcla de estatutos, normas y jurisprudencia.<\/p>\n<p>Un marco de referencia para la libertad de prensa: Un punto de partida \u00fatil para establecer un marco para la libertad de prensa es considerar qu\u00e9 derechos son esenciales para que los periodistas puedan realizar su labor.<\/p>\n<p><strong>Autorregulaci\u00f3n en vez de litigaci\u00f3n<\/strong>: Los periodistas y las organizaciones noticiosas cometen errores. Los tribunales ofrecen recursos a las partes perjudicadas. Los mecanismos de autorregulaci\u00f3n ofrecen una valiosa alternativa.<\/p>\n<p><strong>La responsabilidad de los periodistas<\/strong>: Muchos medios de comunicaci\u00f3n y asociaciones de periodistas adoptan voluntariamente c\u00f3digos o normas de conducta que permiten a los periodistas determinarla mejor manera de realizar su trabajo.<\/p>\n<p><strong>Nuevos medios, periodistas ciudadanos y blogueros<\/strong>: El libre y espont\u00e1neo mundo de la blog\u00f3sfera parece ser el \u00faltimo basti\u00f3n de la libre expresi\u00f3n. Los blogueros dictan sus propias leyes. \u00bfO acaso no? El libre intercambio de informaci\u00f3n y el fortalecimiento de la sociedad civil. El periodismo prospera mejor donde se respeta el estado de derecho. La prensa libre se protege mejor en el marco de una constituci\u00f3n nacional o de reg\u00edmenes legales o el derecho consuetudinario.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La mayor\u00eda de\u00a0 las sociedades est\u00e1n de acuerdo en que incluso la prensa m\u00e1s libre debe ejercer la libertad con el claro entendimiento de que sus acciones y decisiones editoriales tienen consecuencias, algunas de ellas importantes. La prensa tiene gran poder para afectar la vida de millones de personas. Como cualquier otra instituci\u00f3n poderosa, debe de estar dispuesta a recibir quejas, a explicar sus decisiones a los lectores y espectadores y admitir y corregir sus errores. Pero tambi\u00e9n debe estar preparada para tomar posiciones impopulares y enfrentarse a sus detractores cuando est\u00e1n en juego principios importantes. Puede que algunos lo llamen arrogancia. Yo lo llamo coraje.<\/p>\n<p>La libertad de expresi\u00f3n y la prensa libre en Estados Unidos, pa\u00eds en el que vivo y realizo la mayor parte de mi labor de investigaci\u00f3n y ense\u00f1anza, la prensa no est\u00e1, en general, sujeta a controles gubernamentales como cuesti\u00f3n de derecho. La Primera Enmienda de la Constituci\u00f3n de Estados Unidos proh\u00edbe al Congreso y a los \u00f3rganos legislativos de los estados aprobar cualquier estatuto que restrinja la libertad de expresi\u00f3n o libertad de prensa.<\/p>\n<p>Este lenguaje absoluto fue redactado por los revolucionarios poco despu\u00e9s de la Guerra de Independencia de Estados Unidos (1775-1783) durante una \u00e9poca de gran optimismo, pero tambi\u00e9n de gran incertidumbre. En los doscientos y pico a\u00f1os que siguieron a este acontecimiento, los tribunales del pa\u00eds interpretaron la Primera Enmienda como un principio poderoso, pero quiz\u00e1 no del todo absoluto.<\/p>\n<p>El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha indicado con claridad que ciertos tipos de informaci\u00f3n no est\u00e1n protegidos por la Primera Enmienda, por ejemplo, la publicaci\u00f3n de los pormenores de los movimientos de tropas en tiempos de guerra. Entre otras excepciones cabe destacar las restricciones a expresiones obscenas, o a presuntas palabras belicosas, que puedan previsiblemente incitar a la violencia o a cometer actos delictivos. Y los medios de informaci\u00f3n est\u00e1n sujetos casi siempre a las leyes de aplicaci\u00f3n general, es decir, las leyes que se abarcan a todos pero que no singularizan a la prensa con obligaciones o castigos especiales. Por ejemplo, las leyes que proh\u00edben la intercepci\u00f3n de conversaciones telef\u00f3nicas sin autorizaci\u00f3n rigen para los periodistas al igual que para las empresas.<\/p>\n<p>Pero incluso estas excepciones se ven atenuadas por la fuerte tradici\u00f3n de que siempre habr\u00e1 presunci\u00f3n contra cualquier intento del gobierno por reprimir la libertad de prensa.<\/p>\n<p>Como escribiera una vez un juez estadounidense, la tarea normal de la prensa es publicar. Al gobierno le corresponde la obligaci\u00f3n de justificar cualquier restricci\u00f3n.<\/p>\n<p>Esta f\u00f3rmula permite mantener la funci\u00f3n de vigilancia que cumple la prensa y facilita la rendici\u00f3n de cuentas por parte del gobierno.<\/p>\n<p><strong>La rendici<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n de cuentas por la prensa<\/strong><\/p>\n<p>\u00bfPero qui\u00e9n vigila al vigilante? \u00bfQui\u00e9n garantiza que la prensa rinda cuentas por su labor? En algunos pa\u00edses la respuesta es: el gobierno. Las leyes, los estatutos y los c\u00f3digos explican en detalle la conducta que se les exige a los medios de comunicaci\u00f3n. En esos pa\u00edses, los derechos de los periodistas a menudo dependen del cumplimiento de sus responsabilidades. El problema es que la definici\u00f3n de responsabilidad por parte del gobierno puede ser muy diferente de aquella que la prensa o incluso el p\u00fablico sostiene.<\/p>\n<p>En otros pa\u00edses, la respuesta es: la prensa misma, sus lectores y la audiencia.<\/p>\n<p>En algunas partes del mundo, los medios de informaci\u00f3n o los periodistas se adhieren a c\u00f3digos \u00e9ticos de conducta, como los afiliados al Sindicato Nacional de Periodistas (Nacional Uni\u00f3n of Journalists) en el Reino Unido. Otros pa\u00edses imponen normas \u00e9ticas como cuesti\u00f3n de derecho. En Estados Unidos, los medios de informaci\u00f3n han adoptado sus propias directivas \u00e9ticas. Normalmente, estos c\u00f3digos, o directrices, establecen en la instituci\u00f3n las normas que rigen los conflictos financieros y otros de inter\u00e9s com\u00fan, por ejemplo, una directriz \u00e9tica puede que le proh\u00edba a un reportero realizar cobertura informativa sobre una compa\u00f1\u00eda en la que trabaja su c\u00f3nyuge. O tambi\u00e9n puede ser que se le proh\u00edba participar en una manifestaci\u00f3n, exhibir una pegatina pol\u00edtica en el guardafangos de su auto o colocar un cartel en su jard\u00edn, o llevar una bandera nacional en la solapa mientras difunde las noticias. O puede que a un periodista se le proh\u00edba aceptar incluso un regalo de una fuente de noticias. Directrices como estas tiene como prop\u00f3sito mantener tanto la realidad, como la apariencia, de la independencia period\u00edstica.<\/p>\n<p>Parece innecesario que las directrices \u00e9ticas tengan que ocuparse de la necesidad de precisi\u00f3n y veracidad en las noticias, pero luego que reporteros, como Jayson Blair, del diario The New York Times, inventaran o plagiaran las noticias que presentaron a sus editores, muchos medios revisaron sus normas de \u00e9tica para dejar en claro que una agencia de noticias responsable jam\u00e1s debe aceptar o consentir cualquiera de esas conductas.<\/p>\n<p>En ocasiones la \u00e9tica y la ley se cruzan. Por ejemplo el caso de Suzanne Breen, en Irlanda del Norte, cuya oficina est\u00e1 en Belfast y es editora de Sunday Tribune, de Dublin, que enfrent\u00f3 a un dilema legal y \u00e9tico. Breen hab\u00eda recibido la llamada de una persona que se atribuy\u00f3 la responsabilidad del asesinato de dos soldados en el Cuartel Massereene, de Antrim. La polic\u00eda le exigi\u00f3 que entregara su celular, sus registros computarizados y sus notas acerca de sus contactos con la organizaci\u00f3n paramilitar Ej\u00e9rcito Republicano\u00a0 Irland\u00e9s Aut\u00e9ntico (Real IRA). Breen resisti\u00f3 el pedido, argumentando que hacerlo violar\u00e1 su obligaci\u00f3n profesional de proteger la confidencialidad de sus fuentes.\u00a0 Tambi\u00e9n\u00a0 reconoci\u00f3 con franqueza que podr\u00eda poner en peligro su vida y la de su familia si cumpl\u00eda con las exigencias de la polic\u00eda. Pero si desacataba la orden, se expon\u00eda a la posibilidad de hasta cinco a\u00f1os en la c\u00e1rcel por desacato.<\/p>\n<p>En junio del 2009,\u00a0 un juez de Belfast dictamin\u00f3 que obligar a Breen a entregar sus materiales pondr\u00eda su vida en peligro, lo cual contraven\u00eda la Convenci\u00f3n\u00a0 Europea de-Derechos Humanos.\u00a0 A diferencia de ello, en Estados Unidos la periodista Judith Miller, del diario The New York Times, se\u00a0 neg\u00f3 a cooperar en una investigaci\u00f3n criminal que buscaba la identidad de un funcionario del gobierno que revel\u00f3 la identidad de un agente encubierta de un organismo de inteligencia. Miller desafi\u00f3 las \u00f3rdenes de prestar declaraci\u00f3n,\u00a0 incluso tras dict\u00e1menes judiciales que aclararon que los periodistas no pose\u00edan ning\u00fan privilegio especial que les permita divulgar fuentes confidenciales. Miller pas\u00f3 85 d\u00edas es la \u00a0c\u00e1rcel en el 2005. Algunos jueces y miembros del p\u00fablico sostuvieron que los periodistas nunca pueden estar por encima de la ley. Pero las directrices \u00e9ticas de la mayor\u00eda de las agencias de noticias exigen que un reportero respete la promesa hecha a una fuente, incluso si esto significa ir a la c\u00e1rcel.<\/p>\n<p>Las disposiciones legales y \u00e9ticas var\u00edan de paso en paso. Puede que personas razonables -e incluso los mismos periodistas- est\u00e1n en desacuerdo sobre como se aplican en una situaci\u00f3n particular y si garantizan el debido equilibrio entre los diversos intereses sociales en juego.<\/p>\n<p><strong>Privacidad y difamaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n <\/strong><\/p>\n<p>\u00bfEs procedente que un reportero viole la privacidad de una persona? En Estados Unidos, el Tribunal Supremo ha dictaminado que es legal que la prensa publique el nombre de un individuo que ha sido agredido sexualmente. \u00bfPero es lo correcto?<\/p>\n<p>\u00bfEs correcto que un periodista se burle de un funcionario public\u00f3 o satirice el nombre, o una imagen sagrada para un grupo \u00e9tnico o religioso en particular?<\/p>\n<p>En Estados Unidos, luego que la revista pornogr\u00e1fica Hustler satirizara al reverendo Jerry Falwell, el Tribunal Supremo fall\u00f3 que una sociedad libre ha de tolerar incluso el discurso \u00abescandaloso\u00bb para garantizar un debate p\u00fablico robusto. Como un juez escribiera en una ocasi\u00f3n: \u00abNo existe cosa tal como ideas falsas. Independientemente de lo perniciosa que sea una opini\u00f3n, no dependemos de la conciencia de los jueces y jurados para que sea correcta, sino de la competencia contra otras ideas.<\/p>\n<p>Por otro lado, en marzo de 2008, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprob\u00f3 una resoluci\u00f3n que condena la \u00abdifamaci\u00f3n de las religiones\u00bb. Y muchos pa\u00edses conservan, y hacen cumplir, estatutos que tipifican como delito insultar u \u00abofender la dignidad\u00bb de cualquier persona, incluso un funcionario public\u00f3-incluso si los hechos subyacentes sean verdaderos.<\/p>\n<p>El Tribunal Supremo de Estados Unidos nunca ha apoyado un intento gubernamental de frenar la publicaci\u00f3n de informaci\u00f3n clasificada. Peri\u00f3dicamente surgen enconados debates, sobre si los periodistas pueden ser procesados criminalmente en virtud de las leyes de espionaje.<\/p>\n<p>En China, por ejemplo, el robo de secretos de Estado es un delito independientemente de quien lo lleve a cabo, y la definici\u00f3n de secreto de Estado es amplia.<\/p>\n<p>Pero incluso asumiendo que no quebranten la ley, \u00bfes correcto que los periodistas publiquen informaci\u00f3n clasificada, especialmente cuando se alega que al hacerlo se alerta a los terroristas sobre las t\u00e9cnicas de vigilancia y que se socavan los esfuerzos de los organismos de inteligencia para mantener la seguridad?<\/p>\n<p><strong>Transparencia <\/strong><\/p>\n<p>A pesar de estas preocupaciones, el t\u00e9rmino \u00abtransparencia\u00bb se ha convertido en una consigna para la sociedad civil. A las instituciones p\u00fablicas y privadas se les exhorta a ser m\u00e1s abiertas sobre sus operaciones, fondos y gobernabilidad. La digitalizaci\u00f3n de los datos y la ubicuidad de Internet pueden ayudar. Pero el acceso universal a la informaci\u00f3n plantea nuevas cuestiones sobre la seguridad y la privacidad, y complica las dificultades de proteger la informaci\u00f3n exclusiva, o de los derechos de propiedad intelectual de un autor. Parad\u00f3jicamente, algunos consideran a la tecnolog\u00eda, que maximiza el acceso a la informaci\u00f3n, como una amenaza a los derechos fundamentales, tales como el derecho a la vida privada, o como escribiera en una ocasi\u00f3n un jurista estadounidense: \u00aba ser dejado en paz\u00bb.<\/p>\n<p>Agreguemos a esta mezcla vol\u00e1til las legiones de blogueros y periodistas ciudadanos an\u00f3nimos, aparentemente ingobernables, que operan a su gusto, pero sin capacitaci\u00f3n ni certificaci\u00f3n previa de ning\u00fan tipo. No hay duda de que contribuyen con un vivaz contrapunto a los medios de informaci\u00f3n tradicionales, pero \u00bfconducir\u00e1 esa tendencia a cuestionar las convenciones y sugerir reglas para m\u00e1s intentos de regular la prensa?\u00a0 Estas no son preguntas sencillas. Ni hay respuestas sencillas. No es f\u00e1cil convivir con la prensa libre. Significa sentirse retado, consternado, perturbado, molestado e indignado, todos los d\u00edas.<\/p>\n<p>Una prensa libre es falible y en ocasiones no cumple con su promesa. Pero las democracias emergentes en el mundo demuestran a diario, al abrazar el ideal de una prensa libre, que tienen la valent\u00eda y la confianza para &#8216;optar en favor del conocimiento por encima de la ignorancia, y por la verdad por encima de la propaganda. No es f\u00e1cil convivir con una prensa libre, pero s\u00ed que yo no podr\u00eda vivir sin ella.<\/p>\n<p>-Jane Kirtley<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Un buen entorno para fomentar el periodismo\u00a0 <\/strong><\/p>\n<p>Los sistemas jur\u00eddicos var\u00edan en cada paso. A menudo, los pa\u00edses que se ci\u00f1en al derecho civil, como Alemania y Francia, adoptan reg\u00edmenes precisos que establecen los derechos, deberes y obligaciones de los periodistas. En los pa\u00edses que se rigen por el derecho consuetudinario, como el Reino Unido y Estados Unidos, una combinaci\u00f3n de estatutos, normas y jurisprudencia, establecen los principios \u00a0jur\u00eddicos amplios que abarcan la libertad de prensa, incluso si no afectan directamente a los periodistas.<\/p>\n<p>Independientemente del enfoque legal \u00a0\u00a0\u00a0 particular, el buen periodismo prospera donde la sociedad respeta y hace cumplir\u00a0 el estado de derecho. Cualquier medio de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>La obra de intelectuales juristas, te\u00f3ricos y fil\u00f3sofos, entre ellos Confucio, Milton, Rousseau, Meiklejohn y Mill, brinda el fundamento intelectual para el funcionamiento el derecho y de la \u00e9tica en los medios de comunicaci\u00f3n contempor\u00e1neos.<\/p>\n<p><strong>Fomentar el periodismo: Normas internacionales <\/strong><\/p>\n<p>Las normas internacionales ofrecen garant\u00edas para ejercer la libertad de expresi\u00f3n, pero habitualmente tambi\u00e9n reconocen ciertos fundamentos leg\u00edtimos para la restricci\u00f3n de la libertad de expresi\u00f3n por parte del Estado. La Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, sostiene en el Art\u00edculo 19 que:<\/p>\n<p>Todo individuo tiene derecho a la libertad de opini\u00f3n y de expresi\u00f3n; este derecho incluye el de no ser\u00a0 molestado a causa de sus opiniones, de investigar y recibir informaciones y opiniones, y de difundirlas sin limitaciones de fronteras, por cualquier medio de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 29 matiza posteriormente ese derecho y explica:<\/p>\n<p>En el ejercicio de sus derechos y el goce de sus libertades, toda persona estar\u00e1 solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el \u00fanico fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de\u00a0 los derechos y libertades de los dem\u00e1s, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, el orden p\u00fablico y del bienestar general en una sociedad democr\u00e1tica.<\/p>\n<p>De modo similar, el Art\u00edculo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos estipula que:<\/p>\n<p>Toda persona tiene derecho a la libertad de expresi\u00f3n. Este derecho comprende la libertad de opini\u00f3n y la libertad de recibir o de comunicar preformaciones o \u00a0ideas sin que pueda haber injerencia de parte de las autoridades p\u00fablicas y sin consideraci\u00f3n de fronteras. El presente art\u00edculo no impide que los Estados sometan las empresas de radiodifusi\u00f3n, de cinematograf\u00eda o de televisi\u00f3n a un r\u00e9gimen de autorizaci\u00f3n previa.<\/p>\n<p>Sin embargo, matiza posteriormente ese lenguaje absoluto:<\/p>\n<p>El ejercicio de estas libertades, que entraban deberes y responsabilidades, podr\u00e1 ser sometido a ciertas formalidades, restricciones o sanciones, previstas por la ley que constituyan medidas necesarias, en una sociedad democr\u00e1tica, para la seguridad nacional, la integridad territorial o la seguridad p\u00fablica, la defensa del orden y la prevenci\u00f3n del delito, la protecci\u00f3n de la salud o de la moral, la protecci\u00f3n de la reputaci\u00f3n o de los derechos ajenos, para impedir la divulgaci\u00f3n de informaciones confidenciales o para garantizar la autoridad y la imparcialidad del poder judicial.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Muchos documentos, convenciones\u00a0 y tratados internacionales adoptan un enfoque similar, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, y la Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos, as\u00ed como muchos otros. Los detalles difieren, pero todos \u00a0reconocen a la libertad de expresi\u00f3n como derecho fundamental que puede ser restringido por leyes debidamente promulgadas \u00a0para proteger otros intereses sociales igualmente urgentes.<\/p>\n<p><strong>Normas nacionales <\/strong><\/p>\n<p>Con frecuencia las constituciones nacionales tambi\u00e9n garantizan la libertad de prensa. Por ejemplo, el Art\u00edculo 25 de la Constituci\u00f3n Belga, \u00a0la cual data de 1831, estipula que:<\/p>\n<p>La prensa es libre; nunca se les puede censurar ni exigir garant\u00edas a los autores, las editoriales o las imprentas. Cuando el autor sea conocido y residente en B\u00e9lgica, ni la editorial, ni la imprenta ni el distribuidor pueden ser procesados.<\/p>\n<p>La Primera Enmienda de la Constituci\u00f3n de Estados Unidos, ratificada en 1791, es igual de absoluta:<\/p>\n<p>El Congreso no har\u00e1 ley alguna que aboque el establecimiento de una religi\u00f3n o que proh\u00edba el libre ejercicio de la misma, o que coarte la libertad de expresi\u00f3n o de prensa,\u00a0 o el derecho del pueblo a reunirse pac\u00edficamente y a solicitar del gobierno la reparaci\u00f3n de agravios.<\/p>\n<p>Otras constituciones nacionales reconocen el derecho a la libre expresi\u00f3n, pero no lo consideran absoluto. Por ejemplo, el Art\u00edculo 8 \u00a0de la Constituci\u00f3n de Senegal garantiza la libertad de expresi\u00f3n y de opini\u00f3n \u00absujeta a la limitaci\u00f3n impuesta por las leyes y los reglamentos\u00bb.<\/p>\n<p>De modo similar, el Art\u00edculo 36(1) de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Kirguisa declara expl\u00edcitamente que los \u00abmedios de comunicaci\u00f3n son libres\u00bb, pero luego matiza dicha afirmaci\u00f3n en el Art\u00edculo 17(2):<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las restricciones al ejercicio de derechos y libertades est\u00e1n permitidas por la Constituci\u00f3n y las leyes de la Rep\u00fablica Kirguisa solo con el prop\u00f3sito de garantizar los derechos y libertades de otras personas, la seguridad y el orden p\u00fablico, la integridad territorial y la protecci\u00f3n del orden constitucional. Pero al hacerlo, la esencia de los derechos y libertades constitucionales no debe ser afectada.<\/p>\n<p>Probablemente sea justo decir que ning\u00fan paso del mundo considera absoluto el derecho universal o fundamental a la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>Esta sujeto a limitaciones y modificaciones cuando se considera superado por intereses antag\u00f3nicos. Como resultado, algunas leyes de \u00a0libertad de prensa pueden debilitar, en lugar de fortalecer, las protecciones que se proporcionan a la prensa libre.<\/p>\n<p><strong>Fomentar el periodismo: Leyes que desalientan a los periodistas <\/strong><\/p>\n<p>La censura-restricci\u00f3n impuesta por el gobierno a la libertad de expresi\u00f3n-plantea la mayor amenaza a la prensa libre. La censura puede adoptar muchas formas:<\/p>\n<ul>\n<li>Reg\u00edmenes de licencias obligatorias;<\/li>\n<li>Revisi\u00f3n obligatoria de un texto antes de su publicaci\u00f3n;<\/li>\n<li>Imposici\u00f3n de \u00f3rdenes de silencio durante la tramitaci\u00f3n de un procedimiento judicial;<\/li>\n<li>Impuestos o tasas extraordinarias;<\/li>\n<li>Eliminaci\u00f3n de la protecci\u00f3n jur\u00eddica que normalmente le ser\u00e1 otorgada a otros negocios o ciudadanos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La amenaza de sanciones tras la pub1icaci\u00f3n de un texto, como multas o encarcelamiento, pueden ser tan intimidante y paralizante como cualquier restricci\u00f3n previa para la operaci\u00f3n de cualquier agencias de noticias. Ms sutiles, pero igual de problem\u00e1ticos, son los mandatos que imponen determinados deberes o responsabilidades a la prensa. Algunos pa\u00edses, o democracias autocr\u00e1ticas, exigen que la prensa publique \u00abhechos verificados\u00bb \u00a0o \u00abla verdad\u00bb. Por ejemplo, el Art\u00edculo 20(d) de la constituci\u00f3n espa\u00f1ola declara:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u00abSe reconocen y protegen los derechos&#8230; a comunicar o recibir libremente informaci\u00f3n verdadera por cualquier medio de difusi\u00f3n\u00bb [\u00e9nfasis agregado].<\/p>\n<p>El deseo del gobierno de tener cobertura noticiosa precisa es comprensible. En dictaduras del pasado, cuando la propaganda y la difusi\u00f3n de falsedades \u00a0eran comunes, el p\u00fablico estaba \u00e1vido de conocer diversos hechos de distintas fuentes. Adem\u00e1s, es un principio b\u00e1sico del periodismo tico que ning\u00fan \u00a0periodista quiere difundir a sabiendas una falsedad.<\/p>\n<p>Pero exigir la veracidad solo plantea m\u00e1s preguntas: \u00bfQue es la verdad? \u00bfQuien decide? \u00bfEl gobierno?<\/p>\n<p>Desde luego, la meta de todo periodista debi\u00f3 ser la veracidad, pero a menudo la percepci\u00f3n de la verdad cambia con el tiempo. Conforme se publica \u00a0una noticia de \u00faltima hora, lo que en un principio parece ser un hecho claro puede resultar ser falso.<\/p>\n<p>Un espectacular ejemplo de ello suced\u00ed el 11 de septiembre de 2009, cuando las cadenas de televisi\u00f3n CNN y Fox informaron que el Servicio de Guardacostas de Estados Unidos haba disparado contra una embarcaci\u00f3n sospechosa en el ro Potomac -de Washington, no muy lejos del Pent\u00e1gono donde se encontraba el presidente Barack Obama asistiendo a un acto conmemorativo. Bas\u00e1ndose en datos obtenidos en los canales de radio que transmiten las conversaciones internas de la polic\u00eda, CNN tambi\u00e9n utiliza el medio de comunicaci\u00f3n social Titear para dar su informe:<\/p>\n<p>\u00abEl Servicio de Guardacostas enfrenta a una embarcaci\u00f3n mientras Abana visita Pent\u00e1gono, informes de radio de la polic\u00eda dicen que hubo disparos\u00bb.<\/p>\n<p>El diario Chicago Tribuna informe que a las cadenas de televisi\u00f3n les toma casi 30 minutos determinar que hab\u00edan escuchado transmisiones abiertas de radio -durante las cuales el personal hizo ruidos de \u00abpum pum\u00bb diciendo: \u00abhemos descargado diez disparos\u00bb, pero como parte de un ejercicio de entrenamiento, no de un ataque. El Secretario de Prensa de la Casa Blanca, Robert Gibbs, amonesta a las cadenas por desatar el p\u00e1nico y advirti\u00f3 que: \u00abAntes de informar sobre ese tipo de incidentes ser\u00e1 buena idea verificarlos antes\u00bb. CNN asever\u00f3 que haba contactado a la oficina de relaciones p\u00fablicas del Servicio de Guardacostas y haba recibido informaci\u00f3n de que el organismo no estaba al tanto de ninguna actividad en el r\u00edo. El Servicio de Guardacostas no se disculp\u00f3 por su participaci\u00f3n en el incidente, aparte de prometer examinar \u00abtanto nuestros procedimientos como la programaci\u00f3n del ejercicio\u00bb.<\/p>\n<p>Los comentaristas criticaron a los medios por apresurarse en difundir la nota y dijeron que las cadenas deb\u00edan haber esperado hasta verificar los pormenores de la noticia. Pero este ejemplo pone de manifiesto la dif\u00edcil cuerda floja en la que se mueven las agencias de noticias cuando cubren acontecimientos de \u00faltima hora. En un mercado de medios cada vez m\u00e1s competitivo, la presi\u00f3n por ser el primero en informar una novedad es intensa. La vieja m\u00e1xima de Prensa Asociada: \u00abConsigue la noticia primero, pero que sea correcta\u00bb parece casi pintoresca en un mundo que funciona las 24 horas los siete d\u00edas de la semana, donde no s\u00f3lo los medios tradicionales, sino tambi\u00e9n los blogueros y otros \u00abperiodistas ciudadanos\u00bb pueden observar e informar de acontecimientos de manera instant\u00e1nea.<\/p>\n<p>\u00bfDeber\u00edan CNN v Fox estar sujetos a sanciones del gobierno por cometer un error de buena fe en su cobertura? En Estados Unidos, la respuesta seria \u00abno\u00bb. Pero en otros pa\u00edses, semejante error podr\u00eda derivar en una multa o la p\u00e9rdida de una licencia.<\/p>\n<p>A pesar de lo preocupante que pueda parecer el incidente del Servicio de Guardacostas, al menos las discrepancias en los hechos fueron resueltas r\u00e1pidamente. Con temas como el calentamiento global o las crisis econ\u00f3micas, o de salud, los hechos se revelan de forma gradual. \u00bfC\u00f3mo puede determinar un periodista la verdad en cualquier momento dado? \u00bfCu\u00e1l es la responsabilidad del gobierno, o del p\u00fablico, para definir e interpretar los hechos? La realidad es periodismo es apenas un medio para determinar la verdad. En una sociedad libre, depende del p\u00fablico, no de un organismo del gobierno, examinar los hechos desde diversas fuentes antes de decidir lo que es la verdad.<\/p>\n<p>Cabe destacar como ejemplo la ocasi\u00f3n en que el Consejo de Seguridad de la ONU inst\u00f3 a Ruanda a identificar y clausurar las estaciones de radio que, seg\u00fan sosten\u00edan,\u00a0 fomentaban el odio e incitaban a actos de violencia masiva en ese pa\u00eds. El caso plante\u00f3 una pregunta importante: \u00bfSe debe responsabilizar a los medios de comunicaci\u00f3n por actos de violencia que cometen sus espectadores, oyentes o lectores?<\/p>\n<p>El castigo tambi\u00e9n puede afectar a quienes cuestionan la sabidur\u00eda aceptada en lo que respecta a acontecimientos hist\u00f3ricos. En Turqu\u00eda se considera un delito referirse como genocidio a los asesinatos masivos de armemos durante la Primera Guerra Mundial. En el 2007, el neonazi Ernst Zundel fue encarcelado en Alemania tras publicar declaraciones en que negaba que el Holocausto hubiera ocurrido, lo cual es una violaci\u00f3n del C\u00f3digo Penal alem\u00e1n.<\/p>\n<p>Se crea un corolario al problema cuando el gobierno declara lo que es la verdad en la promulgaci\u00f3n de leyes de insulto, \u00a0que proh\u00edben la critica a los monarcas, pol\u00edticos u otros funcionarios p\u00fablicos, s\u00edmbolos nacionales, o una raza o religi\u00f3n en particular. Docenas de pa\u00edses en el mundo, incluyendo a algunos en la Uni\u00f3n Europea, la antigua Uni\u00f3n Sovi\u00e9tica, Asia, \u00c1frica \u00a0y Am\u00e9rica Latina, han promulgado semejantes estatutos. Aunque el lenguaje preciso varia, es invariablemente amplio y vago y f\u00e1cilmente manipulado por gobiernos para castigar la disconformidad y silenciar a la critica.<\/p>\n<p>Otra dimensi\u00f3n surge cuando el esfuerzo por suprimir publicaciones indeseadas cruza las fronteras nacionales o es impulsada por actores no estatales. Un caso notable ocurri\u00f3 en febrero de 1989, cuando el l\u00edder espiritual iran\u00ed, el ayatola Ruhollah Jomeini, emiti\u00f3 un decreto fatwa ofreciendo una recompensa por el asesinato del escritor brit\u00e1nico Salman Rushdie, cuya novela Los Versos Sat\u00e1nicos fue declarada por Jomeini como una \u00abblasfemia contra el Islam\u00bb. En septiembre\u00a0 de 2005 el diario dan\u00e9s Jyllands-Posten public\u00f3 caricaturas derogatorias del profeta Mahoma. Una vez m\u00e1s hubo acusaciones de blasfemia.<\/p>\n<p>Siguieron protestas violentas y amenazas de muerte contra los caricaturistas. Las acusaciones de blasfemia no solo provinieron de musulmanes. No fue sino hasta julio de 2008 que la C\u00e1mara de los Lores, de Gran Breta\u00f1a, vot\u00f3 a favor de abolir del derecho consuetudinario delitos de blasfemia y l\u00edbelo difamatorio.<\/p>\n<p><strong>Licencias obligatorias <\/strong><\/p>\n<p>Otro mecanismo para desalentar al periodismo es la necesidad de contar con licencias gubernamentales obligatorias. Esto generalmente se justifica porque asegura que solamente aquellos con las calificaciones apropiadas se dediquen a la profesi\u00f3n del periodismo. Pero como anota Leonard Sussman, de la organizaci\u00f3n Freedom House, con sede en Nueva York:<\/p>\n<p>\u00abLas licencias gubernamentales para la prensa es el viejo truco de las armas de censura\u00bb. Las licencias gubernamentales determinan quien puede ser periodista y restringe los par\u00e1metros del reportaje y comentario aceptable. En resumen, incita a la auto-censura y restringe la disconformidad y el debate.<\/p>\n<p>Incluso en pa\u00edses en donde cualquier individuo tiene el derecho a dedicarse al periodismo, aquellos que buscan operar organizaciones de emisi\u00f3n, cable, Internet o incluso noticias impresas pueden estar sujetos a licencias obligatorias. Por su propia naturaleza, las franquicias de emisi\u00f3n y cable son limitadas en n\u00famero y alcance dentro de un \u00e1rea geogr\u00e1fica en particular. La mayor\u00eda de los pa\u00edses han llegado a la conclusi\u00f3n que alguna autoridad gubernamental ser\u00e1 el \u00abpolic\u00eda de tr\u00e1nsito\u00bb que asigna frecuencias que operen en el espectro de la emisi\u00f3n, o asigna a ciertos operadores el \u00abmonopolio natural\u00bb de proveedores de servicios de cable o Internet.<\/p>\n<p>Sin este tipo de licencias, cualquiera puede, por utilizar un ejemplo, emitir en, la misma frecuencia de radio que su vecino. El resultado ser\u00eda una completa cacofon\u00eda y caos radial. A\u00fan as\u00ed, cuando el Estado decida qui\u00e9n ser\u00e1 permitido operar los medios electr\u00f3nicos, existe un peligro real de inhibir el flujo libre de informaci\u00f3n. En algunos pa\u00edses, con tradici\u00f3n de emisiones p\u00fablicas con dominio gubernamental, es dif\u00edcil, si no imposible, para los medios independientes asegurar un lugar en el espectro de las emisiones. En pa\u00edses donde predominan los medios comerciales privados, preguntas sobre hasta qu\u00e9 punto el Estado puede investigar las decisiones de programaci\u00f3n y editoriales, cuando revisan solicitudes iniciales o renovaciones de licencias, siguen siendo un problema persistente.<\/p>\n<p>Por un lado, algunos aseguran, las ondas de radio son un recurso p\u00fablico que debe ser operado esencialmente como un servicio p\u00fablico o, en las palabras de la Ley de Comunicaciones de 1934 (Estados Unidos), de \u00abinter\u00e9s, conveniencia necesidad p\u00fablica\u00bb. La naturaleza \u00fanica omnipresente de los medios electr\u00f3nicos, se dice, justifica una mayor interferencia gubernamental con respecto al contenido. Por otro lado, los emisores deber\u00e1n disfrutar de la misma autonom\u00eda editorial como los medios impresos, sujetos solamente a leyes de aplicaci\u00f3n general gobernando la expresi\u00f3n, tales como la difamaci\u00f3n, invasi\u00f3n de privacidad y obscenidad.<\/p>\n<p><strong>Las reglamentaciones en Internet <\/strong><\/p>\n<p>Con cada nuevo medio de comunicaci\u00f3n surgen los esfuerzos del gobierno por controlar la informaci\u00f3n. Algunos pa\u00edses, incluyendo a China, Ir\u00e1n, Arabia Saudita y T\u00fanez, han bloqueado el acceso a sitios en la Web basados en su contenido pol\u00edtico o cultural, monitoreando las actividades de los participantes en Internet e imponiendo restricciones rigurosas a los prestadores de servicios de Internet. Incluso democracias maduras, incluyendo a Australia, Francia, la India y Estados Unidos, han bloqueado el acceso o castigado la publicaci\u00f3n de material en l\u00ednea que consideran objetable.<\/p>\n<p>La red de Internet ofrece al individuo la capacidad, sin precedentes, para comunicarse sin depender de diarios, televisi\u00f3n o cualquier otro medio tradicional. Pero muchos pa\u00edses retienen legislaciones de una era en la que, en palabras del colaborador de la revista New Yorker, A.J. Liebling, \u00abLa libertad de prensa pertenece al hombre que sea propietario de ella\u00bb.<\/p>\n<p>Algunos pa\u00edses otorgan un derecho obligatorio de replica a un art\u00edculo que le ataje y que considere falso, impreciso, injurioso o enga\u00f1oso. La l\u00f3gica de estas leyes es, ya que las estaciones de radio y televisi\u00f3n y diarios est\u00e1n en manos de pocos, el libre intercambio de ideas requiere que brinden a los disconformes una oportunidad de ser escuchados.<\/p>\n<p>En la pr\u00e9dica con la idea de que una organizaci\u00f3n noticiosa tiene la obligaci\u00f3n de ser justa, el derecho legal de replica usurpa la autoridad editorial de una organizaci\u00f3n noticiosa al requerir que el editor publique material que de otra forma no publicar\u00eda. Cuando los editores bajan el tono de su cobertura para evitar verse obligados a publicar r\u00e9plicas, el resultado es mayor autocensura y menos publicaci\u00f3n de material controvertido. Como escribi\u00f3 un juez del Tribunal Supremo, en un caso desestimando un estatuto de derecho de replica en Florida:<\/p>\n<p>\u00abUn diario o revista no es un servicio p\u00fablico sujeto a regulaci\u00f3n gubernamental &#8216;razonable&#8217; en asuntos que afecten al ejercicio de su juicio period\u00edstico sobre lo que debe ser impreso\u00bb.<\/p>\n<p>Ir\u00f3nicamente, la red de Internet, que le permite a cualquier personal ser editor, ha incitado en favor del derecho de replica dirigida a blogueros y otros periodistas digitales. En 2006, el Parlamento Europeo adopt\u00f3 la recomendaci\u00f3n\u00a0 del Consejo de Europa que el derecho de replica debe ser impuesto en los medios en l\u00ednea. El consejo afirm\u00f3 que las limitaciones f\u00edsicas, en espacio y tiempo, que existen en las formas de medios convencionales, como diarios o televisi\u00f3n, no aplican en el ciberespacio, reduciendo dr\u00e1sticamente el costo de conceder el privilegio de una replica.<\/p>\n<p>En 2009, la legislatura filipina consider\u00f3 proyectos de ley requiriendo que cualquiera que hable en Internet, incluyendo blogueros y quienes publiquen comentarios en sitios de redes sociales, reconozcan el derecho de r\u00e9plica a cualquier persona que se considere afectada. La publicaci\u00f3n obligada tambi\u00e9n puede ser considerada como otra forma de censura.<\/p>\n<p><strong>El equilibrio de intereses antag<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>nicos <\/strong><\/p>\n<p>El aspecto m\u00e1s insidioso de la censura es que, a primera vista, puede parecer justificable o razonable.<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 una autoridad gubernamental no debe tener la potestad de impedir que una organizaci\u00f3n noticiosa publique material clasificado en nombre de proteger la seguridad nacional?<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 un tribunal no debe prohibir que un periodista reporte los antecedentes criminales previos de un acusado que enfrenta un cargo de homicidio?<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 un individuo no debe tener el derecho de exigir que un emisor se abstenga de difundir material que pueda revelar informaci\u00f3n personal intima, como la identidad de un menor abusado sexualmente?<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 una junta de licencias no debe tener la potestad para detener la distribuci\u00f3n de un libro o filme que considere contrario a la moral p\u00fablica?<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 no deben apoyarse leyes que proh\u00edben discursos racistas o de \u00abodio\u00bb?<\/p>\n<p>Independientemente de como la sociedad resuelva estas dif\u00edciles preguntas, el peligro es que, con demasiada frecuencia, estas restricciones aparentemente razonables, sean utilizadas para restringir las libertades de la prensa y finalmente para restringir la difusi\u00f3n de opiniones e ideas impopulares. Esto no es sugerir que la libertad de prensa inevitablemente va, o debe, frenar otros valores fundamentales. El reto es encontrar el equilibrio entre intereses leg\u00edtimos en conflicto. No es una tarea f\u00e1cil.<\/p>\n<p><strong>Un marco de referencia para la libertad de prensa <\/strong><\/p>\n<p>Un punto de partida \u00fatil, cuando nos proponemos crear un marco para la libertad de prensa, es considerar qu\u00e9 derechos son esenciales para que los periodistas hagan su trabajo. Estos pueden no incluir restricciones previas; protecci\u00f3n en contra de la difusi\u00f3n obligada de informaci\u00f3n; el derecho de acceder a informaci\u00f3n gubernamental y procedimientos judiciales; el derecho a criticar a funcionarios gubernamentales y figuras p\u00fablicas; el derecho a reunir y publicar informaci\u00f3n de inter\u00e9s period\u00edstico sobre individuos; l\u00edmites en la legislaci\u00f3n gubernamental sobre periodistas y organizaciones noticiosas; y solamente, restricciones estrechas y cuidadosamente elaboradas contra el discurso indecente u obsceno.<\/p>\n<p><strong>Sin restricciones previas \u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><\/p>\n<p>William Blackstone, jurista ingl\u00e9s del siglo XVIII, dijo \u00abLa libertad de prensa es esencial a la naturaleza de un estado libre, y esto consiste en no imponer restricciones previas a las publicaciones, y no en la libertad de publicar asuntos criminales sin ser censurados\u00bb. La distinci\u00f3n de Blackstone fue importante. El poder del gobierno ingl\u00e9s para legislar, para controlar tanto quien opera la prensa como qu\u00e9 puede publicar, fue el epitome de la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>Al detener el discurso antes de que sea siquiera pronunciado, e1 gobierno reprime el debate y el disenso.<\/p>\n<p>Pero desde el punto de vista de Blackstone, publicista tendr\u00e1 a su cargo la rentabilidad por lo que haya elegido difundir, Blackstone prohibir\u00eda al gobierno censurar la expresi\u00f3n, pero permitir\u00eda la imposici\u00f3n de sanciones tras la publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Solamente en contadas ocasiones un pa\u00eds llega al extremo postulado por Blackstone, prohibiendo absolutamente todas y cualquier restricci\u00f3n previa a la prensa. Aqu\u00ed estudiaremos ciertos tiposde restricciones consideradas legales en muchos pa\u00edses. Abajo se encuentran las circunstancias bajo las cuales una restricci\u00f3n previa puede considerarse apropiada.<\/p>\n<ul>\n<li>Debe identificarse un inter\u00e9s convincente.<\/li>\n<li>La orden debe estar ajustada a la medida y no ser m\u00e1s amplia en su alcance a lo necesario para hacer frente adecuadamente al inter\u00e9s convincente.<\/li>\n<li>La orden debe ser precisa en sus t\u00e9rminos y tan limitada en su duraci\u00f3n como sea posible,<\/li>\n<li>Debe demostrarse que la orden verdaderamente favorece el inter\u00e9s convincente afirmado o que conjurar\u00e1 el da\u00f1o identificado.,<\/li>\n<li>Debe extenderse una notificaci\u00f3n de la orden y la oportunidad a una audiencia para refutada antes de su imposici\u00f3<\/li>\n<\/ul>\n<p>\u00bfQu\u00e9 tipos de intereses pueden ser lo suficientemente convincentes para justificar una restricci\u00f3n previa? Tales intereses pueden incluir, entre otros:<\/p>\n<ul>\n<li>Informaci\u00f3n confidencial o comercial;<\/li>\n<li>Informaci\u00f3n personal muy \u00edntima;<\/li>\n<li>Material con derechos de autor;<\/li>\n<li>Informaci\u00f3n relativa a una investigaci\u00f3n criminal en curso o actuaciones penales;<\/li>\n<li>Material obsceno o inmoral.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pero probablemente la justificaci\u00f3n invocada con mayor frecuencia sea la seguridad nacional. Esto plantea un genuino dilema para los periodistas. Por una parte, ning\u00fan periodista desea socavar la seguridad nacional al difundir informaci\u00f3n que supone una amenaza genuina. Por otra parte, los funcionarios de gobierno pueden estar tentados a invocar la seguridad nacional para justificar una censura expansiva.<\/p>\n<p>El Tribunal Supremo de Estados Unidos consider\u00f3 este tema en el caso The New York Times Co. vs los Estados Unidos (1971), con frecuencia conocido como los Papeles del Pent\u00e1gono. Despu\u00e9s de que el New York Times comenz\u00f3 a publicar fragmentos de documentos clasificados sobre la participaci\u00f3n de Estados Unidos en Vietnam, la administraci\u00f3n del presidente Richard M. Nixon busc\u00f3 una orden de restricci\u00f3n para frenar las publicaciones futuras. El Tribunal Supremo fall\u00f3 en contra del gobierno. \u00abUn sistema de restricciones previas a la expresi\u00f3n llega a este Tribunal con una fuerte presunci\u00f3n en contra de su validez constitucional\u00bb coment\u00f3 el Tribunal y lleg\u00f3 a la conclusi\u00f3n de que en este caso el gobierno hab\u00eda fallado en cumplir la \u00abpesada carga de demostrar justificaci\u00f3n por la imposici\u00f3n de tal restricci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>La breve opini\u00f3n permiti\u00f3 comprender un poco el razonamiento del Tribunal. Es dif\u00edcil discernir qu\u00e9 condiciones, si las hay, pueden justificar una restricci\u00f3n previa en un caso futuro. Solamente sabemos que el gobierno no cumpli\u00f3 con su tarea en este caso. La Corte no mencion\u00f3 que nunca lo lograr\u00eda.<\/p>\n<p>Hablando en t\u00e9rminos pr\u00e1cticos, el caso de los Papeles del Pent\u00e1gono ha creado una barrera virtualmente infranqueable a la censura impuesta por el gobierno por motivos de seguridad nacional en Estados Unidos. Desde entonces el Tribunal Supremo nunca ha sostenido una restricci\u00f3n previa sobre la capacidad para publicar informaci\u00f3n de seguridad nacional, ni siquiera en la situaci\u00f3n posterior al atentado del 9\/11.<\/p>\n<p>Dados los l\u00edmites de la jurisdicci\u00f3n territorial, siempre ha sido un reto para el gobierno de un pa\u00eds particular imponer una restricci\u00f3n que sea verdaderamente efectiva globalmente. Al final de la d\u00e9cada de 1980, los intentos del gobierno brit\u00e1nico por restringir la publicaci\u00f3n de Spycatcher, las memorias de un ex agente del MI5, fueron in\u00fatiles en \u00faltima instancia. Aunque una corte inglesa se proscribi\u00f3 a la publicaci\u00f3n, el libro goz\u00f3 de una amplia circulaci\u00f3n en Australia, e incluso en Escocia, una parte de Gran Breta\u00f1a no cubierta por el mandato judicial de la corte inglesa. Las copias llegaron a Inglaterra desde esas y otras jurisdicciones.<\/p>\n<p>Eventualmente las cortes inglesas fueron forzadas a levantar su prohibici\u00f3n sobre la base de que su publicaci\u00f3n en otros lugares signific\u00f3 que ya no hab\u00eda ning\u00fan secreto que preservar. En la cumbre de la controversia, las ediciones brit\u00e1nicas de la revista The Economist public\u00f3 una p\u00e1gina en blanco con esta nota: \u00abEn todos los pa\u00edses, con una excepci\u00f3n, nuestros lectores tienen una rese\u00f1a de \u00abSpycatcher\u00bb en esta p\u00e1gina, un libro escrito por un ex- funcionario del M.I.5, Peter Wright. La excepci\u00f3n es Gran Breta\u00f1a, en donde el libro, y comentarios al respecto, han sido proscritos. Para nuestros 420,000 lectores aqu\u00ed, esta p\u00e1gina permanece en blanco y la ley es un asno.\u00bb<\/p>\n<p>El caso de Spycatcher case anticip\u00f3 al crecimiento del Internet. Hoy, los crecientes nuevos medios plantean un obst\u00e1culo significativo a la imposici\u00f3n efectiva de una restricci\u00f3n anterior. Un ejemplo es el caso de Wikileaks. En Febrero de 2008, un juez federal en California emiti\u00f3 un mandato permanente contra Wikileaks, un sitio de Internet que afirma haber sido fundado por \u00abdisidentes chinos, periodistas, matem\u00e1ticos y tecn\u00f3logos de Estados Unidos, Taiw\u00e1n, Europa, Australia y Sud\u00e1frica,\u00bb cuya autoproclamada misi\u00f3n era \u00abrevelar comportamientos no \u00e9ticos en gobiernos y corporaciones.\u00bb Wikileaks permit\u00eda a los usuarios publicar una amplia variedad de documentos de manera an\u00f3nima, tales como las reglas de enfrentamiento para las tropas de Estados Unidos, manuales de operaci\u00f3n para la prisi\u00f3n Guant\u00e1namo e informaci\u00f3n confidencial de cuentas bancarias suizas. El sitio afirmaba no ser responsable por el contenido de los materiales que los usuarios publicaban en su sitio.<\/p>\n<p>El mandato orden\u00f3 a Dynadot, la compa\u00f1\u00eda de California que hab\u00eda registrado el nombre de dominio de Wikileaks, bloquear y des activar el nombre de dominio inmediatamente y bloquear el acceso a los documentos. Pero el diario The New York Times inform\u00f3 que incluso despu\u00e9s de que Dynadot coloc\u00f3 restricciones en el sitio, usuarios alrededor del mundo a\u00fan pod\u00edan acceder y leer los documentos a trav\u00e9s de sitios denominados espejos registrados en B\u00e9lgica, Alemania y las Islas de Navidad. Dos semanas despu\u00e9s de emitir la orden inicial, el mismo juez federal lo levant\u00f3. \u00abEs claro que en cualquier circunstancia, salvo las mas excepcionales, un mandato que restringe la expresi\u00f3n es inadmisible\u00bb, escribi\u00f3 el Juez Jeffrey White. Tambi\u00e9n observ\u00f3 que su orden inicial no solo hab\u00eda sido inefectiva sino que \u00abtuvo el efecto completamente contrario a su intenci\u00f3n original\u00bb debido a que la cobertura de los medios sobre el mandato solamente increment\u00f3 la atenci\u00f3n del p\u00fablico hacia los materiales de Wikileaks.<\/p>\n<p>Otros tipos de \u00f3rdenes de silencio, mandatos y \u00f3rdenes de restricci\u00f3n se discuten con mayor detalle en las secciones a continuaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Protecci\u00f3n contra la divulgaci\u00f3n obligada de informaci\u00f3n <\/strong><\/p>\n<p>El derecho de un periodista a proteger de publicar sus fuentes confidenciales e informaci\u00f3n in\u00e9dita es esencial para promover tanto el flujo libre de la informaci\u00f3n, como el derecho del p\u00fablico a saber. Los reporteros deben ser capaces de asegurar a sus fuentes que sus identidades permanecer\u00e1n secretas, para alentarlos a hablar con libertad. Adem\u00e1s, deben ser capaces de proteger el fruto de su recopilaci\u00f3n de noticias del escrutinio del gobierno o de entidades privadas para mantener su independencia editorial. Sin estos privilegios, la habilidad de la prensa para escudri\u00f1ar al gobierno y a dejar al descubierto la corrupci\u00f3n estar\u00eda seriamente comprometida.<\/p>\n<p>La mayor\u00eda de los c\u00f3digos de \u00e9tica de los medios requieren que los periodistas protejan la confidencialidad de sus fuentes. Para un reportero, es tanto una cuesti\u00f3n de honor como una necesidad pragm\u00e1tica. Un periodista quien viole una promesa de confidencialidad no contar\u00e1 con la confianza de otras fuentes en el futuro. Por esta raz\u00f3n, los periodistas proteger\u00e1n sus fuentes, incluso si esto significa desacato al tribunal. El fundamento para el reconocimiento del privilegio de un reportero se estableci\u00f3 de modo convincente en la Corte Europea de Derechos Humanos (ECHR) Goodwin vs. Gran Breta\u00f1a \u00a0(1996). El caso involucraba al reportero William Goodwin, quien hab\u00eda recibido la informaci\u00f3n financiera confidencial de una compa\u00f1\u00eda, de una fuente cuya identidad hab\u00eda acordado mantener en secreto. La compa\u00f1\u00eda asegur\u00f3 que el material hab\u00eda sido robado y obtuvo un mandato que restring\u00eda la publicaci\u00f3n de la informaci\u00f3n, as\u00ed como una orden bajo la Ley de Desacato al Tribunal, para obligar a Goodwin a revelar la identidad de su fuente \u00aben el inter\u00e9s de la justicia\u00bb con el fin de tomar acciones legales en contra de la fuente.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de que el Tribunal de Apelaciones y la C\u00e1mara de los Lores respald\u00f3 la orden, Goodwin apel\u00f3 a la ECHR, en donde sostuvo que bajo el Art\u00edculo 10 de\u00a0 Convenci\u00f3n Europea de Derechos Humanos (ECHR), solamente circunstancias excepcionales pueden justificar el obligarlo a testificar. Por su parte, el gobierno brit\u00e1nico mantuvo que ning\u00fan inter\u00e9s p\u00fablico convincente justificaba reconocer el privilegio en esta situaci\u00f3n, especialmente dado que la fuente hab\u00eda, en el peor de los casos, actuado de manera irresponsable al proporcionar la informaci\u00f3n confidencial comercial a Goodwin. La corte fall\u00f3 a favor de Goodwin, llegando a la conclusi\u00f3n de que el inter\u00e9s de la compa\u00f1\u00eda en buscar a la fuente no era suficiente para superar el inter\u00e9s del p\u00fablico en proteger el de los periodistas a mantener a sus fuentes confidenciales:<\/p>\n<p>La protecci\u00f3n de fuentes periodistas es una de las condiciones b\u00e1sicas para la libertad de prensa. Sin tal protecci\u00f3n, las fuentes pueden ser disuadidas en ayudar a la prensa a informar al p\u00fablico sobre asuntos de inter\u00e9s p\u00fablico. Como resultado, el papel vital de perro guardi\u00e1n p\u00fablico de la prensa puede ser socavado y la habilidad de la prensa para proporcionar informaci\u00f3n fiel y con fiable puede ser afectada de manera adversa. Considerando la importancia de la protecci\u00f3n de\u00a0 fuentes period\u00edsticas para la libertad de prensa en una sociedad democr\u00e1tica y el potencial efecto amenazador que presenta la divulgaci\u00f3n de una fuente en el\u00a0 ejercicio de esa libertad, tal medida no puede ser compatible con el Art\u00edculo 10 de la Convenci\u00f3n a menos que sea justificado por un requisito predominante al inter\u00e9s p\u00fablico.<\/p>\n<p>Todos los pa\u00edses firmantes del ECHR est\u00e1n forzados a cumplir la decisi\u00f3n \u00a0Goodwilb pero la decisi\u00f3n ha sido de influencia incluso fuera de la Uni\u00f3n Europea. Otros cuerpos internacionales y regionales, incluyendo la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos y la Comisi\u00f3n Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, han emitido declaraciones reconociendo el derecho de los periodistas a mantener la confidencialidad de sus fuentes de informaci\u00f3n in\u00e9dita.<\/p>\n<p>En algunos pa\u00edses, el privilegio del periodista est\u00e1 incluido en la constituci\u00f3n. Por ejemplo, la Constituci\u00f3n de Palau dice, \u00abNing\u00fan periodista de buena fe puede ser requerido por el gobierno a divulgar o ser encarcelado por negarse a divulgar la informaci\u00f3n obtenida en el curso de una investigaci\u00f3n profesional\u00bb. La Ley de Libertad de Prensa de Suecia, la cual es parte de la constituci\u00f3n nacional, brinda un privilegio amplio a los periodistas, sujetos solamente a un n\u00famero limitado de excepciones tales como si la fuente es sospechosa de espionaje o traici\u00f3n, o si una persona acusada demuestra que la informaci\u00f3n buscada es esencial para su defensa en un caso criminal: la ley tambi\u00e9n menciona que un periodista que revele una fuente sin consentimiento puede ser procesado.<\/p>\n<p>En otros pa\u00edses, las cortes han dictaminado que el privilegio del periodista puede ser derivado de disposiciones constitucionales. En 2006 en Jap\u00f3n, por ejemplo, la Suprema Corte encontr\u00f3 que el Art\u00edculo 21 de la constituci\u00f3n, que garantiza la libertad de expresi\u00f3n, tambi\u00e9n protege \u00abla libertad de recopilar noticias\u00bb, as\u00ed como reportar noticias. En Canad\u00e1 en 2008, la Corte de Apelaci\u00f3n de Ontario desestim\u00f3 un fallo de desacato en contra de un reportero que se neg\u00f3 a revelar la fuente de reportes de investigaci\u00f3n municipales confidenciales filtrados, relativos a una casa de retiro sin fines de lucro. Dictamin\u00f3 que el derecho de proteger fuentes confidenciales es una parte esencial de la libertad de expresi\u00f3n como es reconocida bajo la Carta Canadiense de Derechos y Libertades. \u00abEl efecto probable de revelar la mente confidencial de un periodista\u00bb dijo la corte, \u00abser\u00eda desalentar a otras fuentes presentarse quienes, por cualesquier raz\u00f3n, necesitan ocultar su identidad\u00bb. Aunque declin\u00f3 encontrar un privilegio absoluto que rige todas las comunicaciones confidenciales en el curso del reportaje, la corte reconoci\u00f3 que el poder del desacato debe ser utilizado solamente como un \u00faltimo recurso, consciente de los derechos competentes en juego.<\/p>\n<p>Algunas otras naciones han otorgado a los periodistas, por medio de un estatuto, el privilegio de evitar testificar bajo circunstancias espec\u00edficas. Alrededor de 20 pa\u00edses han adoptado legislaci\u00f3n otorgando a los periodistas derechos absolutos para proteger a sus fuentes, entre ellos M\u00e9xico, lndonesia, Mozambique y Turqu\u00eda. M\u00e1s comunes son las leyes nacionales que reconocen un privilegio calificado, el cual puede ser superado bajo ciertas circunstancias.<\/p>\n<p>Armenia, por ejemplo, otorga el privilegio pero los retira en casos en que la informaci\u00f3n buscada est\u00e1 directamente relacionada a un caso de un acto criminal atroz cuando el inter\u00e9s p\u00fablico en la divulgaci\u00f3n es fuerte. En algunos pa\u00edses, incluyendo Alemania y Estados Unidos, la protecci\u00f3n legal se ha dejado en manos de los estados individuales. Como en las leyes nacionales, estos estatutos pueden tener un alcance absoluto o calificado.<\/p>\n<p>En Estados Unidos, aunque en 39 estados, mas el Distrito de Colombia, se han promulgado leyes de protecci\u00f3n a periodistas, el Congreso ha considerado, pero a\u00fan no ha aprobado (2010), legislaci\u00f3n federal reconociendo el privilegio de un reportero. Esto significa que las leyes de protecci\u00f3n estatales aplican en algunas actuaciones en la corte estatal pero no en el sistema de cortes federales. (Para mayor informaci\u00f3n sobre el papel de las leyes federales y estatales y los sistemas de cortes, ver Esquema del Sistema Legal de Estados Unidos, http:\/\/www. am\u00e9rica.<\/p>\n<p>gov\/publications\/ books\/outline-of-u.s.-legal-system.)<\/p>\n<p>Aunque cada sociedad resolver\u00e1 las acotaciones de un privilegio period\u00edstico en contra de la divulgaci\u00f3n obligada de informaci\u00f3n, un privilegio efectivo ser\u00eda proporcionar respuestas amplias a las siguientes preguntas:<\/p>\n<p>\u00bfA qui\u00e9n aplica? Un amplio privilegio aplicar\u00eda a cualquiera que est\u00e1 practicando el periodismo -lo cual significa que cualquiera que est\u00e1 involucrado en el proceso de reunir, escribir, editar o publicar noticias o informaci\u00f3n para su diseminaci\u00f3n al publico, ya sea con o sin compensaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00bfEst\u00e1 limitado a la plataforma de los medios? El privilegio m\u00e1s eficaz no estar\u00eda limitado a aquellos en los medios de la prensa y de difusi\u00f3n en general. Incluir\u00eda autores de libros, as\u00ed como blogueros y otros que diseminan su trabajo en Internet.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 fuentes protege? Un privilegio amplio no cubrir\u00eda solamente la identidad de las fuentes sino tambi\u00e9n informaci\u00f3n in\u00e9dita y materiales documentales, tales como fotograf\u00edas, notas, cintas, borradores y otros productos in\u00e9ditos de trabajo period\u00edstico.<\/p>\n<p>En la ausencia de un privilegio absoluto, cualquier persona que busque obligar a un periodista revelar fuentes e informaci\u00f3n confidencial debe presentar una buena causa. Las naciones han concebido diferentes est\u00e1ndares, sin embargo, los factores m\u00e1s comunes incluyen:<\/p>\n<p>No es posible obtener la informaci\u00f3n de cualquier otra fuente no-period\u00edstica despu\u00e9s de que todas las alternativas razonables han sido agotadas.<\/p>\n<p>La informaci\u00f3n solicitada es material, o absolutamente esencial, para la disposici\u00f3n del caso subyacente (como evidencia exonerante para un criminal acusado).<\/p>\n<p>Un juez debe dictaminar que el inter\u00e9s del p\u00fablico en la divulgaci\u00f3n supera el inter\u00e9s del p\u00fablico en el flujo libre de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El elemento final es el m\u00e1s importante. \u00bfEn qu\u00e9 momento otro inter\u00e9s supera el defeco fundamental a la libertad de prensa? En casos relacionados a la seguridad nacional, por ejemplo, las autoridades gubernamentales con frecuencia alegan\u00a0 preservar la seguridad p\u00fablica supera el proteger la independencia editorial; En Estados Unidos, los esfuerzos federales por promulgar una ley de protecci\u00f3n a periodistas han sido frustrados durante a\u00f1os, en parte, debido al temor de que\u00a0 terroristas puedan utilizarla para proteger sus comunicaciones del escrutinio de las fuerzas de seguridad p\u00fablica.<\/p>\n<p>Los corresponsales de guerra enfrentan retos especiales. Mantener la confidencialidad de la fuente puede ser esencial para proteger la seguridad de estos periodistas. \u00bfPero qu\u00e9 sucede cuando el periodista es un testigo ocular de atrocidades y es llamado a un tribunal de cr\u00edmenes de guerra para proporcionar evidencia?<\/p>\n<p>En 1993, el reportero para el diario The Washington Post, Jonathan C. Randal entrevist\u00f3 a Radoslav Brdjanin, un nacionalista serbio, a qui\u00e9n cit\u00f3 en un art\u00edculo relacionado con la limpieza \u00e9tnica. A\u00f1os despu\u00e9s, tras el retiro de Randal del periodismo, Brdjanin fue acusado de genocidio. Los fiscales deseaban incluir el art\u00edculo de Randal como evidencia en el juicio ante el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (ICTY), de la ONU. Cuando la defensa insisti\u00f3 en el derecho de interrogar a Randal, el ex reportero fue citado para presentarse en la corte. Randal se resisti\u00f3, alegando que ser obligado a testificar comprometer\u00eda su habilidad de reunir noticias en zonas de guerra y podr\u00eda poner en peligro su seguridad personal en donde fuentes podr\u00edan percibirlo como un testigo potencial.<\/p>\n<p>En diciembre de 2002, la C\u00e1mara de Apelaciones reconoci\u00f3 un privilegio testimonial calificado para corresponsales de guerra, incluso en donde sus fuentes no confidenciales y su informaci\u00f3n ya se ha hecho p\u00fablica. Defini\u00f3 a los corresponsales de guerra como \u00abindividuos, quienes por cualquier periodo de tiempo, reportan o investigan con el fin de reportar) desde una zona de conflicto sobre temas relacionados con el conflicto\u00bb. La corte reconoci\u00f3 que para poder realizar sus trabajos, los \u00abCorresponsales de guerra deben ser percibidos por la Fiscal\u00eda como observadores independientes antes que testigos potenciales, de otro modo, es posible que enfrenten amenazas en contra de su seguridad y la de sus fuentes con mayor frecuencia y m\u00e1s graves.\u00bb El tribunal dictamin\u00f3, \u00abLa cantidad de protecci\u00f3n reconocida es directamente proporcional al da\u00f1o que pueda causar a la funci\u00f3n de recopilar noticias\u00bb: Para obligar un testimonio, sostuvo, la parte que cita debe demostrar que la evidencia es de \u00abvalor directo e importante para determinar un asunto central del caso\u00bb y que la evidencia no puede ser obtenida en otro lugar de manera razonable.<\/p>\n<p>El caso de Randal fue controvertido. Aunque m\u00e1s de 30 organizaciones noticiosas internacionales apoyaron su apelaci\u00f3n, Ed Vulliamy, un periodista brit\u00e1nico quien tambi\u00e9n cubri\u00f3 la guerra en Bosnia y voluntariamente testific\u00f3 en el juicio de Mil\u00e1n Kovacevic, aleg\u00f3 que la posici\u00f3n de Randal estaba equivocada.<\/p>\n<p>\u00abEn la ra\u00edz de la objeci\u00f3n del Washington Post est\u00e1 el supuesto cimiento de la profesi\u00f3n de los periodistas: neutralidad,\u00bb escribi\u00f3. \u00abCreo que hay momentos en la historia &#8230; en que\u00a0 la neutralidad no es neutral sino c\u00f3mplice en el crimen &#8230;. La corte necesita que los reporteros se atengan a sus historias bajo juramento.\u00bb<\/p>\n<p>Un tema relacionado involucra el poder de las autoridades gubernamentales a registrar las oficinas de los medios. Zurcher uso Stanford Daily (1978) fue un caso del Tribunal Supremo de Estados Unidos retando el poder de oficiales de polic\u00eda a ingresar en la sede de un diario estudiantil universitario y confiscar fotograf\u00edas in\u00e9ditas de un enfrentamiento violento entre oficiales de la polic\u00eda y protestantes que hab\u00edan tomado y ocupado el Hospital de la Universidad de Stanford. Aunque el diario estudiantil aleg\u00f3 que la Primera Enmienda lo proteg\u00eda de registros de sus oficinas por parte de las fuerzas de seguridad p\u00fablica, la opini\u00f3n mayoritaria del juez Byron White fall\u00f3 en que las organizaciones noticiosas no disfrutan de un estatus especial bajo la Primera Enmienda, aunque estar\u00edan protegidas por la Cuarta Enmienda, como lo estar\u00eda cualquier otra entidad, de \u00abregistros y embargos poco razonables\u00bb.<\/p>\n<p>En su desacuerdo, el juez Potter Stewart escribi\u00f3: Me parece evidente en s\u00ed mismo que los registros polic\u00edacos en oficinas de diarios sean una carga para la libertad de prensa. La lesi\u00f3n m\u00e1s inmediata y obvia es el trastorno en el diario. Pero existe otra y m\u00e1s seria acusaci\u00f3n impuesta por un registro policiaco sorpresa de la oficina de un diario: la posibilidad de divulgar informaci\u00f3n recibida de fuentes confidenciales, o de la identidad de las fuentes mismas.<\/p>\n<p>En respuesta al fallo mayoritario, el Congreso de Estados Unidos promulg\u00f3 la Ley de Protecci\u00f3n a la Privacidad de 1980. Este estatuto proh\u00edbe, tanto a autoridades federales como locales confiscar documentos, o productos del trabajo, materiales en posesi\u00f3n de personas con intenciones de difundirlos al p\u00fablico (es decir, periodistas). Las excepciones incluyen materiales necesarios para prevenir la muerte o lesiones serias, o pornograf\u00eda infantil. Del mismo modo, en 1995 la Corte de Apelaciones de Nueva Zelanda dictamin\u00f3 que el registro de los lugares de trabajo de los periodistas es apropiado solamente en casos excepcionales, cuando es esencial para promover los intereses de la justicia e, incluso entonces, no ser\u00e1 ejecutada de manera que impida la difusi\u00f3n de las noticias.<\/p>\n<p>Sin embargo en otras partes del mundo, el registro de salas de redacci\u00f3n ocurre con mayor frecuencia. Por ejemplo, en 2004 la Comisi\u05e3n Independiente Contra de la Corrupci\u00f3n en Hong Kong obtuvo 14 \u00f3rdenes para registrar oficinas de diarios y los hogares de periodistas. La comisi\u00f3n buscaba la identidad de un individuo que hab\u00eda proporcionado el nombre de un testigo a la organizaci\u00f3n noticiosa. La Corte de Apelaciones dictamin\u00f3 que estos registros eran justificados.<\/p>\n<p>Aunque la Corte Europea de Derechos Civiles sostiene que los registros en salas de redacci\u00f3n violan el Art\u00edculo 10 de la Convenci\u00f3n Europea sobre Derechos Civiles, muchos pa\u00edses europeos los permiten de todas formas. Austria y Alemania son excepciones, con la Corte Constitucional de Alemania dictaminando en febrero de 2007 que estos registros violan las protecciones constitucionales de la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>Las leyes antiterroristas adoptadas en gran parte del mundo luego del 200l han ampliado la aplicaci\u00f3n de la ley y autoridades de inteligencia para interceptar comunicaciones a trav\u00e9s de escuchas y medios similares. Estas leyes t\u00edpicamente otorgan a los periodistas no menos, pero no m\u00e1s, protecci\u00f3n que a otros ciudadanos. Sin embargo, un par de pa\u00edses si otorgan protecci\u00f3n especial a los medios noticiosos. En Georgia, interceptar las comunicaciones de periodistas con el fin de descubrir secretos profesionales es un crimen y en B\u00e9lgica, la Ley de Protecci\u00f3n de Fuentes Period\u00edsticas impone las mismas restricciones en vigilancia como en el intento de obligar la revelaci\u00f3n de una fuente confidencial.<\/p>\n<p>En resumen, existe un amplio reconocimiento del hecho que proteger la confidencialidad de periodistas es esencial para mantener su independencia.<\/p>\n<p><strong>Derecho de acceso a la informaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n y a procedimientos gubernamentales <\/strong><\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 es importante el derecho de acceso a los procesos y a la informaci\u00f3n gubernamental?<\/p>\n<p>El acceso permite que el gobierno rinda cuentas a sus ciudadanos. Como un juez del Tribunal Supremo de Estados Unidos escribi\u00f3 en una ocasi\u00f3n, las leyes de libertad de informaci\u00f3n permiten a los ciudadanos enterarse de \u00ablo que trama el gobierno\u00bb en el presente, y tambi\u00e9n de lo que hizo en el pasado. Al ayudar a revisar conducta inapropiada, el acceso sirve como una valiosa herramienta contra la corrupci\u00f3n y ayuda a aumentar la confianza del p\u00fablico.<\/p>\n<p>El acceso permite al p\u00fablico conocer la vasta cantidad de informaci\u00f3n reunida y almacenada por el gobierno, informaci\u00f3n pagada con el dinero de impuestos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Cuando los periodistas pueden obtener registros p\u00fablicos, no necesitan confiar en los caprichos de una fuente gubernamental para reportar las medidas y actividades del gobierno, y pueden difundir mejor la manera en que se gasta el dinero de los impuestos y la forma en que se realizan y aplican las pol\u00edticas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En resumen, el acceso de los periodistas la informaci\u00f3n gubernamental es una herramienta<\/p>\n<p>esencial para aumentar y mantener la democracia.<\/p>\n<p>Muchos acuerdos internacionales adoptan y promueven la transparencia:<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 19 de la Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos garantiza el derecho a buscar, recibir e impartir informaci\u00f3n. Esta frase ha sido reinterpretada para incluir el derecho a la libertad de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 9 de la Convenci\u00f3n de la Uni\u00f3n Africana (UA) sobre la Prevenci\u00f3n y Lucha Contra la Corrupci\u00f3n, un tratado firmado por 40 de los 53 miembros de la UA, dice,\u00a0 \u00abCada Parte Estatal debe adoptar tal legislaci\u00f3n y otras medidas para dar efecto al derecho de acceso a cualquier informaci\u00f3n requerida para ayudar en la lucha contra la corrupci\u00f3n y ofensas relacionadas\u00bb.<\/p>\n<p>La Organizaci\u00f3n de Estados Americanos, la Carta \u00c1rabe de Derechos Humanos y muchos otros tratados, convenciones, acuerdos y declaraciones reconocen a la libertad de informaci\u00f3n como un derecho humano fundamental.<\/p>\n<p>Pero la realidad a menudo no alcanza a la ret\u00f3rica Las naciones individuales deciden c\u00f3mo aplicar estos nobles prop\u00f3sitos, si los cumplen. El periodista que se embarca a ejercer su derecho a saber puede experimentar un desafiante reto.<\/p>\n<p>La libertad de informaci\u00f3n es un derecho constitucional en alrededor de 80 pa\u00edses. La Ley de prensa en Suecia de 1766 a menudo es considerada la primera ley de libertad de informaci\u00f3n, es parte de su constituci\u00f3n, y algunas constituciones m\u00e1s antiguas han sido modificadas para incluir el derecho a saber.<\/p>\n<p>Muchas democracias en desarrollo al Centro y Este de Europa y Am\u00e9rica Latina incluyen provisiones de acceso en sus nuevas constituciones. Incluso cuando la constituci\u00f3n no contiene lenguaje expl\u00edcito, las cortes m\u00e1s altas en algunos pa\u00edses, entre ellos Corea, Jap\u00f3n e Israel, aceptan el derecho de acceso a la informaci\u00f3n impl\u00edcito en el derecho a la libertad de prensa o expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e1s de 70 pa\u00edses adicionales han promulgado estatutos de libertad de informaci\u00f3n. Estas fueron establecidas en Europa y las Am\u00e9ricas, en menor grado en Asia, el Medio Oriente y \u00c1frica. Pero la tendencia definitivamente apunta a mayor transparencia en gobiernos alrededor del mundo.<\/p>\n<p><strong>Leyes para La Libertad de informaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n <\/strong><\/p>\n<p>La mayor\u00eda de las leyes en favor de la libertad de informaci\u00f3n comparten principios y caracter\u00edsticas comunes. Muchos ejemplos recientes fueron influenciados por la Ley Federal de Libertad de Informaci\u00f3n de Estados Unidos (FOIA), as\u00ed que utilizaremos ese estatuto como ejemplo.<\/p>\n<p>El presidente Lyndon B. Johnson promulg\u00f3 la Ley FOIA el4 de Julio de 1966. A pesar de su nombre el estatuto en realidad no crea un derecho de acceso a la informaci\u00f3n. M\u00e1s bien establece un supuesto derecho al acceso a documentos existentes, en papel o formato digital, ostentado por organismos del poder ejecutivo, departamentos, comisiones reguladoras y corporaciones controladas por el gobierno.<\/p>\n<p>Estas incluyen, por ejemplo, los Departamentos de Estado, Defensa y Justicia, as\u00ed como la Oficina Federal de Investigaci\u00f3n y la Agencia Central de Inteligencia, entre muchas otras. A diferencia de las leyes en pa\u00edses como Irlanda, la FOIA no menciona las agencias cubiertas por nombre, ni excluye categ\u00f3ricamente a cuerpos que manejan inteligencia y seguridad, como en el Reino Unido. La FOIA de Estados Unidos no cubre los poderes legislativos ni judiciales del gobierno. El acceso a documentos de agencias del poder ejecutivo estatal o local est\u00e1 cubierto por las leyes estatales de transparencia gubernamental.<\/p>\n<p>En Estados Unidos, como en la mayor\u00eda de los pa\u00edses, cualquiera puede realizar una solicitud por medio de la Ley FOIA. No se requiere de ciudadan\u00eda o residencia en Estados Unidos, y el acceso est\u00e1 abierto para todos, no solamente a periodistas. Se alienta a los solicitantes a utilizar las salas de lectura gubernamentales, ya sean f\u00edsicas o virtuales, para contar con acceso libre a documentos liberados o divulgados bajo las llamadas iniciativas E-FOIA en respuesta a una solicitud FOIA previa. Tambi\u00e9n est\u00e1n invitados a ponerse en contacto con el oficial de la agencia para discutir informalmente los tipos de documentos que pueden estar disponibles antes de presentar una solicitud normal de acceso. En Estados Unidos no se requiere de un formulario especial para presentar una solicitud FOIA solamente una simple carta, dirigida al funcionario pertinente de FOIA, describiendo, dentro de lo posible, los documentos solicitados.<\/p>\n<p>La mayor\u00eda de las agencias est\u00e1n preparadas para aceptar solicitudes por escrito, o por medios electr\u00f3nicos. A pesar de la supuesta transparencia, sin embargo, casi todas las leyes de libertad de informaci\u00f3n incluyen excepciones categor\u00edas que una agencia puede retener.<\/p>\n<p>La Ley FOIA de Estados Unidos cuenta con nueve excepciones, las cuales, bajo los t\u00e9rminos del estatuto y basadas en la orientaci\u00f3n del Departamento de Justicia, deben interpretarse en forma restrictiva:<\/p>\n<ul>\n<li>seguridad nacional;<\/li>\n<li>reglamentos\/pr\u00e1cticas internas a la agencia;<\/li>\n<li>memorandos internos de la agencia (documentos de trabajo, reportes y estudios preparados como parte<\/li>\n<li>del proceso de toma de decisiones de la agencia;<\/li>\n<li>secretos comerciales;<\/li>\n<li>documentos protegidos por otros &#8211; estatutos federales;<\/li>\n<li>algunos documentos judiciales;<\/li>\n<li>registros bancarios;<\/li>\n<li>datos de petr\u00f3leo y gas;<\/li>\n<li>documentos que contengan informaci\u00f3n que, en caso de ser divulgados, constituir\u00edan una invasi\u00f3n injustificada a la privacidad personal.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La mayor\u00eda de estas excepciones no son obligatorias. Las agencias pueden liberar documentos si llegan a la conclusi\u00f3n que el inter\u00e9s p\u00fablico, con respecto a su divulgaci\u00f3n, supera cualquier da\u00f1o. Deben estar preparados para justificar cualquier excepci\u00f3n y para retener solo la porci\u00f3n exenta de cualquier documento mientras liberan el resto. La necesidad de retener un documento en particular puede evolucionar con el tiempo. En caso de documentos clasificados, los solicitantes cuentan con la opci\u00f3n de apelar ante una junta de revisi\u00f3n especial para determinar si el documento clasificado previamente puede ser hecho p\u00fablico en ese momento. En algunos pa\u00edses, aunque no en Estados Unidos, las leyes de acceso incluyen prohibiciones espec\u00edficas sobre la retenci\u00f3n de ciertas categor\u00edas de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Aunque Estados Unidos no cuenta con una ley de secretos oficiales, del tipo que se puede encontrar en muchos otros pa\u00edses, los documentos clasificados correctamente de conformidad con una orden ejecutiva presidencial pueden ser retenidos. En el ambiente post-9\/H, la pr\u00e1ctica de S5 clasificar informaciones ha incrementado en gran parte del mundo. Esto impone nuevos obst\u00e1culos a ciudadanos que buscan documentos de inteligencia y judiciales. Y conforme los gobiernos re\u00fanen informaci\u00f3n de identificaci\u00f3n personal, las agencias con frecuencia invocan excepciones de privacidad como motivo para retener muchos documentos gubernamentales. Estas excepciones con frecuencia son vagas y dif\u00edciles de interpretar, y la tendencia de la mayor\u00eda de los custodios de registros es retener el documento si existe alguna duda.<\/p>\n<p>Si a un solicitante le es negado acceso a un documento, tiene derecho a apelar. Bajo la Ley FOIA, y en la mayor\u00eda de los pa\u00edses, se inicia por pedir una revisi\u00f3n interna dentro de la agencia. En ocasiones esta t\u00e1ctica, m\u00e1s no siempre, tiene por resultado la liberaci\u00f3n de los documentos. El siguiente paso es presentar una apelaci\u00f3n para una revisi\u00f3n externa. En Estados Unidos, esto significa presentar una demanda ante un tribunal federal de distrito, con las apelaciones posteriores conforme sea necesario a trav\u00e9s de los tribunales de apelaci\u00f3n federales, e incluso ante el Tribunal Supremo. En otros pa\u00edses, y en algunos de los estados individuales de Estados Unidos, el solicitante puede apelar ante un defensor del pueblo para la libertad de informaci\u00f3n, o un tribunal independiente o comisi\u00f3n de informaci\u00f3n. Incluso en esas jurisdicciones, una revisi\u00f3n final puede ser solicitada en cortes nacionales.<\/p>\n<p>Un solicitante exitoso puede conseguir no solamente los documentos, sino tambi\u00e9n la devoluci\u00f3n de los honorarios de sus abogados. En algunos estados de Estados Unidos, y en muchos pa\u00edses, los tribunales imponen sanciones a agencias gubernamentales y empleados que intencionalmente retienen documentos en violaci\u00f3n a la ley. Estas sanciones pueden incluir multas monetarias y, en casos extraordinarios, incluso una sentencia a prisi\u00f3n si la violaci\u00f3n es particu1armente grave.<\/p>\n<p>Incluso cuando la ley requiere difusi\u00f3n, los atrasos administrativos, falta de recursos e ineficiencia pueden resultar en retrasos. La mayor\u00eda de las leyes de libertad de informaci\u00f3n establecen plazos cortos para respuestas iniciales pero permiten tiempo adicional para manejar solicitudes complejas.<\/p>\n<p>En Estados Unidos, el Archivo de Seguridad Nacional, una organizaci\u00f3n privada que realiza investigaciones en pol\u00edticas de acceso, report\u00f3 en 2007 la solicitud pendiente con la Ley FOIA ten\u00eda m\u00e1s de 20 a\u00f1os de antig\u00fcedad, aunque muchas otras son procesadas con mayor rapidez. Bajo ciertas circunstancias, como cuando el periodista demuestra inter\u00e9s p\u00fablico convincente para su entrega inmediata, un solicitante puede tener el derecho a procesamiento expedito.<\/p>\n<p>Las agencias pueden ser autorizadas para recobrar costos de los solicitantes, incluso si no cumplen con la solicitud por completo. Algunos pa\u00edses (aunque no Estados Unidos) imponen una cuota de archivo, independientemente del tama\u00f1o o alcance de la solicitud. Otros exigen pago por costos administrativos, incluyendo tiempo de b\u00fasqueda, redacci\u00f3n de informaci\u00f3n exenta y copias. Bajo la Ley FOIA de Estados Unidos, ciertas categor\u00edas de solicitantes, incluyendo el p\u00fablico general y prensa, tienen derecho a exenci\u00f3n total o parcial de cuotas; sin embargo se requiere que los solicitantes comerciales (sin incluir a medios noticiosos) paguen todos los costos aplicables, determinados por la agencia de acuerdo a un programa de cuotas.<\/p>\n<p>Las leyes de libertad de informaci\u00f3n eran una presunci\u00f3n de acceso p\u00fablico. Las divulgaciones bajo la Ley FOIA han dado el poder a los periodistas para escribir miles de notas, algunas de ellas embarazosas para el gobierno de Estados Unidos. Estas van desde la revelaci\u00f3n de la masacre de 1968 en My Lai, en Vietnam hasta las condiciones insalubres en las plantas de procesamiento de alimentos; desde los costos inflados de los contratistas de defensa hasta los lugares de trabajo m\u00e1s peligrosos en Estados Unidos. Incluso art\u00edculos sobre objetos voladores no identificados (OVNIS) est\u00e1n basados en informaci\u00f3n obtenida bajo la Ley FOIA. Todo lo que se requiere es la persistencia para utilizarla.<\/p>\n<p><strong>Acceso a procedimientos judiciales <\/strong><\/p>\n<p>Las actividades oficiales del poder judicial tienen un impacto enorme y son de gran inter\u00e9s para el p\u00fablico.\u00a0 Y sin embargo, cuando los periodistas se embarcan a reportar sobre casos judiciales, el hecho puede resultar en una relaci\u00f3n adversa. En t\u00e9rminos simples, los periodistas a menudo desean publicitar informaci\u00f3n que los abogados y el juez prefieren conservar en secreto.<\/p>\n<p>La mayor\u00eda de los pa\u00edses al menos reconocen t\u00e1citamente que los procedimientos judiciales deben ser presuntamente abiertos a la prensa y al p\u00fablico, sujetos a ciertas limitaciones. El Art\u00edculo 6 de la Convenci\u00f3n Europea de Derechos Humanos estipula, en parte:<\/p>\n<p>En la determinaci\u00f3n de sus derechos civiles y obligaciones, o cualquier cargo criminal en contra suya, todos tienen el derecho a una audiencia justa y p\u00fablica dentro de un tiempo razonable por parte de un tribunal independiente e imparcial establecido bajo la ley. El fallo ser\u00e1 pronunciado de manera p\u00fablica; sin embargo, la prensa y el p\u00fablico pueden ser excluidos de la totalidad o parte del juicio en el inter\u00e9s de la moral, el orden p\u00fablico o la seguridad nacional en una sociedad democr\u00e1tica, en donde los intereses de menores\u00a0 la protecci\u00f3n de la vida privada de las partes as\u00ed lo requieran, o en la medida estrictamente necesaria en la opini\u00f3n de la corte en circunstancias especiales en donde la publicidad perjudicar\u00eda a los intereses de la justicia.<\/p>\n<p>En pa\u00edses con derecho consuetudinario, la tradici\u00f3n anglo-sajona desde la Carta Magna (1297) ha presumido que los juicios ser\u00e1n abiertos para proteger los derechos de los acusados y para asegurar la rendici\u00f3n de cuentas. Particularmente en Estados Unidos, una serie de casos del Tribunal Supremo, desde 1980 ha interpretado ampliamente tanto el derecho de un acusado criminal a un juicio justo y p\u00fablico bajo la Sexta Enmienda, como el derecho de la prensa y p\u00fablico a asistir a ese juicio bajo la Primera Enmienda. Muchas cortes tambi\u00e9n reconocen un presunto derecho de acceso a documentos de la corte.<\/p>\n<p>Sin embargo el Tribunal Supremo tambi\u00e9n ha dictaminado que el inter\u00e9s del estado, espec\u00edficamente identificado, puede superar la presunci\u00f3n de apertura. Esto podr\u00eda incluir una amenaza substancial al derecho del acusado criminal a un juicio justo o la necesidad convincente de proteger la privacidad de un testigo o v\u00edctima en particular durante su testimonio. Sin embargo, antes de cerrar la sala de la corte, se requiere que el juez presidente considere si cualquier alternativa evitar\u00e1 la amenaza y tambi\u00e9n debe establecer que el cierre ser\u00e1 efectivo. Adem\u00e1s, cualquier cierre debe ser hecho estrechamente a medida tan breve en alcance y duraci\u00f3n como sea posible.<\/p>\n<p>Algunos pa\u00edses, tales como Espa\u00f1a o Suecia, entre muchos otros, dan garant\u00edas constitucionales similares, de que la administraci\u00f3n de la justicia debe ser hecha de manera p\u00fablica. Sin embargo, surge una cuesti\u00f3n independiente relacionada con las limitaciones sobre lo que un periodista puede reportar sobre un caso pendiente o en curso.<\/p>\n<p><strong>Restricciones previas y <\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>rdenes de silencio <\/strong><\/p>\n<p>En Estados Unidos, la fuerte tradici\u00f3n contra la restricci\u00f3n previa hace casi imposible persuadir a la corte a emitir una para silenciar a la prensa. En mayor parte, las \u00f3rdenes de restricci\u00f3n est\u00e1n limitadas a funcionarios de la corte y participantes del juicio. Las cortes han dictaminado, casi de manera uniforme, que la difusi\u00f3n de informaci\u00f3n perteneciente a un caso, que haya sido legalmente obtenida por parte de la prensa, no puede ser restringida, ya sea que se haya originado dentro o fuera de la sala de la corte. En 1976, el Tribunal Supremo dictamin\u00f3 que una orden de silencio solamente ser\u00eda permitida si la publicaci\u00f3n planteara un \u00abpeligro claro y presente\u00bb a la realizaci\u00f3n del juicio, si la orden en realidad fuese efectiva en mitigar el da\u00f1o, y si ninguna manera menos dr\u00e1stica resolviese la cuesti\u00f3n. Por esta raz\u00f3n, los periodistas en Estados Unidos casi nunca son sometidos a \u00f3rdenes de silencio, y casi siempre logran retar a las que les son impuestas.<\/p>\n<p>Una rara excepci\u00f3n sucedi\u00f3 en 2003. El jugador de baloncesto profesional, Kobe Bryant, fue acusado de violaci\u00f3n y enfrent\u00f3 un juicio en Colorado. Un secretario de la corte accidentalmente envi\u00f3 una transcripci\u00f3n de una audiencia previa a siete organizaciones de medios. La transcripci\u00f3n inclu\u00eda el nombre de la presunta v\u00edctima, informaci\u00f3n que era secreta bajo la ley de protecci\u00f3n de v\u00edctimas de violaci\u00f3n en Colorado. Tras descubrir el error, el juez presidente orden\u00f3 a las organizaciones noticiosas a \u00abeliminar y destruir cualquier copia y no revelar el contenido del mismo, o estar sujetos a desacato ante la Corte\u00bb. Aunque algunas autoridades legales de Estados Unidos sugieren que los periodistas pueden ignorar las \u00f3rdenes de silencio evidentemente anticonstitucionales, en este caso las organizaciones noticiosas inmediatamente apelaron la orden ante la corte m\u00e1s alta. El Tribunal Supremo de Colorado dictamin\u00f3 que proteger la privacidad del acusador y preservar la habilidad de procesar casos futuros de agresi\u00f3n sexual constitu\u00eda intereses significativos del estado para justificar la orden. Los jueces en desacuerdo, recalcando que las organizaciones noticiosas no hab\u00edan roto ninguna ley, observaron, \u00abEs responsabilidad \u00a0del gobierno, no de los medios, proteger informaci\u00f3n bajo su control\u00bb.<\/p>\n<p>Ir\u00f3nicamente, en poco tiempo, incluso m\u00e1s informaci\u00f3n, incluyendo el apellido de la presunta v\u00edctima, se publicaron en Internet. El juez liber\u00f3 la mayor\u00eda de las transcripciones, y los medios abandonaron su apelaci\u00f3n ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos.<\/p>\n<p>En contraste, jueces del Reino Unido y Canad\u00e1 gozan de amplia autoridad para prohibir la publicaci\u00f3n de material que pudiese crear un \u00abriesgo sustancial que el curso de la justicia sea seriamente impedido o prejuiciado\u00bb, y acusar de desacato a cualquier persona que tienda a \u00abinterferir con el curso de la justicia \u00a0independientemente de la intenci\u00f3n de hacerlo\u00bb En consecuencia, desde el momento en que un sospechoso es arrestado o acusado hasta la sentencia, los periodistas en estas naciones pueden asistir a los juicios, pero est\u00e1n limitados en lo que pueden reportar. En otros pa\u00edses, las provisiones, tanto en el c\u00f3digo civil o criminal, especifican los tipos de informaci\u00f3n que se pueden o no reportar. Las restricciones comunes incluyen la identidad de las v\u00edctimas del crimen, detalles familiares en juicios de divorcio o custodia, o detalles del historial criminal pasado de una persona acusada. En algunas naciones como Suecia, en donde la ley es silenciosa, el c\u00f3digo de conducta propio de los periodistas especifica que los acusados no deben ser identificados a menos que \u00bb un obvio inter\u00e9s p\u00fablico as\u00ed lo requiera\u00bb.<\/p>\n<p><strong>C<\/strong><strong>\u00e1<\/strong><strong>maras en la Sala de Juicio <\/strong><\/p>\n<p>Aunque las c\u00e1maras televisoras en una sala de juicios permiten mayor acceso al p\u00fablico, contin\u00faan siendo un tema pol\u00e9mico en muchas naciones. La cobertura del notorio juicio por homicidio, contra O.J. Simpson en 1995, en California, contin\u00faa influenciando a jueces y encargados de dise\u00f1ar pol\u00edticas en el mundo. Ellos citan los excesos percibido s en ese caso como prueba de que las c\u00e1maras minan el derecho a un juicio justo-incluso cuando Simpson fue exonerado. Existe la preocupaci\u00f3n de que las c\u00e1maras perturban el\u00a0 juicio, intimidan a los testigos e incitan a abogados a actuar indebidamente, solo por mencionar unas cuantas justificaciones ofrecidas para prevenir que los medios electr\u00f3nicos cubran los casos en la corte. No obstante, las c\u00e1maras contin\u00faan permiti\u00e9ndose en muchas salas de juicio en Estados Unidos y las cortes de apelaci\u00f3n m\u00e1s altas en una variedad de pa\u00edses aunque no, hasta ahora, en el Tribunal Supremo de Estados Unidos. En el a\u00f1o 2000, un informe solicitado por el Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia concluy\u00f3 que las c\u00e1maras en la corte no afectan mucho el comportamiento de los participantes y que ayudan a proporcionar un registro de la corte completo y preciso. Adem\u00e1s se\u00f1al\u00f3 que las c\u00e1maras pueden informar a la comunidad internacional sobre el funcionamiento tribunal e incitar un sistema de justicia transparente y justo. Sugiri\u00f3 que otros procedimientos judiciales internacionales deb\u00edan seguir el ejemplo.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>El derecho a criticar funcionarios gubernamentales y a figuras p<\/strong><strong>\u00fa<\/strong><strong>blicas <\/strong><\/p>\n<p>Los periodistas reportan las actividades de funcionarios oficiales y de figuras p\u00fablicas. Pero, ir\u00f3nicamente, cuanto m\u00e1s prominente y poderoso sea el individuo, m\u00e1s ser\u00e1 objeto de la cr\u00edtica. Durante sus carreras, muchos reporteros se encuentran frente a una demanda, acusados de difamar falsamente a un individuo.<\/p>\n<p>La difamaci\u00f3n es ampliamente definida como una declaraci\u00f3n falsa de un tercero sobre otro individuo, con el potencial de da\u00f1ar la reputaci\u00f3n del sujeto. En la mayor\u00eda de las jurisdicciones, una acci\u00f3n por difamaci\u00f3n es un caso civil, presentado por el individuo como un medio de recobrar da\u00f1os monetarios.<\/p>\n<p>Ya que el derecho a una reputaci\u00f3n es considerada un derecho importante, aunque no necesariamente fundamental, convenciones y tratados internacionales no rechazan las demandas por difamaci\u00f3n necesariamente una violaci\u00f3n a la libertad de expresi\u00f3n y el derecho a saber del p\u00fablico. El Art\u00edculo 19 del Pacto Internacional\u00a0 de Derechos Civiles v Pol\u00edticos, por ejemplo, establece que:<\/p>\n<p>El ejercicio de derechos conlleva deberes y responsabilidades especiales. Por lo tanto puede estar sujeto a ciertas restricciones, pero estas ser\u00e1n solo las provistas por la ley y necesarias, por respeto a los derechos o reputaci\u00f3n de otro [\u00e9nfasis agregado].<\/p>\n<p>El Tribunal Supremo de Estados Unidos confronta la cuesti\u00f3n de si la Primera Enmienda a la Constituci\u00f3n se aplicaba en casos de difamaci\u00f3n como en el caso The New York Times vs. Sulliuan (1964). El caso surgi\u00f3 despu\u00e9s de que el diario publicara un anuncio editorial pagado protestando el trato a activistas por los derechos civiles por parte del personal de justicia en Montgomery, Alabama. Aunque no era mencionado en el anuncio, L.B. Sullivan, un comisionado de la ciudad que supervisaba a la polic\u00eda local, hizo la demanda, alegando que el anuncio inclu\u00eda declaraciones err\u00f3neas y que lo difamaba. Fue otorgado 500.000 d\u00f3lares en datos.<\/p>\n<p>El Tribunal Supremo de Estados Unidos reverti\u00f3 la decisi\u00f3n. La opini\u00f3n mayoritaria en el Tribunal, a cargo del juez William Brennan, observ\u00f3 que \u00abEl debate sobre asuntos p\u00fablicos debe ser sin inhibiciones, robusto y abierto,\u00bb reconociendo por primera vez que, parad\u00f3jicamente, la Primera Enmienda debe proteger algunas falsas declaraciones para alentar el discurso fidedigno sobre asuntos de importancia p\u00fablica. De ah\u00ed en adelante, ning\u00fan funcionario p\u00fablico podr\u00eda prevalecer en un caso de difamaci\u00f3n sin probar malicia real de que la declaraci\u00f3n fue publicada \u00aba sabiendas de su falsedad o con teme rana diferencia a su falsedad.\u00a8 En casos posteriores, el Tribunal extendi\u00f3 la prueba de malicia real para incluir demandas por difamaci\u00f3n presentadas tambi\u00e9n por figuras p\u00fablicas.<\/p>\n<p>En casos que involucran a particulares (no funcionarios p\u00fablicos o figuras p\u00fablicas, el Tribunal permite a cada estado establecer sus normas. Reconoce el inter\u00e9s legitimo del gobierno en dar a las personas la oportunidad de ser compensados cuando una falsedad publicada da\u00f1e su reputaci\u00f3n. Pero incluso entonces, el Tribunal Supremo requiere como m\u00ednimo que el afectado brinde evidencia de negligencia editorial, una norma que les permite a los periodistas una margen para errores de buena fe.<\/p>\n<p>Los periodistas tienen una variedad de privilegios y defensas en contra de reclamos por difamaci\u00f3n, incluso de figuras no p\u00fablicas. La verdad, por supuesto, es una defensa absoluta en contra de la difamaci\u00f3n. Un privilegio de reporte justo permite a los reporteros republicar documentos gubernamentales sin riesgos, incluyendo archivos de la corte, que contienen alegatos difamatorios, mientras el reporte de su contenido sea preciso. El comentario justo permite la cr\u00edtica en buena fe de individuos involucrados en asuntos de inter\u00e9s p\u00fablico, siempre que este basado en hechos declarados verazmente o privilegiados de otro modo. Y, como una cuesti\u00f3n relacionada a la Primera Enmienda, la Corte ha sostenido que la opini\u00f3n pura- una declaraci\u00f3n que no puede ser probada como falsa o verdadera-es absolutamente protegida.<\/p>\n<p>Las leyes de muchas naciones-Canad\u00e1, Australia, Jap\u00f3n, Tailandia, Brasil y Polonia entre otros-, incluyen variaciones a estos privilegios y defensas. Muchos pa\u00edses no hacen distinci\u00f3n entre figuras p\u00fablicas y particulares, aunque pueden imponer normas m\u00e1s estrictas de prueba a demandantes que tambi\u00e9n sean funcionarios de gobierno. Algunos pa\u00edses permiten que corporaciones demanden por difamaci\u00f3n, pero muchos limitan esas acciones a las declaraciones que da\u00f1en el comercio de la compa\u00f1\u00eda o su reputaci\u00f3n de negocios. Muchos pa\u00edses han abolido la difamaci\u00f3n sediciosa y proh\u00edben a las entidades gubernamentales demandar por declaraciones difamatorias, aunque se les permite hacerla a los funcionarios individuales. Asumiendo que el demandante alegue y pruebe los elementos de difamaci\u00f3n, entonces, t\u00edpicamente, buscar\u00e1 datos monetarios. Aunque el da\u00f1o a la reputaci\u00f3n ser\u00e1 presunto en algunas circunstancias, tales como cuando una declaraci\u00f3n acusa falsamente de un crimen a un individuo, en la mayor\u00eda de los casos, el demandante estar\u00e1 obligado a probar que en realidad sufri\u00f3 datos como resultado de la publicaci\u00f3n. Muchos pa\u00edses permiten que los demandantes recuperen datos para compensarlos de p\u00e9rdidas monetarias reales, as\u00ed como deterioro de reputaci\u00f3n, perdida de posici\u00f3n en la comunidad o profesi\u00f3n, o humillaci\u00f3n personal. Adem\u00e1s, cuando la conducta del periodista sea considerada injuriosa, las cortes pueden otorgar datos punitivos, dise\u00f1ados a no compensar ~ demandante sino a castigar al acusado de los medios.<\/p>\n<p>En algunos pa\u00edses, los acusados de los medios pueden mitigar o reducir sus datos demostrando que r\u00e1pidamente han publicado una retracci\u00f3n completa y justa del material falso y difamatorio. En varias naciones, la oferta de reparaci\u00f3n por parte del acusado-una declaraci\u00f3n de que la difamaci\u00f3n fue publicada inocentemente- anular la acci\u00f3n por difamaci\u00f3n o actuar como una defensa en una demanda posterior.<\/p>\n<p>Una alternativa a datos monetarios es un -interdicto prohibiendo la publicaci\u00f3n del material presuntamente difamatorio. Las cortes en Estados Unidos y Canad\u00e1 han rechazado los interdictos como un remedio para la difamaci\u00f3n, encontrando que son incompatibles con los principios de libre expresi\u00f3n. Pero muchos otros pa\u00edses los permiten. Las cortes en la India, por ejemplo, en ocasiones emiten interdictos antes de la publicaci\u00f3n, pero solamente si la falsa declaraci\u00f3n es demostrable y solamente si el demandante puede demostrar que es probable que ocurra un da\u00f1o inmediato a una persona o propiedad. En Italia, no solamente se pueden obtener restricciones previas, sino que bajo el Art\u00edculo 321 del C\u00f3digo Penal, una corte puede ordenar la confiscaci\u00f3n de una publicaci\u00f3n difamatoria.<\/p>\n<p>En muchos pa\u00edses, un fiscal del estado puede presentar una demanda por difamaci\u00f3n criminal. Muchos eruditos opinan que la difamaci\u00f3n criminal es obsoleta (su prop\u00f3sito original era proteger a la monarqu\u00eda o aristocracia de cr\u00edticas o insultos). Un fundamento era brindar una alternativa legal para aquellos quienes pod\u00edan recurrir al duelo o vigilantismo para buscar satisfacci\u00f3n a las afrentas a su honor o dignidad. Sin importar lo poco realistas que sean estas amenazas hoy en d\u00eda, incluso algunas democracias maduras, incluyendo a Estados Unidos, retienen estatutos de difamaci\u00f3n criminal en sus libros, aunque raramente son utilizados.<\/p>\n<p>En Alemania, las leyes de difamaci\u00f3n criminal han sido defendidas conforme ha sido necesario para proteger el derecho del individuo a la dignidad bajo la Ley Org\u00e1nica. Portugal ha alegado que el estado tiene el deber de proteger la reputaci\u00f3n de un individuo. El Art\u00edculo 443 del C\u00f3digo Penal de B\u00e9lgica permite el procesamiento por difamaci\u00f3n, definido como \u00abatribuir un hecho a una persona de manera viciosa y p\u00fablica, de la cual puede o no establecerse una prueba legal y lo cual probablemente da\u00f1e el honor de esa persona o exponga a esa persona al desprecio p\u00fablico\u00bb.<\/p>\n<p>Sin embargo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha anulado las condena por difamaci\u00f3n criminal con fundamento en el Art\u00edculo 10 de la Convenci\u00f3n Europea. En el caso Lingens vs. Austria, por ejemplo, se dictamin\u00f3 que un pol\u00edtico que \u00abinevitablemente y a sabiendas\u00bb se abre al escrutinio de periodistas y del p\u00fablico debe estar preparado a aceptar duras cr\u00edticas. La corte observ\u00f3 que las condenas por difamaci\u00f3n criminal tienen un \u00abefecto intimidante\u00bb sobre la prensa y desalientan a los medios de practicar su papel como guardi\u00e1n p\u00fablico. No obstante, las leyes de difamaci\u00f3n criminal deben estar justificadas conforme sea necesario para proteger a las democracias nacientes de cr\u00edticas nocivas. Azerbaiy\u00e1n y las Maldivas son solamente dos pa\u00edses que en 2009 acusaron a periodistas de difamaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Algunas naciones aplican normas mucho m\u00e1s holgadas que son menos compatibles con la libertad de prensa. Algunos encarcelan a reporteros por reportar falsedades sobre individuos err\u00f3neamente. En muchos otros, las leyes por desacato permiten el procesamiento penal de periodistas por insultar u ofender la dignidad de oficiales p\u00fablicos o instituciones. Turqu\u00eda, por ejemplo, cuenta con 11 diferentes leyes sobre insultos, incluyendo una para proteger la memoria de Mustafa Kemal Ataturk. \u00a0En Camer\u00fan, las expresiones de desprecio al presidente, vice presidente o un jefe de Estado extranjero son punibles con uno a cinco a\u00f1os de encarcelamiento, y\/o una multa. En Argentina puede ser multado o encarcelado un periodista que \u00abdeshonre o desacredite\u00bb a otro individuo.<\/p>\n<p>E incluso Francia retiene la Ley del 29 de Julio de 1881, en sus libros de estatutos, permitiendo que la prensa sea castigada por insultar al presidente, el senado, dignatarios extranjeros y bandera nacional. En contraste, en Estados Unidos, el Tribunal Supremo dijo que \u00abNo existe tal cosa como una idea falsa\u00bb. En Gertz vs. Robert Welch (1974), el juez Lewis Powell observ\u00f3 que \u00abSin importar que tan perniciosa sea una opini\u00f3n, no dependemos de la conciencia de los jueces y jurados para su correcci\u00f3n, sino sobre la competencia de otras ideas.\u00bb En 1988, el Tribunal categ\u00f3ricamente rechaz\u00f3 una causa por infligir angustia emocional. Presentada por el reverendo Jerry Falwell en contra de la revista Hustler de Larry Flynt. La revista hab\u00eda publicitado una \u00abparodia publicitaria\u00bb representando al cl\u00e9rigo describiendo un supuesto encuentro sexual con su madre en una letrina estando los dos alcoholizados. La publicaci\u00f3n tambi\u00e9n inclu\u00eda una nota aclaratoria diciendo que la parodia era ficci\u00f3n, advirtiendo que \u00abno debe ser tomada en serio\u00bb. Falwell demand\u00f3 a Flynt por difamaci\u00f3n, invasi\u00f3n de la privacidad e infligir angustia emocional intencional.<\/p>\n<p>Aunque Falwell perdi\u00f3 en las primeras dos acusaciones, el jurado fall\u00f3 a su favor en la tercera. Una corte de apelaciones sostuvo el veredicto, pero el Tribunal Supremo lo revirti\u00f3 por unanimidad. Citando la larga tradici\u00f3n de Estados Unidos, de contar con un robusto y mordaz comentario pol\u00edtico, el presidente del Tribunal Supremo, William Rehnquist, rechaz\u00f3 el intento de Falwell por imponer una norma para casos de \u00abesc\u00e1ndalo\u00bb, que permitir\u00eda la recuperaci\u00f3n. Escribi\u00f3, \u00abEl &#8216;esc\u00e1ndalo&#8217; en el \u00e1rea del discurso pol\u00edtico y social conlleva una subjetividad inherente la cual podr\u00eda permitir a un jurado imponer responsabilidad basado en los gustos o puntos de vista del jurado, o su desagrado a una expresi\u00f3n en particular'\u00bb.\u00a0 En ausencia de la demostraci\u00f3n de que una declaraci\u00f3n falsa de un hecho fue realizada con verdadera malicia, escribi\u00f3 Rehnquist, una figura p\u00fablica debe tolerar tales ataques, para poder brindar un &#8230;. &#8216;espacio de desahogo\u00bb adecuado a las libertades protegidas por la Primera Enmienda.<\/p>\n<p><strong>Derecho de reunir y publicar\u00a0 informaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n de inter<\/strong><strong>\u00e9<\/strong><strong>s period<\/strong><strong>\u00ed<\/strong><strong>stico sobre individuos<\/strong><\/p>\n<p>En 1890, dos abogados de Boston, Louis Brandeis y Samuel Warren, publicaron un art\u00edculo en el diario Harvard Law Review titulado \u00abEl derecho a la privacidad\u00bb, en el que observaron:<\/p>\n<p>La prensa est\u00e1 extralimitando las obvias fronteras de la propiedad y la decencia en todos los sentidos. El cotilleo ya no es el recurso de los holgazanes y viciosos, sino que se ha convertido en un comercio, ejercido con industria as\u00ed como con descaro. Para satisfacer el gusto lascivo los detalles de relaciones sexuales son propagados en las columnas de los diarios. Para ocupar al indolente, se llena columna tras columna con chismes, los cuales solo pueden ser procurados por la intrusi\u00f3n al c\u00edrculo dom\u00e9stico. Cuando el cotilleo atrapa la dignidad de los medios impresos, y abarrota el espacio disponible para asuntos de inter\u00e9s real a la comunidad, no es de sorprenderse que el ignorante e inconsciente confunda su relativa importancia.<\/p>\n<p>Las observaciones prof\u00e9ticas de los abogados eventualmente llevaron al reconocimiento en Estados Unidos del derecho consuetudinario a la privacidad. Sus preocupaciones parecen sorprendentemente oportunas m\u00e1s de 100 a\u00f1os despu\u00e9s.<\/p>\n<p>Los derechos de privacidad est\u00e1n consagrados en varios documentos legales internacionales. El Art\u00edculo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos dice \u00abNadie debe ser sujeto a interferencia arbitraria o ilegal en su privacidad, familia, hogar o correspondencia\u201d, y el Art\u00edculo 8 (1) de la Convenci\u00f3n Europea de manera similar garantiza \u00abel derecho al respeto por su vida privada y familiar, su l:0gar y su correspondencia\u00bb.<\/p>\n<p>A nivel nacional, los derechos de privacidad pueden estar garantizados por la constituci\u00f3n, por estatutos o por el derecho consuetudinario. El Art\u00edculo 5 de la Constituci\u00f3n de Brasil, por ejemplo, declara \u00abLa vida privada de un individuo es natural e inviolable\u00bb. El C\u00f3digo Criminal Dan\u00e9s garantiza el derecho a la privacidad al hacer un delito el ingreso a hogares particulares, acceder a papeles privados, utilizar dispositivos mec\u00e1nicos para obtener informaci\u00f3n en secreto, fotografiar o espiar individuos mientras est\u00e1n en propiedad privada, comunicar informaci\u00f3n privada de otra persona a terceros, o inmiscuirse en la soledad de otra persona tras ser advertido de dejada en paz. Alemania garantiza \u00abel derecho a la personalidad\u00bb en su Ley Org\u00e1nica. Y el derecho a la privacidad est\u00e1 garantizado en Sud\u00e1frica tanto en la Secci\u00f3n 14 de la constituci\u00f3n como por el derecho consuetudinario.<\/p>\n<p>No obstante, las cortes en Estados Unidos, son lentas para reconocer el derecho a la privacidad. Aunque el Tribunal Supremo ha interpretado la Cuarta Enmienda a la Constituci\u00f3n de Estados Unidos para proteger a los individuos de registros y embargos irracionales, as\u00ed como otras intrusiones injustificadas de agentes gubernamentales, la enmienda aplica al gobierno y no a acciones por otros individuos.<\/p>\n<p>Excepto por un pu\u00f1ado de estatutos federales, que proh\u00edben ciertos tipos de intercepci\u00f3n electr\u00f3nica de comunicaciones privadas, la ley de privacidad de Estados Unidos es casi exclusivamente la provincia de cincuenta estados.<\/p>\n<p>Para 1960, el erudito en derecho William Prosser, de Estados Unidos, hab\u00eda identificado cuatro marcadas clases de actos il\u00edcitos civiles en cuanto a la privacidad:<\/p>\n<ul>\n<li>invasi\u00f3n al \u00e1mbito de intimidad individual;<\/li>\n<li>publicaci\u00f3n de actos privados;<\/li>\n<li>falsa representaci\u00f3n de terceros;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>apropiaci\u00f3n o uso comercial del &#8211; nombre o imagen de otros.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Algunos surgen del derecho consuetudinario. Otros son de estatutos. No todas las jurisdicciones reconocen los cuatro il\u00edcitos. Pero cada uno est\u00e1 dise\u00f1ado para brindar remedio a un individuo con base\/ no a su reputaci\u00f3n externa, como lo es en la difamaci\u00f3n, sino en su propio sentido de violaci\u00f3n. Muchos pa\u00edses reconocen algunos o a todos.<\/p>\n<p>La intrusi\u00f3n a la intimidad individual com\u00fanmente surge en el contexto de la recopilaci\u00f3n de noticias. No solamente incluye invasi\u00f3n f\u00edsica al espacio privado de otras personas sino que tambi\u00e9n escuchar, grabar y cualquier otro tipo de intercepci\u05e3n de conversaciones privadas sin permiso. Aunque el Tribunal Supremo en una ocasi\u00f3n observ\u00f3 \u00abSin protecci\u00f3n para buscar las noticias, la libertad de prensa quedar\u00eda seriamente debilitada\u00bb, el Tribunal Supremo nunca ha exonerado a los periodistas de leyes generalmente aplicables, que proh\u00edben la invasi\u05e3n. El uso de c\u00e1maras escondidas, por ejemplo, es ilegal en algunos estados, y el Tribunal Supremo ratific\u00f3 en Florida un fallo en los estatutos que proh\u00edben el uso de grabadoras ocultas no violan los derechos de la prensa bajo la Primera Enmienda para la gran la mayor\u00eda, pero no en todas las jurisdicciones, los periodistas son libres de grabar y\/o fotografiar cualquier acto que observar en un lugar p\u00fablico. Sin embargo, existen excepciones. La escritora escocesa, J.K. Rowling, famosa por la serie de Harry Potter, exitosamente demand\u00f3 por invasi\u00f3n a la privacidad, a nombre de su peque\u00f1o hijo, tras ser fotografiada en una calle de Edimburgo mientras lo paseaba en un cochecito. Una joven canadiense recuper\u00f3 da\u00f1os de una revista de Montreal, que la fotografi\u00f3 sentada al pie de una escalera despu\u00e9s de que, seg\u00fan su afirmaci\u00f3n, sus amigos se burlaran de ella. Aunque estaba en p\u00fablico cuando la fotograf\u00eda fue tomada, la Corte Suprema de Canad\u00e1 dictamin\u00f3 que su derecho de controlar el uso de su imagen en los medios estaba garantizada en Quebec por la clausula de privacidad en la carta de derechos humanos La publicaci\u00f3n de actos privados que conforman un \u00abtort\u00bb, o sea un il\u00edcito civil, presenta un dilema para la libertad de expresi\u00f3n porque permite acciones legales en contra de periodistas que han publicado la verdad. No obstante, muchos pa\u00edses reconocen alguna versi\u00f3n de estos il\u00edcitos civiles. Estados Unidos lo interpreta estrechamente, limitando las acciones en la publicaci\u00f3n de hechos muy ofensivos sobre una persona razonable y de ninguna incumbencia leg\u00edtima para el p\u00fablico. Una figura p\u00fablica o funcionario p\u00fablico probablemente gozar\u00e1 de una expectativa menor de privacidad.<\/p>\n<p>El reto para muchos periodistas es determinar si una corte hallar\u00e1 un hecho particular como de inter\u00e9s period\u00edstico. La decisi\u00f3n de una organizaci\u00f3n noticiosa, de publicar informaci\u00f3n, no necesariamente significa que es de incumbencia p\u00fablica. Uno tambi\u00e9n debe distinguir entre asuntos que son de inter\u00e9s p\u00fablico legitimo y conectar esos asuntos con individuos. Por ejemplo, cuando el tabloide brit\u00e1nico Daily Mirror public\u00f3 fotograf\u00edas de Naomi Campbell saliendo de una reuni\u00f3n de Narc\u00f3ticos An\u00f3nimos, la supermodelo pudo recobrar da\u00f1os por invasi\u00f3n a la privacidad. La C\u00e1mara de los Lores concluy\u00f3que aunque el t\u00f3pico general del abuso de sustancias era un asunto de inter\u00e9s p\u00fablico, la adicci\u00f3n y tratamiento de Campbell no lo eran.<\/p>\n<p>Un ejemplo m\u00e1s extremo involucra a la princesa Carolina von Hannover, de M\u00f3naco, quien asegur\u00f3 que la publicaci\u00f3n de fotograf\u00edas mostr\u00e1ndola en actividades cotidianas, incluyendo montar a caballo, ir de compras o esquiar violaba su privacidad bajo la ley alemana. Las cortes alemanas rechazaron sus alegatos, pero en 2004 la Corte Europea de Derechos Civiles los defendi\u00f3, sosteniendo que esos derechos, garantizados en el Art\u00edculo 8 de la Convenci\u00f3n Europea de Derechos Humanos, hab\u00edan sido violados. La corte reconoci\u00f3 que Von Hannover es una figura p\u00fablica pero dictamin\u00f3 que las fotograf\u00edas no involucraban un asunto de inter\u00e9s:<\/p>\n<p>Debe hacerse una distinci\u00f3n fundamental entre reportar hechos-incluso los controvertidos-capaces de contribuir a un debate en una sociedad democr\u00e1tica relacionada a pol\u00edticos en el ejercicio de sus funciones, por citar un ejemplo, y reportar detalles sobre la vida privada de un individuo quien, adem\u00e1s, como en este caso, no ejerce funciones oficiales. Mientras en el primer caso la prensa ejerce su vital papel de \u00abguardi\u00e1n\u00bb en una democracia al contribuir en la comunicaci\u00f3n de informaci\u00f3n e ideas de los asuntos de inter\u00e9s p\u00fablico no sucede lo mismo en el segundo.<\/p>\n<p>No obstante, en t\u00e9rminos generales, la informaci\u00f3n que es de dominio p\u00fablico por ejemplo, detalles que pueden ser obtenidos de registros p\u00fablicos o procesos no pueden ser la base de una demanda de invasi\u00f3n a la privacidad por la publicaci\u00f3n de hechos privados. En 1989, el Tribunal Supremo de Estados Unidos determin\u00f3 que una v\u00edctima de agresi\u00f3n sexual no puede demandar a un diario que incluya su nombre como parte de la nota del incidente criminal. Incluso cuando Florida, su estado de residencia, proh\u00edbe a las organizaciones noticiosas publicar los nombres de v\u00edctimas de violaci\u00f3n, la corte determin\u00f3 que debido a que el diario hab\u00eda obtenido la informaci\u00f3n de manera legal de un reporte polic\u00edaco que hab\u00eda sido inadvertidamente puesto a disposici\u00f3n en la sala de prensa no pod\u00eda ser considerado responsable por reportar la informaci\u00f3n con precisi\u00f3n. De manera similar, individuos que acceden a liberar la informaci\u00f3n, o quienes afirmativamente la divulgan por s\u00ed mismos, generalmente no se pueden quejar si es publicada.<\/p>\n<p>El \u00abtort\u00bb, un caso il\u00edcito civil de distorsi\u00f3n de la imagen, es algo as\u00ed como una anomal\u00eda legal y no es aceptada universalmente. Un par de pa\u00edses, Hungr\u00eda y Sud\u00e1frica, permiten juicios por la publicaci\u00f3n de informaci\u00f3n falsa y enga\u00f1osa, pero en Estados Unidos solamente alrededor de dos tercios de los estados reconocen el \u00abtort\u00bb, o sea un il\u00edcito civil. Similar a la difamaci\u00f3n, la distorsi\u00f3n de imagen permite a individuos demandar por representaciones que insin\u00faan hechos imprecisos, m\u00e1s no necesariamente difamatorios. Estos pueden surgir en el contexto del embellecimiento o dramatizaci\u00f3n, como en un docudrama u otra dramatizaci\u00f3n de una historia ver\u00eddica. Pero muchos casos de distorsi\u00f3n de imagen surgen de la publicaci\u00f3n de fotograf\u00edas o cintas junto con leyendas, titulares o historias enga\u00f1osas. Por ejemplo, en 2002, un actor cuya fotograf\u00eda apareci\u00f3 en la portada de la revista Playgirl demand\u00f3 a la revista, exitosamente, en una corte federal en California alegando que la combinaci\u00f3n de la fotograf\u00eda y los titulares creaban la falsa impresi\u00f3n de que en el interior de la publicaci\u00f3n aparec\u00edan fotograf\u00edas de \u00e9l desnudo.<\/p>\n<p>La apropiaci\u00f3n del nombre o imagen de un individuo con fines comerciales es considerada en muchas jurisdicciones esencialmente como un derecho de propiedad, comparable a una marca registrada o derecho de autor. Otros lo consideran una extensi\u00f3n al derecho de personalidad. Una Comisi\u00f3n de Reforma Legislativa de Irlanda lo describi\u00f3 de la siguiente manera:<\/p>\n<p>Cuando una persona no consienta a tal uso de la fotograf\u00eda, \u00e9l o ella puede sentirse ofendido y avergonzado simplemente porque le desagrada la publicidad o porque no es de su agrado ser asociado con el producto. En tales casos, el inter\u00e9s protegido no es necesariamente de propiedad o comercial. Es dignidad humana.<\/p>\n<p>China, Australia, Canad\u00e1, Alemania y Francia se encuentran entre los pa\u00edses que reconocen alguna variaci\u00f3n de il\u00edcito civil. En Italia, el Art\u00edculo 41(2) de la constituci\u00f3n permite que individuos exploten la imagen de otra persona con fines comerciales, siempre que se obtenga consentimiento previamente. En Estados Unidos, el il\u00edcito civil est\u00e1 limitado a usos no autorizados en anuncios o promoci\u00f3n de un producto. Por ejemplo, el estatuto de apropiaci\u00f3n de Texas (conocido como Ley de Buddy Holly ya que fue promulgada como respuesta a la explotaci\u00f3n del nombre e imagen del int\u00e9rprete fallecido, espec\u00edficamente exime cualquier uso en una obra de teatro, libro, pel\u00edcula, programa de radio, revista o art\u00edculo, material pol\u00edtico u obra de arte. Las parodias u obras sat\u00edricas tambi\u00e9n est\u00e1n protegidas.<\/p>\n<p><strong>L\u00edmites en las licencias gubernamentales de periodistas y organizaciones noticiosas <\/strong><\/p>\n<p>La legislaci\u00f3n obligatoria de reporteros ha sido justificada como un medio para asegurar que solamente individuos calificados se dediquen al periodismo y de mantener elevadas normas profesionales. Algunas organizaciones internacionales han defendido el licenciamiento para proteger a los periodistas de acoso o da\u00f1os por parte del gobierno. Pero cuando un gobierno hace valer su autoridad para determinar qui\u00e9n puede, o no, cubrir las noticias, dice Leonard Sussman de Freedom House, aplica \u00abuna licencia para censurar\u00bb. La falta de una licencia puede ser el pretexto para arrestar a periodistas o expulsarlos de un pa\u00eds, y los reg\u00edmenes pueden retener licencias arbitrariamente de reporteros cuyo trabajo quieran suprimir. Como concluy\u00f3 el reporte para la UNESCO de la Comisi\u00f3n Internacional para el Estudio de Problemas de Comunicaci\u00f3n de 1980, tambi\u00e9n conocida como Comisi\u00f3n MacBride, \u00abLos esquemas de licenciamiento podr\u00edan conducir a normas restrictivas gobernando la conducta de los periodistas; en efecto, solamente se otorgar\u00eda protecci\u00f3n a aquellos periodistas que tengan aprobaci\u00f3n oficial\u00bb. En 1985, la Corte Inter-Americana para los Derechos Civiles determin\u00f3 que un estatuto de licenciamiento para los periodistas iba en contra de la Convenci\u00f3n Americana para los Derechos Civiles y, por extensi\u00f3n, de todas las convenciones de derechos humanos, \u00abdesde el momento en el que niega a algunas personas el acceso al uso completo de los medios noticiosos como un medo de expresi\u00f3n personal o de comunicar informaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>Las afiliaciones obligatorias, certificaci\u00f3n o requerimientos educativos pueden impedir que individuos re\u00fanan y difundan informaci\u00f3n y priven a otros de la oportunidad de recibida. El Principio 8 de la Declaraci\u00f3n de Chapultepec llega a la siguiente conclusi\u00f3n l\u00f3gica: \u00abLa afiliaci\u00f3n de periodistas en gremios, su afiliaci\u00f3n a asociaciones profesionales y comerciales y la afiliaci\u00f3n de los medios con g:r;upos noticiosos debe ser estrictamente voluntaria\u00bb. Los requisitos obligatorios de licenciamiento o afiliaci\u00f3n para periodistas permanecen en muchos pa\u00edses de \u05b1frica, Asia y el Medio Oriente.<\/p>\n<p>Aunque en junio de 2009, la Corte Suprema de Brasil aboli\u00f3 una norma legal que requer\u00eda de un t\u00edtulo universitario y afiliaci\u00f3n a un sindicato, nueve pa\u00edses de Am\u00e9rica Latina contin\u00faan imponiendo algunos requerimientos. Y en Zimbabue, los periodistas se negaron al establecimiento de una autoridad para la acreditaci\u00f3n de medios, con el poder de imponer cuotas de licencia, que los periodistas afirmaron ser extremadamente irracionales y restrictivas de la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>Las licencias condicionan las operaciones de las organizaciones noticiosas a la aprobaci\u00f3n del gobierno. Permiten otros medios de controlar a la prensa y promover la auto-censura. El Art\u00edculo 10 de la Convenci\u00f3n Europea de Derechos Humanos garantiza libertad de \u00abinterferencia por parte de la autoridad p\u00fablica\u00bb pero nunca ha sido interpretada para prohibir requisitos de licenciamiento. No obstante, los requisitos de licencia tambi\u00e9n pueden bajo algunas circunstancias, ser vistos como censura y, por consiguiente, incompatibles con la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Reglamentos gubernamentales adicionales <\/strong><\/p>\n<p>En muchas jurisdicciones, el poder del gobierno para regular contenido difiere entre la prensa y los medios de emisi\u00f3n. En Estados Unidos, se aplica la Primera Enmienda para prohibir cualquier licencia gubernamental sobre diarios y revistas, pero la Comisi\u00f3n Federal de Comunicaciones (FCC) cuenta con autoridad exclusiva para otorgar licencias para el uso del espectro electromagn\u00e9tico, que se considera como un recurso p\u00fablico raro. Como el Tribunal Supremo observ\u00f3 en 1969:<\/p>\n<p>Cuando existen substancialmente m\u00e1s individuos que quieren emitir, que frecuencias para asignar, es in\u00fatil proponer un infranqueable derecho a emitir bajo la Primera Enmienda comparable con el derecho de cada individuo a hablar, escribir o publicar. Ser\u00eda extra\u00f1o si la Primera Enmienda, la cual tiene por prop\u00f3sito proteger y ampliar las comunicaciones, impidiera que el gobierno hiciera posible la radiocomunicaci\u00f3n al requerir licencias de emisi\u00f3n y limitando el n\u00famero de licencias para no atestar el espectro.<\/p>\n<p>La ley de Estados Unidos autoriza a la FCC control sobre algunos aspectos de la propiedad de una estaci\u00f3n emisora. Puede prohibir la concentraci\u00f3n de muchas salidas en las manos de una sola entidad o limitar la propiedad cruzada, en donde una compa\u00f1\u00eda controla m\u00faltiples plataformas de medios en un solo mercado. No obstante, la jurisdicci\u00f3n de la FCC sobre las decisiones de contenido de los emisores est\u00e1 sujeta a la Primera Enmienda, y en a\u00f1os recientes se ha limitado a regular indecencia y a requerir a los emisores brinden igualdad de oportunidades para que candidatos opositores a puestos p\u00fablicos aparezcan en las ondas de radio durante el periodo inmediatamente antes de una elecci\u00f3n.<\/p>\n<p>La doctrina de equidad, la cual requiere que licenciatarios reporten temas controvertidos de importancia p\u00fablica en sus comunidades y que brinden oportunidad de r\u00e9plica a representantes responsables con puntos de vista opuestos, fue apelada otra vez por la FCC en 1987. En ese momento, la comisi\u00f3n lleg\u00f3 a la conclusi\u00f3n que dada la explosi\u00f3n de nuevos mercados de medios, la doctrina ya no era necesaria para servir al inter\u00e9s p\u00fablico, en recibir \u00abfuentes de informaci\u00f3n diversas y antagonistas\u00bb. La comisi\u00f3n agreg\u00f3 que:<\/p>\n<p>La intrusi\u00f3n del gobierno sobre el contenido de la programaci\u00f3n ocasionado por la aplicaci\u00f3n de la doctrina restringe la libertad period\u00edstica de los emisores de manera innecesaria y verdaderamente inhibe la presentaci\u00f3n de asuntos controversiales de importancia p\u00fablica en detrimento del p\u00fablico y en degradaci\u00f3n de las prerrogativas de periodistas emisores.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n los impuestos representan un problema. Las leyes impositivas que aplican a todas las corporaciones con fines de lucro generalmente son aceptables, mientras aquellas que singularizan a los medios noticiosos con obligaciones especiales con frecuencia son consideradas restricciones previas inconstitucionales. Por la misma raz\u00f3n, las restricciones en la circulaci\u00f3n internacional de productos de medios noticiosos violan tanto el Art\u00edculo 10 de la Convenci\u00f3n Europea de Derechos Humanos y el Art\u00edculo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos, los cuales garantizan el flujo libre de informaci\u00f3n e ideas \u00abindependientemente de las fronteras\u00bb.<\/p>\n<p>Abordar el tema del licenciamiento y esquemas regulatorios va m\u00e1s all\u00e1 del alcance de este libro. En general, es legal requerir que las organizaciones noticiosas cumplan las leyes corporativas y reglamentos de aplicaci\u00f3n general (tales como registrar los nombres y domicilios de los responsables legales por las operaciones de la organizaci\u00f3n). Cualquier regulaci\u00f3n de las operaciones de medios o decisiones sobre contenido por parte del gobierno debe ser transparente; sujeta al escrutinio, participaci\u00f3n y supervisi\u00f3n p\u00fablica; y no m\u00e1s extensa de lo necesario para promover intereses p\u00fablicos identificables.<\/p>\n<p><strong>Solamente restricciones estrecha y cuidadosamente elaboradas para contrarrestar el lenguaje obsceno o indecente <\/strong><\/p>\n<p>Probablemente el reto m\u00e1s grande para evaluar los controles gubernamentales relacionados al lenguaje indecente u obsceno, es definir los t\u00e9rminos \u00abindecente\u00bb y \u00abobsceno\u00bb. La Ley sobre Publicaciones Obscenas de 1959 (modificada) de Gran Breta\u00f1a, por ejemplo, dispone que el material ser\u00e1 considerado obsceno si \u00abel efecto &#8230; es, tomado en conjunto, tendiente a depravar y corromper a personas que probablemente, considerando las circunstancias relevantes, que lean, vean o escuchen el asunto contenido o plasmado en \u00e9l\u00bb. El fallecido juez Potter Stewart, del Tribunal Supremo de Estados Unidos, al pedirle que definiera la obscenidad, pronunci\u00f3 su famosa frase, \u00abLa reconozco cuando la veo\u00bb.<\/p>\n<p>En la mayor\u00eda de los pa\u00edses, publicar o distribuir materiales obscenos es un delito criminal. Las restricciones previas a su distribuci\u00f3n a menudo son consideradas constitucionales. Muchas leyes buscan proteger a los ni\u00f1os, tanto de la explotaci\u00f3n como de la exposici\u00f3n a materiales pornogr\u00e1ficos. Sin embargo, la libertad de expresi\u00f3n nacional e internacional generalmente protege los derechos de acceso para adultos mayores de edad, salvo ciertas categor\u00edas espec\u00edficas. En Alemania, el c\u00f3digo penal proh\u00edbe la distribuci\u00f3n de pornograf\u00eda que muestra abuso a menores. En Suecia, algunas im\u00e1genes de violencia sexual pueden ser prohibidas. La pornograf\u00eda infantil, ya sea legalmente obscena o no, no goza de protecci\u00f3n constitucional en Estados Unidos. Muchos pa\u00edses proh\u00edben la venta de cualquier tipo de pornograf\u00eda a menores de 18 a\u00f1os.<\/p>\n<p>En democracias maduras, las leyes de obscenidad generalmente no plantean Problemas significativos a las organizaciones noticiosas. Pero en algunos pa\u00edses, estatutos obsoletos a\u00fan reconocen ofensas como \u00abconspiraci\u00f3n para corromper la moral del p\u00fablico\u00bb o \u00abatentar en contra de la decencia p\u00fablica\u00bb. Leyes con redacciones vagas pueden prohibir material indecente u obsceno sin definirlo, o pueden carecer de lenguaje calificador como el adoptado por el Tribunal Supremo de Estados Unidos en 1973, el cual limit\u00f3 a la obscenidad a aquellos trabajos que \u00abEn su conjunto, carecen de valor literario, art\u00edstico, pol\u00edtico o cient\u00edfico.\u00bb En estas situaciones, los periodistas pueden estar en conflicto con las leyes, si publican material explicito pero de inter\u00e9s period\u00edstico. O las leyes de obscenidad pueden ser utilizadas como pretexto para censurar otro material Por ejemplo, en Vietnam, el gobierno asegura que filtra el acceso a Internet solamente en el caso de material sexualmente expl\u00edcito. A\u00fan as\u00ed en 2007, un informe del grupo guardi\u00e1n OpenNet Initiative encontr\u00f3 que la pornograf\u00eda permanece relativamente sin restricciones, mientras que sitios religiosos o pol\u00edticos que critican al gobierno son bloqueados rutinariamente.<\/p>\n<p>Incluso en Estados Unidos, el Tribunal Supremo ha apoyado restricciones m\u00e1s grandes a la emisi\u00f3n de material indecente que ser\u00eda protegido en los medios impresos, bajo el fundamento de que por el car\u00e1cter universal de los medios de emisi\u00f3n su programaci\u00f3n es accesible a menores.<\/p>\n<p>La mejor forma de regular la obscenidad es hacerla de manera enfocada. Las leyes deben definir con precisi\u00f3n lo prohibido. De esa forma, todas las partes est\u00e1n avisadas sobre lo que es inadmisible. Las leyes deben distinguir materiales ofensivos pero no manifiestamente perjudiciales. El contenido que tenga un valor social, pol\u00edtico, cient\u00edfico o art\u00edstico debe ser protegido. Cualquier entidad gubernamental autorizada para clasificar o restringir la distribuci\u00f3n de material obsceno o indecente, o para imponer sanciones a publicistas, debe operar de manera transparente, de acuerdo a normas claramente articuladas.<\/p>\n<p><strong>Autorregulaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n en vez de litigaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n <\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los periodistas y organizaciones noticiosas cometen errores. Los tribunales ofrecen recursos a las partes perjudicadas. Las demandas por difamaci\u00f3n, invasi\u00f3n de la intimidad, abuso de confianza, violaci\u05e3n de derechos de autor, o de infligir angustia emocional, son s\u00f3lo unos cuantos tipos de acci\u00f3n civil que uno puede tomar en contra de la prensa.<\/p>\n<p>Pero las demandas toman tiempo, cuestan dinero y con frecuencia no proporcionan resultados satisfactorios al demandante. Por ejemplo, en Estados Unidos, los amparos constitucionales en casos de difamaci\u00f3n son tan fuertes que algunos juicios nunca alcanzan el punto de adjudicar la verdad subyacente de la acusaci\u00f3n. En contraste, las normas legales que favorecen a los demandantes por difamaci\u00f3n convirti\u00f3 al Reino Unido en \u00abla capital mundial de la difamaci\u00f3n\u00bb durante la d\u00e9cada de 1990 y los primeros a\u00f1os del siglo XXI, con individuos de muchas nacionalidades presentando en Londres demandas en contra de publicaciones extranjeras que seg\u00fan ellos les difamaron. Pero en mayo del 2010, el recientemente elegido gobierno de coalici\u00f3n prometi\u00f3 \u00abrevisar y reformar las leyes de difamaci\u00f3n para proteger la libertad de expresi\u00f3n, reducir costos y desalentar el turismo de difamaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>El derecho a la libertad de expresi\u00f3n con frecuencia choca con otros conflictos de intereses. En ocasiones no existe un remedio legal para los tipos de la mala conducta period\u00edstica, que pueda ofender a lectores y espectadores. Una sala de tribunal con frecuencia no es el mejor lugar para resolver disputas sobre el equilibrio, imparcialidad y veracidad. Y siempre existe el riesgo de que los remedios judiciales severos, incluso aquellos impuestos cuando el caso subyacente involucra mala conducta period\u00edstica, inhibir la futura publicaci\u00f3n libre y abierta de puntos de vista controvertidos. Los mecanismos de autorregulaci\u00f3n son una valiosa alternativa.<\/p>\n<p><strong>El \u00abOmbudsman\u00bb, o el defensor del pueblo <\/strong><\/p>\n<p>Tambi\u00e9n conocidos como \u00abrepresentantes del lector\u00bb, o \u00abeditores p\u00fablicos\u00bb, los representantes del pueblo act\u00faan como enlace entre el personal de la organizaci\u00f3n noticiosa y el p\u00fablico. T\u00edpicamente, presentan quejas, investigan presuntas violaciones \u00e9ticas. Motivan al personal a responder a las preguntas de los lectores, y explican c\u00f3mo y cu\u00e1ndo toman sus decisiones las organizaciones noticiosas. Es posible que escriban una columna, o es posible que simplemente atiendan los reclamos de manera individual. Aunque generalmente la organizaci\u00f3n noticiosa paga a los defensores del pueblo, deben asegurarles autonom\u00eda e independencia.<\/p>\n<p><strong>Consejos de prensa <\/strong><\/p>\n<p>Los consejos de prensa, quienes de manera t\u00edpica operan como tribunales, que consideran y atienden las quejas sobre la conducta de los medios, pueden tomar muchas formas. Algunos est\u00e1n bajo mandato legislativo. Muchos son financiados por los medios informativos. Otros son avalados por fundaciones caritativas u organizaciones no gubernamentales, organizaciones multilaterales tales como la UNESCO, o incluso contribuciones voluntarias por parte del p\u00fablico. Incluso otros est\u00e1n afiliados con universidades. Unos cuantos reciben apoyo de entidades gubernamentales, sin embargo, operan de manera independiente.<\/p>\n<p>Los consejos de prensa pueden contar con jurisdicci\u00f3n nacional, regional o local. Los miembros del tribunal generalmente incluyen a representantes de la prensa y del p\u00fablico, de acad\u00e9micos y, en ocasiones, del gobierno. Aquellos quienes eligen presentar sus reclamo a un consejo de prensa para su resoluci\u00f3n generalmente est\u00e1n obligados a renunciar a cualquier derecho a presentar una demanda. El personal del consejo estudia las quejas y acepta aquellas con un m\u00e9rito potencial de adjudicaci\u00f3n bajo procedimientos del consejo. Un aspecto del modelo t\u00edpico es una audiencia abierta ante el tribunal. Tanto el denunciante como la organizaci\u00f3n noticiosa tienen derecho a presentarse. Tras las presentaciones, preguntas y deliberaciones, el tribunal emite un fallo. Algunos consejos de prensa requieren que las organizaciones noticiosas miembro publiquen los fallos que los involucran; para otros, la publicaci\u00f3n es voluntaria.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>C\u00f3digos de \u00e9tica <\/strong><\/p>\n<p>La mayor\u00eda de las asociaciones de periodistas, y muchas organizaciones noticiosas individuales, han adoptado c\u00f3digos de \u00e9tica. Los t\u00e9rminos var\u00edan. Algunos c\u00f3digos son obligatorios, y la violaci\u00f3n de una disposici\u00f3n puede llevar al despido por parte de un patr\u00f3n o a la expulsi\u00f3n de una sociedad profesional de periodismo. Sin embargo la mayor\u00eda de los c\u00f3digos de \u00e9tica, en cambio, ofrecen directrices voluntarias para ayudar a los periodistas a tomar decisiones moral y \u00e9ticamente responsables. Los c\u00f3digos entonces fomentan mayor responsabilidad a lectores y espectadores.<\/p>\n<p>Algunos c\u00f3digos de \u00e9tica son extremadamente detallados. Otros ofrecen principios un tanto m\u00e1s generales. Un buen ejemplo es el C\u00f3digo de \u00c9tica de la Sociedad de Periodistas Profesionales (SPJ), la asociaci\u00f3n voluntaria de periodistas y editores m\u00e1s grande de Estados Unidos. Su c\u00f3digo alienta a los periodistas a cumplir cuatro principios b\u00e1sicos:<\/p>\n<ul>\n<li>Buscar la verdad e informar: los periodistas deben ser honestos, justos y valientes al reunir, reportar e interpretar informaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Minimizar los da\u00f1os: los periodistas con \u00e9tica tratan a sus fuentes, sujetos y colegas como seres humanos merecedores de respeto.<\/li>\n<li>Actuar independientemente: los periodistas deben estar libres de obligaci\u00f3n a cualquier otro inter\u00e9s diferente al derecho del p\u00fablico, de conocer la verdad.<\/li>\n<li>Responder por los actos: los periodistas son responsables ante sus lectores, escuchas, espectadores y entre s\u00ed.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Bajo sus propios t\u00e9rminos, el c\u00f3digo de la sociedad SPJ es una gu\u00eda voluntaria para el comportamiento \u00e9tico. Declara: \u00abLa intenci\u00f3n del c\u00f3digo no es ser un grupo de &#8216;reglas&#8217; sino una gu\u00eda para la toma de decisiones \u00e9ticas. No es, ni puede ser bajo la Primera Enmienda legalmente exigible.\u00bb<\/p>\n<p>La SPJ cuenta con un Comit\u00e9 Nacional de \u00c9tica, el cual consiste de miembros de todo el territorio de Estados Unidos con especial inter\u00e9s y experiencia en \u00e9tica. Aunque el comit\u00e9 no admite quejas espec\u00edficas, si brinda una gu\u00eda y opiniones a periodistas y miembros del p\u00fablico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>La responsabilidad de los periodistas <\/strong><\/p>\n<p>En agosto del 2009, un tribunal en \u05b1\u00c1msterdam dictamin\u00f3 que la agencia noticiosa Prensa Asociada (AP) viol\u00f3 la privacidad de la familia real danesa al difundir fotograf\u00edas de ellos en unas vacaciones de esqu\u00ed en Argentina. La juez presidente prohibi\u00f3 la futura difusi\u00f3n, o venta, de cuatro de las fotograf\u00edas. Decidi\u00f3 que las fotograf\u00edas fueron tomadas durante unas \u00abvacaciones\u00a0 privadas\u00bb y que mostraban \u00abactividades privadas\u00bb. \u00abEl derecho de respetar la esfera personal pesa m\u00e1s que el derecho a la libertad de expresi\u00f3n\u00bb, escribi\u00f3 la juez.<\/p>\n<p>Tomar las fotograf\u00edas era legal bajo la personal pesa m\u00e1s que el derecho a la libe legislaci\u00f3n argentina. Pero la juez cit\u00f3 un c\u00f3digo de medios, del a\u00f1o 2005, redactado \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Esta relato representa la peor pesadilla por la Casa Real, con la asistencia del Ser\u00a0\u00a0 vicio de Informaci\u00f3n del Gobierno (RVD), requiriendo que los medios noticiosos daneses se abstengan de fotografiar a la familia real salvo durante funciones oficiales o \u00abmomentos medi\u00e1ticos\u00bb designados.\u00a0 Aunque reconoci\u00f3 que el c\u00f3digo \u00abno puede ser considerado un acuerdo vinculante\u00bb, la juez, no obstante, lo invoc\u00f3 como fundamento para amenazar a la AP con una multa de hasta 50,000 euros por cualquier difusi\u00f3n futura de las fotograf\u00edas.<\/p>\n<p>La agencia AP aleg\u00f3 que las actividades \u00a0\u00a0\u00a0 p\u00fablicas de la realeza son de inter\u00e9s p\u00fablico. Predijo que el fallo \u00abtendr\u00eda un efecto desafortunado de restringir indebidamente el ejercicio de la libertad de informaci\u00f3n a nivel mundial\u00bb. Reporters \u00a0Sans \u00a0Frontieres \u00a0 (Reporteros Sin Fronteras) denunci\u00f3 tanto al fallo como al c\u00f3digo de medios, alegando que el sistema establecido por el c\u00f3digo \u00abreduce a los medios a ser agencias de\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 relaciones p\u00fablicas\u00bb. Pero la juez lleg\u00f3 a la\u00a0 conclusi\u00f3n de que la publicaci\u00f3n de las\u00a0 fotos no serv\u00eda al inter\u00e9s p\u00fablico y, en este caso en particular, \u00abel derecho a respetar la esfera personal pesa m\u00e1s que el derecho a la libertad de expresi\u00f3n. Este relato representa la peor pesadilla de un periodista responsable. Un c\u00f3digo de conducta period\u00edstico no vinculante se convirti\u00f3 en el fundamento para impedir que una agencia noticiosa internacional publicara fotograf\u00edas de figuras p\u00fablicas que hab\u00edan sido tomadas legalmente. No siempre sucede de esa manera, por supuesto. Muchas organizaciones individuales de medios, y asociaciones de periodistas, voluntariamente adoptan c\u00f3digos o normas pr\u00e1cticas. Estos sirven como fundamento no para restringir la libertad de prensa sino como gu\u00edas para ayudar a los periodistas a determinar la mejor manera de realiza su trabajo. Como dice el pre\u00e1mbulo del C\u00f3digo de \u00c9tica de la Sociedad de Periodistas Internacionales con sede en Estados Unidos, \u201c La integridad profesional es la piedra angular en la credibilidad de un periodista\u201d.<\/p>\n<p><strong>\u00bf<\/strong><strong>Es el periodismo una \u00abprofesi<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n\u00bb? <\/strong><\/p>\n<p>El t\u00e9rmino \u00abc\u00f3digo\u00bb generalmente est\u00e1 asociado a una profesi\u00f3n. Pero el hecho que el periodismo sea una profesi\u00f3n es una cuesti\u00f3n muy controvertida. En muchos pa\u00edses, la respuesta es \u00abno\u00bb. Tradicionalmente, una profesi\u00f3n es una ocupaci\u00f3n con calificaciones formales, requiere de formaci\u00f3n especializada y una licencia, y est\u00e1 sujeta a un cuerpo regulador con autoridad para admitir y disciplinar miembros. Abogados, doctores y miembros del clero son considerados profesionales alrededor del mundo. Tambi\u00e9n lo son los arquitectos, ingenieros, dentistas, farmaceutas y contadores.<\/p>\n<p>En ocasiones los periodistas tambi\u00e9n est\u00e1n sujetos a requerimientos similares. Algunos pa\u00edses requieren que los reporteros completen una capacitaci\u00f3n o programa universitario en particular. Otros exigen afiliaci\u00f3n a una asociaci\u00f3n o sindicato, o los obligan a ser titulares de una licencia emitida por el gobierno.<\/p>\n<p>La mayor\u00eda de los defensores de la libre expresi\u00f3n se oponen a los esquemas obligatorios de acreditaci\u00f3n. Por muy bien intencionados que sean, afirman, \u00e9stos imponen barreras a la participaci\u00f3n y pueden excluir a personas que representan puntos de vista impopulares o de minor\u00eda. Las licencias circunscriben la libertad de expresi\u00f3n y socavan el derecho del p\u00fablico a recibir informaci\u00f3n de diversas fuentes.<\/p>\n<p>Lo ideal ser\u00eda, entonces, que los c\u00f3digos de \u00e9tica del periodismo fueran m\u00e1s una aspiraci\u00f3n que una obligaci\u00f3n por la legislaci\u00f3n del Estado. Lo anterior puede permitir a una organizaci\u00f3n de noticias despedir a un reportero individual que viole el c\u00f3digo. Pero incluso entonces, nada detendr\u00eda a ese reportero de buscar otro trabajo en otro lugar, o impedir\u00eda que otra organizaci\u00f3n lo contrate. Ning\u00fan tribunal o junta licenciante podr\u00eda dictaminar que el reportero es inelegible para practicar el periodismo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00c9tica y normas: m\u00e1s preguntas que respuestas <\/strong><\/p>\n<p>El objetivo de los c\u00f3digos de \u00e9tica no es imponer normas obligatorias legalmente sino ofrecer a los periodistas un marco para ayudarlos a decidir qu\u00e9 informar y c\u00f3mo hacerlo. Ning\u00fan c\u00f3digo de \u00e9tica puede responder todas las preguntas, y los buenos c\u00f3digos probablemente plantean m\u00e1s preguntas que las que responden. Personas razonables, incluso los mismos periodistas, pueden estar en desacuerdo sobre c\u00f3mo debe aplicarse una norma \u00e9tica en una situaci\u00f3n en particular.<\/p>\n<ul>\n<li>Por ejemplo, \u00bfdebe un reportero satirizar un nombre o una imagen sagrada para un grupo \u00e9tnico o religioso en particular? Esto es perfectamente legal en muchos pa\u00edses. \u00bfPero contribuye al debate s\u00f3lido o, en cambio, fomenta alodio y promueve el conflicto?<\/li>\n<li>\u00bfDebe la prensa publicar informaci\u00f3n clasificada, especialmente cuando el gobierno afirma que hacerlo da\u00f1ar\u00eda los esfuerzos por proteger al p\u00fablico? \u00bfSer\u00eda este un acto de un vigilante independiente del gobierno o de poner en peligro innecesario a la salvedad y seguridad p\u00fablica?<\/li>\n<li>\u00bfUna estaci\u00f3n de televisi\u00f3n debe transmitir material gr\u00e1fico sobre un conflicto militar, incluyendo escenas de violencia y muerte? \u00bfEsto comunicar\u00eda al p\u00fablico la realidad de la guerra? \u00bfO, en cambio, minar\u00eda la moral y angustiar\u00eda innecesariamente a familiares sobrevivientes?<\/li>\n<\/ul>\n<p>Es posible que los lectores y espectadores no est\u00e9n de acuerdo con cada decisi\u00f3n tomada por una organizaci\u00f3n noticiosa. Pero las normas y gu\u00edas de \u00e9tica pueden ofrecer una orientaci\u00f3n hacia soluciones reflexivas y defendibles.<\/p>\n<p><strong>Buscar la verdad: el primer principio <\/strong><\/p>\n<p>La mayor\u00eda de los c\u00f3digos de periodismo enfatizan que decir la verdad-ser preciso es esencial. \u00abBusca la verdad y rep\u00f3rtala\u00bb es el primer principio b\u00e1sico del C\u00f3digo de \u00c9tica de la Sociedad de Periodistas Profesionales. El C\u00f3digo de Pr\u00e1ctica de Editores Brit\u00e1nicos tambi\u00e9n destaca la precisi\u00f3n como el primer principio y dice, \u00abLa prensa debe tener cuidado de no publicar informaci\u00f3n imprecisa, enga\u00f1osa o distorsionada, incluyendo fotograf\u00edas\u00bb. El \u00fanico principio \u00e9tico universal puede ser simplemente el siguiente: un periodista nunca publica falsedad a sabiendas. Esta norma no siempre es f\u00e1cil de cumplir. Claro, un periodista debe hacer cualquier esfuerzo para verificar una nota antes de reportada. Pero es posible que los hechos que alteran la percepci\u00f3n original solamente sean descubiertos con el tiempo, tras la publicaci\u00f3n. Aqu\u00ed, una organizaci\u00f3n noticiosa responsable publica una correcci\u00f3n o aclaraci\u00f3n tan pronto sea posible.<\/p>\n<p>Las organizaciones noticiosas deben poner gran cuidado en asegurar que titulares, avances, cu\u00f1as o citas no solamente sean precisas, sino que tampoco simplifiquen demasiado los hechos o los saquen de contexto. Es posible que sea necesario recortar o editar fotograf\u00edas, audio y video para atender consideraciones de espacio o tiempo pero no en una forma que enga\u00f1e o malinterprete. Debe de evitarse el montaje de fotograf\u00edas o reconstrucci\u00f3n de acontecimiento, o cuando sea absolutamente necesario, debe ser indicado con claridad.<\/p>\n<p>Obviamente los periodistas no deben fabricar noticias, tampoco deben plagiares decir, copiar sin atribuci\u00f3n el trabajo de otra persona. No deben inventar citas, ni reimprimir una nota preparada por otra persona, sin antes obtener permiso para hacerlo.<\/p>\n<p><strong>Fuentes <\/strong><\/p>\n<p>Se dice que un reportero solamente es tan bueno como sus fuentes. Los conocedores mejoran la habilidad de recopilar noticias y ayudan a publicar m\u00e1s informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Pero los periodistas deben ser cuidadosos y determinar si una fuente es cre\u00edble. Esto incluye determinar el punto de vista de una fuente, o su posible \u00abagenda\u00bb. Idealmente, los reporteros deben consultar m\u00faltiples fuentes para obtener diversas perspectivas sobre un tema. Y, siempre que les sea posible, deben realizar todos los esfuerzos para verificar la veracidad de la informaci\u00f3n de una fuente.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 pasa con las fuentes an\u00f3nimas, la pr\u00e1ctica de atribuir un hecho a una fuente desconocida? Es preferible que todas las fuentes sean \u00aboficiales\u00bb y que los hechos no est\u00e9n vinculados a \u00abfuentes administrativas\u00bb o alguna otra formulaci\u00f3n imprecisa. Las fuentes que respaldan la palabra son m\u00e1s propensas a decir la verdad. Atribuir informaci\u00f3n a una fuente identificada tambi\u00e9n ayuda al lector o espectador a evaluar la credibilidad de la fuente de manera independiente.<\/p>\n<p>Pero en ocasiones una fuente cuenta con razones v\u00e1lidas para solicitar, o exigir, que su identidad permanezca en secreto. Cuando sea posible, un periodista debe resistir esa promesa. Pero no siempre ser\u00e1 posible. Algunas organizaciones noticiosas requieren de la aprobaci\u00f3n de un editor para realizar cualquier promesa de confidencialidad. Aunque esto pueda frustrar al reportero, la pol\u00edtica tiene sentido. Cuando se publica un fragmento de informaci\u00f3n an\u00f3nima, la reputaci\u00f3n de la organizaci\u00f3n est\u00e1 en juego, as\u00ed como la del reportero.<\/p>\n<p>Los reporteros deben ser muy claros en sus promesas. Las frases \u00abextraoficialmente\u00bb o \u00aben el trasfondo\u00bb significan cosas diferentes para gente diferente. El reportero y su fuente deben acordar los t\u00e9rminos que rigen el uso de la informaci\u00f3n por parte de la organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Una vez que se hace una promesa, debe cumplirse. Como dice el C\u00f3digo de Pr\u00e1ctica Brit\u00e1nico, \u00abLos periodistas tienen la obligaci\u00f3n moral de proteger a las fuentes confidenciales de informaci\u00f3n\u00bb. Si un reportero es llamado a testificar en un tribunal sobre su informaci\u00f3n, mantener esa promesa puede poner al periodista en riesgo de ser acusado de desacato en naciones que no reconocen el privilegio legal para periodistas. Cualquier reportero debe ser claro con la fuente sobre exactamente qu\u00e9 tan lejos est\u00e1 dispuesto a ir para mantener esa promesa.<\/p>\n<p><strong>T\u00e9cnicas de reportaje clandestino y encubierto <\/strong><\/p>\n<p>Los periodistas deben evitar las t\u00e9cnicas de reportaje enga\u00f1osas, tales como utilizar a escondidas c\u00e1maras, grabadoras y micr\u00f3fonos, o asumir una identidad falsa. En algunas jurisdicciones, \u00e9stas son ilegales. Pero igualmente importante, pueden socavar la credibilidad. A menudo los lectores y espectadores no creer\u00e1n que un reportero que esencialmente minti\u00f3 para obtener una historia dir\u00e1 la verdad cuando la reporte. En t\u00e9rminos generales, un periodista debe identificarse como un miembro de los medios noticiosos y hacer claro que puede utilizar cualquier conocimiento que obtenga en una nota.<\/p>\n<p>Sin embargo, hay ocasiones en que una nota s\u00f3lo puede obtenerse a trav\u00e9s de subterfugios. Los periodistas y sus organizaciones deben reservar estas t\u00e9cnicas para las raras ocasiones en que los m\u00e9todos convencionales no funcionan y, solamente entonces, cuando el inter\u00e9s p\u00fablico lo exija. Los medios noticiosos deben explicar entonces sus m\u00e9todos cuando la nota es publicada o emitida.<\/p>\n<p><strong>Objetividad en las noticias <\/strong><\/p>\n<p>Los periodistas en Estados Unidos se esfuerzan por lograr la objetividad. Este modelo ha sido criticado en a\u00f1os recientes. Algunos cuestionan si esa objetividad es deseable. Sugieren que la verdadera objetividad esencialmente no tiene un comp\u00e1s moral y trata a todos los hechos y puntos de vista como igualmente merecedores de respeto.<\/p>\n<p>El profesor Michael Bugeja, director de la Escuela de Periodismo en la Universidad del\u00a0 Estado de lowa, est\u00e1 en desacuerdo. \u00abLa objetividad no es un sin\u00f3nimo de verdad\u00bb, escribe, \u00absino el proceso por medio del cual intentamos alcanzada\u00bb. Nadie aborda una nota con completa objetividad. Cuando un reportero inicia su investigaci\u00f3n, es probable que tenga un sesgo hacia al menos algunos aspectos de la nota. Pero el objetivo es dejar a un lado las presunciones y prejuicios y avanzar con sano escepticismo.<\/p>\n<p>Supongamos que un sospechoso ha sido arrestado y acusado de un crimen. En muchos pa\u00edses, una persona acusada goza de una presunta inocencia hasta su juicio y sentencia. A pesar de eso el personal judicial a menudo desea convencer al p\u00fablico de que la persona en custodia en realidad es el perpetrador de un crimen e incitar\u00e1 a los medios noticiosos a reportar informaci\u00f3n que fortalezca su caso. Un periodista objetivo, por supuesto, reportar\u00e1 las declaraciones de las autoridades. Pero en la medida de lo permisible por la ley, tambi\u00e9n buscar\u00e1, de manera independiente, verificar la veracidad de la informaci\u00f3n y buscar\u00e1 informaci\u00f3n contradictoria cre\u00edble de otras fuentes de confianza. Debe resistirse de simplemente repetir las teor\u00edas de las autoridades como si fueran comprobadas como un hecho.<\/p>\n<p><strong>Alentar la diversidad de puntos de vista <\/strong><\/p>\n<p>En muchos pa\u00edses, la prensa partidista es la norma. Los lectores y espectadores en estas naciones pueden esperar que una organizaci\u00f3n de noticias aborde temas desde su punto de vista particular y seleccionar los temas que cubre conforme a ello. Tambi\u00e9n saben que las organizaciones noticiosas competentes pueden defender diferentes perspectivas. Esto puede ser consistente con la \u00e9tica period\u00edstica, pero solamente si la organizaci\u00f3n hace la distinci\u00f3n entre la defensa y el reportaje. Las columnas de opini\u00f3n y comentario editorial deben ser se\u00f1aladas con claridad y no deben distorsionar ni falsificar los hechos que fundamentan la opini\u00f3n.<\/p>\n<p>Los periodistas deben buscar diversas voces y brindar oportunidad a puntos de vista contrarios, incluso impopulares. Deben apoyar la libertad de expresi\u00f3n de todos. Las organizaciones noticiosas deben ofrecer un foro para el debate firme sobre temas vitales en su comunidad. Las cartas al editor y los comentarios de los lectores en l\u00ednea son dos maneras de incitar la participaci\u00f3n p\u00fablica. Pero las organizaciones noticiosas tambi\u00e9n deben realizar todos los esfuerzos para mantener la discusi\u00f3n civilizada y desalentar la difusi\u00f3n de falsedades o ataques peyorativos a otros.<\/p>\n<p><strong>Respeto por el Individuo <\/strong><\/p>\n<p>El segundo postulado del C\u00f3digo de \u00c9tica de la SPJ es \u00abMinimizar el da\u00f1o &#8230; tratar a las fuentes, sujetos y colegas como seres humanos merecedores de respeto\u00bb. Este principio reconoce que el periodista responsable en ocasiones puede da\u00f1ar a alguien inevitablemente, pero le requiere hacer todos los esfuerzos por minimizar el da\u00f1o. El c\u00f3digo SPJ, como muchos c\u00f3digos similares, exhorta a los periodistas mostrar compasi\u00f3n por aquellos quienes resultar\u00e1n afectados por la cobertura, especialmente cuando se tornan el objeto de atenci\u00f3n por cuestiones ajenas a ellos.<\/p>\n<p>Las v\u00edctimas de cr\u00edmenes, familiares de figuras p\u00fablicas y celebridades, menores y otros individuos vulnerables, deben ser tratadas con sensibilidad. En primer lugar los periodistas deben considerar cuidadosamente si genuinamente existe una raz\u00f3n de inter\u00e9s period\u00edstico para reportar.<\/p>\n<p>Las t\u00e9cnicas invasivas de recopilaci\u00f3n de noticias pueden causar da\u00f1os. La persistencia es apropiada, pero las t\u00e1cticas agresivas no estar\u00e1n justificadas en todos los casos. Aunque puede ser legal, realizar frecuentes llamadas telef\u00f3nicas, seguir a una persona en la calle, tomar m\u00faltiples fotograf\u00edas o permanecer en propiedad privada tras ser solicitado de retirarse puede causar angustia. Incluso la persona m\u00e1s p\u00fablica tiene el derecho de alguna \u00e1rea de privacidad, y solamente el inter\u00e9s p\u00fablico imperioso justifica la invasi\u00f3n de la vida personal de una persona.<\/p>\n<p>Por otro lado, pueden existir buenas v\u00e1lidas razones para reportar informaci\u00f3n\u00a0 que un sujeto noticioso preferir\u00eda conservar en secreto. Un funcionario p\u00fablico puede desear mantener secretos los detalles de una relaci\u00f3n extramarital. Pero si se utilizan fondos p\u00fablicos u otros recursos para mantener la relaci\u00f3n, el asunto se torna en un asunto de inter\u00e9s p\u00fablico leg\u00edtimo. De manera similar, las v\u00edctimas de cr\u00edmenes a menudo prefieren que sus identidades permanezcan confidenciales, y una organizaci\u00f3n noticiosa puede estar de acuerdo, al menos en el caso de menores o v\u00edctimas de agresi\u00f3n sexual. Pero en muchos pa\u00edses, la v\u00edctima de un crimen juega el papel de acusador en un juicio penal. Aunque la credibilidad de la presunta v\u00edctima puede ser un tema leg\u00edtimo a explorar -y de cierta importancia al acusado criminal- los periodistas no deben complacer gustos lascivos, al publicitar hechos sensacionalistas que no son asunto de inter\u00e9s p\u00fablico. Los medios noticiosos deben equilibrar los derechos e intereses tanto de las v\u00edctimas como de los acusados criminales con el derecho del p\u00fablico a ser informado.<\/p>\n<p><strong>Sensibilidad cultural <\/strong><\/p>\n<p>Los periodistas no deben reforzar los estereotipos. La pr\u00e1ctica es perezosa intelectualmente y puede conducir a malentendidos e imprecisiones. Deben considerar cuidadosamente si es necesario identificar a un individuo por su raza, religi\u00f3n, orientaci\u00f3n sexual o caracter\u00edstica similar. Con frecuencia el lenguaje de g\u00e9nero neutro es apropiado.<\/p>\n<p>Los reporteros deben recordar y ser sensibles a diferentes tradiciones culturales. Por ejemplo, los practicantes de algunas religiones proh\u00edben o desaconsejan fotografiar a individuos. Los periodistas deben respetar esas preferencias, a menos de que exista una raz\u00f3n de peso para hacer lo contrario.<\/p>\n<p>Por otro lado, los \u00abvalores culturales\u00bb en ocasiones son un velo para la censura. Los reg\u00edmenes represivos pueden citar valores sociales cuando su verdadera intenci\u00f3n es restringir la libertad de expresi\u00f3n y silenciar puntos de vista disidentes. Un periodista con \u00e9tica debe retar los intentos de reprimir la verdad, sin importar la justificaci\u00f3n que sea ofrecida.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>El periodista independiente <\/strong><\/p>\n<p>La lealtad del periodista debe ser al p\u00fablico. Esto significa evitar conflictos de inter\u00e9s que puedan comprometer su habilidad de actuar independientemente e informar al p\u00fablico, libre de otras influencias y consideraciones.<\/p>\n<p>Los periodistas deben evitar recibir obsequios, cuotas, boletos, viajes y otros bienes o servicios de fuente noticiosas. Copias de libros, m\u00fasica o filmes deben ser donadas a caridad a menos de que exista una raz\u00f3n period\u00edstica para retenerlos como un recurso para reportes futuros. Tener cuidado con las giras de viajes, que son poco m\u00e1s que intentos transparentes de persuadir a los reporteros de escribir con entusiasmo acerca de un destino o tema en particular. Las organizaciones noticiosas deben cubrir sus propios gastos al enviar personal a cubrir eventos deportivos o culturales. Si esto no es posible, debe incluirse una cl\u00e1usula en la nota.<\/p>\n<p>Los periodistas no deben avalar productos a cambio de compensaci\u00f3n, y deben de mantener separados los aspectos editoriales y de publicidad. Los publicistas no deben influenciar la cobertura favorable o suprimir reportes negativos. Cualquier publicidad debe ser se\u00f1alada claramente para que no exista la posibilidad de confundir un anuncio con un reportaje o comentario.<\/p>\n<p>La afiliaci\u00f3n en clubes, partidos pol\u00edticos u organizaciones religiosas puede crear un conflicto de inter\u00e9s para un periodista. Algunas organizaciones noticiosas proh\u00edben ciertos tipos de actividades pol\u00edticas o filantr\u00f3picas, tales como postularse para un puesto p\u00fablico u ofrecerse como voluntario en un grupo defensor de alguna causa. La mayor\u00eda proh\u00edben que el periodista reporte sobre organizaciones a las que \u00e9l mismo, o sus familiares cercanos, est\u00e1n afiliados.<\/p>\n<p>Aunque un editor del diario Washington Post incluso se abstuvo de votar en las elecciones, obviamente los individuos no renuncian a sus derechos civiles cuando eligen convertirse en periodistas. Pero es importante recordar que las afiliaciones pueden ser interpretadas como sesgo. Si un conflicto de inter\u00e9s es inevitable, debe ser divulgado.<\/p>\n<p>Muchas organizaciones noticiosas cuentan con reglamentos especiales para reporteros y comentaristas que cubren temas de negocios y financieros. Las leyes que proh\u00edben el comercio con informaci\u00f3n privilegiada (compra y venta de acciones y otros valores cuando se posee informaci\u00f3n no p\u00fablica que pueda afectar al precio de las acciones) pueden aplicarse. Los periodistas no deben escribir sobre compa\u00f1\u00edas de las cuales son propietarios de acciones o tienen otro inter\u00e9s financiero, particularmente si su reporte puede influenciar el mercado y beneficiarlos personalmente. Deber revelar a sus editores sobre los instrumentos financieros de los que ellos y sus familias son propietarios y abstenerse de comerciar acciones despu\u00e9s de haber escrito sobre ello.<\/p>\n<p>As\u00ed como los periodistas no deben aceptar pagos para influenciar la cobertura de noticias, tampoco deben ofrecer sobornos o pagos a los sujetos de las noticias. Para el observador externo, las noticias que han sido \u00abcompradas\u00bb son sospechosas. En ciertas situaciones, como cuando se pide a la fuente que viaje a una ubicaci\u00f3n en particular para aparecer en un programa de radio o televisi\u00f3n, puede ser apropiado reembolsar sus gastos dentro de la raz\u00f3n, incluyendo alimentos, traslado y hospedaje. Pero el \u00abperiodismo de chequera\u00bb y pujar por noticias deben ser evitados.<\/p>\n<p><strong>Cuestiones <\/strong><strong>\u00e9<\/strong><strong>ticas cuando se cubre al gobierno <\/strong><\/p>\n<p>Reportar sobre el gobierno plantea retos particularmente dif\u00edciles. El p\u00fablico generalmente espera que los periodistas act\u00faen como vigilantes, atentos al comportamiento impropio en el gobierno, \u00bfPero, por ejemplo, qu\u00e9 pasa cuando los encargados de aplicar la ley piden a los reporteros no mencionar detalles sobre una toma de rehenes en curso? \u00bfDebe el reportero cooperar?<\/p>\n<p>Si no lo hace, puede poner vidas en peligro. Pero si lo hace, pueden comprometer su propia habilidad de responsabilizar al gobierno. Durante una guerra, crisis o emergencia, los periodistas pueden sentir sus lealtades en conflicto. La presi\u00f3n por ser patriota puede ser grande. O un gobierno recientemente elegido puede asegurar que no puede soportar una prensa completamente libre y exhortar a periodistas a escribir favorablemente como una forma de ayudar a solidificar una democracia fr\u00e1gil y emergente. En ocasiones se les pide a los periodistas que reporten propaganda como la verdad en el inter\u00e9s de proteger la \u00abseguridad nacional\u00bb.<\/p>\n<p>Cuando las decisiones editoriales est\u00e1n en conflicto con los deseos del gobierno, las organizaciones noticiosas pueden ser criticadas por reemplazar su propio juicio con el de los funcionarios electos. Esto puede surgir cuando el gobierno asegura que existe una necesidad imperiosa por mantener en secreto asuntos sobre inteligencia y la aplicaci\u00f3n de la ley. Por otro lado, los periodistas tambi\u00e9n pueden ser condenados por retener informaci\u00f3n, o acusados de retrasar su publicaci\u00f3n por razones partidistas.<\/p>\n<p>Estas son decisiones dif\u00edciles. Las respuestas no siempre son sencillas. Un principio regente es que la lealtad del periodista es hacia el p\u00fablico, no hacia un gobierno o un r\u00e9gimen en particular. Ning\u00fan periodista desea da\u00f1ar a su comunidad o pa\u00eds. Pero los gobiernos pueden estar tentados a suprimir los reportes cr\u00edticos alegando que puede da\u00f1ar la seguridad p\u00fablica o nacional. Los reporteros pueden respetar estos argumentos, pero tambi\u00e9n deben ser esc\u00e9pticos. Pueden ofrecer a los funcionarios gubernamentales la oportunidad de explicar por qu\u00e9 una nota en particular podr\u00eda poner en peligro vidas o un inter\u00e9s nacional espec\u00edfico. Pero los periodistas deben escudri\u00f1ar a aquellos que est\u00e1n en el poder y responsabilizarlos. En ocasiones, lo m\u00e1s patri\u00f3tico que puede hacer un periodista es cuestionar a la autoridad.<\/p>\n<p><strong>Ser responsable ante el p<\/strong><strong>\u00fa<\/strong><strong>blico <\/strong><\/p>\n<p>Una parte importante del trabajo de un periodista es responsabilizar a las posiciones de autoridad ante el p\u00fablico. Las organizaciones noticiosas tienen la obligaci\u00f3n \u00e9tica de una responsabilidad similar. Los medios noticiosos son m\u00e1s transparentes que muchos negocios porque su trabajo est\u00e1 constantemente disponible pata el escrutinio. Los periodistas con frecuencia critican y retan el trabajo del otro. Y en la mayor\u00eda de los pa\u00edses, el consumidor tiene muchas opciones para consultar noticias y puede rechazar a aquellas cuyas normas est\u00e1n por debajo de lo aceptable.<\/p>\n<p>Dicho esto, la mayor\u00eda de las organizaciones noticiosas pueden hacer m\u00e1s para ser m\u00e1s accesibles al p\u00fablico. Si afiliaciones pol\u00edticas o de negocios influencian sus decisiones editoriales, esto debe ser revelado. Por ejemplo, \u00bfun comerciante con mucha publicidad en el diario solicit\u00f3 cobertura favorable? Los medios deber\u00edan explicar la manera en que toman sus decisiones editoriales, especialmente las controvertidas. Deben explicar las desviaciones de las normas \u00e9ticas normales. Las organizaciones de medios deben invitar el comentario de los lectores e incitarles a plantear dudas y reclamos. Idealmente, un miembro del personal dedicado e imparcial debe atender estos reclamos.<\/p>\n<p>Todas las organizaciones noticiosas cometen errores. Deben esforzarse por minimizarlos al establecer procedimientos para verificar los hechos a lo largo del proceso editorial. Pero cuando los errores ocurran, deben ser admitidos oportunamente y corregidos de manera prominente.<\/p>\n<p><strong>Cuestiones especiales de <\/strong><strong>\u00e9<\/strong><strong>tica planteadas por los nuevos medios noticiosos y el periodismo ciudadano <\/strong><\/p>\n<p>La mayor\u00eda, si no todas, de las directrices de \u00e9tica de los medios tradicionales tienen sentido para el periodista ciudadano, los blogueros y otros practicantes de los nuevos medios de comunicaci\u00f3n. Pero quienes publican en el ciberespacio enfrentan retos adicionales.<\/p>\n<p>Los blogueros, a diferencia de los periodistas tradicionales, con frecuencia publican an\u00f3nimamente o bajo un seud\u00f3nimo. En algunas sociedades, aquellos con puntos de vista controversiales o disidentes ocultan su identidad por seguridad personal. Pero aquellos que hablan an\u00f3nimamente a\u00fan tienen la obligaci\u00f3n \u00e9tica de ser veraces, precisos y tan transparentes como sea posible sobre conflictos de inter\u00e9s.<\/p>\n<p>Muchos blogueros incitan a sus lectores a participar en el debate y agregar comentarios en sus sitios. Pueden invitar a colocar contenido generado por los usuarios y publicarlo en sus blogs. Pueden vincularse a sitios externos. Y pueden utilizar extractos del trabajo de otros con prop\u00f3sitos de comentario y critica.<\/p>\n<p>Todas estas t\u00e9cnicas agregan validez a un blog. Pero los blogueros deben considerar si deben intentar verificar los v\u00ednculos y moderar las publicaciones hechas por otros, as\u00ed como si deben establecer pol\u00edticas para ciertos tipos de contenidos, tales como videos expl\u00edcitos sexualmente o ataques personales. Es recomendable publicar estas pol\u00edticas de manera prominente y aplicarlas de manera consistente.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Utilizando los medios sociales <\/strong><\/p>\n<p>Muchas periodistas, tanto practicantes de medios tradicionales o de nuevos, se est\u00e1n volcando a los medios sociales, tales como Facebook, Orkut y MySpace, o conect\u00e1ndose a YouTube u otros sitios que permiten a los individuos publicar contenido. Estos medios pueden proporcionar ideas de historias y pistas \u00fatiles. Incluso pueden permitir que un periodista interact\u00fae con una comunidad o promueva una \u00abmarca\u00bb de periodismo al incitar a los lectores a visitar el sitio Web de una organizaci\u00f3n noticiosa.<\/p>\n<p>Pero los medios sociales imponen nuevos retos para los periodistas \u00e9ticos. Verificar las publicaciones puede ser dif\u00edcil. Los reporteros deben aclarar cuando utilizan sitios de medios sociales como fundamento para una nota. Deben ejercer especial cuidado cuando se utilice informaci\u00f3n relacionada con menores, que pudiese da\u00f1ar la reputaci\u00f3n de alguien o al utilizar informaci\u00f3n reclamada por otro propietario-como un secreto comercial. Las leyes de difamaci\u00f3n, privacidad y derechos de autor son aplicables en el ciberespacio.<\/p>\n<p>Algunas organizaciones noticiosas han adoptado pol\u00edticas de \u00e9tica para el uso de medios sociales por sus empleados. Dow Jones, editor del diario The Wall Street Journal, desanima a sus reporteros a expresar puntos de vista personales o partidistas en sus p\u00e1ginas personales de Facebook o discutir notas en desarrollo que a\u00fan no han aparecido en el diario. Algunas organizaciones recomiendan que el reportero tenga p\u00e1ginas personales, o profesionales, en Facebook, por separado. Los periodistas deben recordar que agregar como amigo a una fuente confidencial en Facebook puede revelar la identidad de esa fuente. Tambi\u00e9n deben recordar que las decisiones de agregar como amigo o unirse a una p\u00e1gina de fan\u00e1ticos puede ser interpretado como evidencia de sesgo. Finalmente, nada en Facebook o sitios similares es realmente privado. Una vez que algo ha sido publicado en medios sociales, en realidad no hay manera de retirarlo o impedir que otros lo usen de cualquier forma que elijan.<\/p>\n<p><strong>Conclusi\u00f3n <\/strong><\/p>\n<p>Muchos periodistas creen que no deber\u00edan tener que justificar su papel como vigilantes del gobierno y de conductos para la informaci\u00f3n p\u00fablica. Sin duda, ellos piensan, el reconocimiento moderno de que la libertad de expresi\u00f3n es un derecho fundamental ya ha aclarado todo eso. Por consiguiente, algunos periodistas piensan que deben tener elderecho legal a estar equivocados en ocasiones.<\/p>\n<p>Pero las normas \u00e9ticas de los propios periodistas pueden ser m\u00e1s restrictivas que los legales. Incitan a los periodistas a examinar sus motivos, m\u00e9todos y el producto de su trabajo. Alientan a los reporteros y editores a formular preguntas duras sobre su forma de tomar decisiones. Y estos preceptos \u00e9ticos invitan a los periodistas tanto a considerar otras perspectivas y contemplar la forma en que sus decisiones afectan a otros.<\/p>\n<p>Adoptar y aplicar principios de \u00e9tica puede parecer sobrecogedor. Pero ayudan a los periodistas a realizar el mejor trabajo posible. Proporcionan un mandato para actuar independientemente-incluso con valent\u00eda-al buscar y perseguir la verdad.<\/p>\n<p><strong>Nuevos medios, periodistas ciudadanos y blogueros <\/strong><\/p>\n<p>El libre y espont\u00e1neo mundo de la blogosfera parece ser el \u00faltimo basti\u00f3n del discurso libre real. Uno no necesita mucho dinero, una impresora costosa o una torre de transmisi\u00f3n. Cualquier persona con acceso a una computadora, un m\u00f3dem y un programa puede compartir sus pensamientos con el mundo con un web-log o blog. Y son muchos los web-blogs, intensamente personales, dominado por opiniones, los que proliferan en la red de Internet, ocupando un mundo diferente al a veces mon\u00f3tono periodismo tradicional, basado en fuentes meticulosas y hechos comprobados. Los blogueros son su propia ley. \u00bfLo son?<\/p>\n<p><strong>Equilibrando la libertad de expresi\u00f3n y el conflicto de intereses en Internet\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><\/p>\n<p>Desde los primeros d\u00edas del uso popular del Internet, el grito de guerra fue que el ciberespacio es la nueva frontera, sin estar sujeta a ninguna ley. Pero gobiernos del mundo, impactados por las implicaciones de la nueva tecnolog\u00eda de comunicaci\u00f3n han buscado la manera de aprovechar y controlar su uso.<\/p>\n<p>Conseguir acceso a Internet puede ser el primer obst\u00e1culo. Un informe del 2007 hecho por OpenNet Initiative, un grupo dedicado a estudiar el Internet, revela que los intentos por censurar la Web van creciendo, con m\u00e1s sofisticaci\u00f3n. Arabia Saudita, por ejemplo, utiliza un programa para filtrado para bloquear todo, desde sitios clasificados como pornograf\u00eda o juegos de azar, hasta sitios de conversi\u00f3n religiosa y sitios cr\u00edticos de la monarqu\u00eda saudita. China ha sido criticada por usar una combinaci\u00f3n de medidas para controlar Internet, incluyendo programas de de filtrado, que obligan a. los usuarios y caf\u00e9s Internet a comprar licencias y clausurando\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 caf\u00e9s Internet.<\/p>\n<p>En Estados Unidos, el Congreso, legislaturas estatales y cortes han tenido dificultades para equilibrar la libertad de expresi\u00f3n contra los intereses competentes, como la seguridad nacional, protecci\u00f3n de los derechos de autor y el derecho a la reputaci\u00f3n. En su hist\u00f3rica decisi\u00f3n del caso (1997) Reno vs. ACLU (Uni\u00f3n Americana de Libertades Civiles), el Tribunal Supremo de Estados Unidos extendi\u00f3 a las comunicaciones por la World Wide Web la misma protecci\u00f3n que la Primera Enmienda garantiza a los peri\u00f3dicos u otros medios impresos. La corte declar\u00f3 que el ciberespacio no es un \u00abbien escaso de expresi\u00f3n,\u00bb como el espectro electromagn\u00e9tico que usan las emisoras de radio y televisi\u00f3n, ni un elemento que invade \u00abla casa de un individuo o aparece en la pan talla de una computadora de manera espont\u00e1nea.\u00bb Con ningunas de estas justificaciones hist\u00f3ricas para el otorgamiento de y controles aplicables por parte del gobierno, el juez John Paul Stevens escribi\u00f3 para la mayor\u00eda, \u00abEl inter\u00e9s de fomentar la libertad de expresi\u00f3n en una sociedad democr\u00e1tica supera cualquier beneficio te\u00f3rico, no verificado, de la censura\u00bb.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n de Reno significa que la comunicaci\u00f3n basada en Internet goza del m\u00e1s alto nivel de protecci\u00f3n constitucional, incluyendo varias resoluciones judiciales definiendo el alcance de la Primera Enmienda. Se presume que las restricciones previas son inconstitucionales. Las demandas por difamaci\u00f3n exitosas requieren pruebas de culpa del editor, incluso si el demandante demuestra que la declaraci\u00f3n impugnada es falsa. La mayor\u00eda de las demandas de invasi\u00f3n a la privacidad ser\u00e1n rechazadas si el editor puede demuestra que el sujeto de su nota es de inter\u00e9s period\u00edstico. Las violaciones del derecho de autor pueden ser permitidas si la publicaci\u00f3n constituye un uso justo.<\/p>\n<p>No se necesita ser un periodista famoso para invocar estas protecciones. Ya en 1972 el Tribunal Supremo de Estados Unidos. dijo: \u00abLa libertad de prensa es el derecho tanto del panfletista solitario como los de las grandes editoriales metropolitanas.\u00bb<\/p>\n<p>Por ello los blogueros cuentan con las protecciones de la Primera Enmienda. Tambi\u00e9n pueden contar con la protecci\u00f3n legal. Las leyes existentes de protecci\u00f3n a las fuentes confidenciales de los reporteros pueden o no aplicarse a los blogueros, dependiendo del lenguaje del estatuto o del tribunal que trata el asunto. Aunque algunas leyes limitan la cobertura a empleados de tiempo completo de los medios noticiosos tradicionales con fines de lucro, muchas se ampl\u00edan, y cubren a cualquiera que se de dedique a la recopilaci\u00f3n de informaci\u00f3n y difusi\u00f3n a una amplia audiencia.<\/p>\n<p>Una corte de California dictamin\u00f3 que la ley de protecci\u00f3n del estado proteg\u00eda la identidad de los blogueros que revelaron secretos comerciales de Apple Computer. La corte dictamin\u00f3 que sus publicaciones, constitu\u00edan \u00abnoticias\u00bb. Pero poco despu\u00e9s, una corte federal en el mismo estado se neg\u00f3 a reconocer que el bloguero y auto descrito anarquista, Josh Wolf, fuera un periodista debido a que no se encontraba \u00abconectado con o empleado por\u00bb una organizaci\u00f3n noticiosa.<\/p>\n<p>Las cortes de Estados Unidos han interpretado ampliamente la Secci\u00f3n 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones, que inmuniza a los proveedores de \u00abservicios interactivos de inform\u00e1tica\u00bb (ISP) de los reclamos por difamaci\u00f3n derivados de los contenidos de terceras partes. Las cortes extendieron esta protecci\u00f3n a aquellos que operan sitios web y los listservs (lista de correos), incluso si ejercen alg\u00fan control editorial sobre el material. El mismo an\u00e1lisis, l\u00f3gicamente, aplica a los blogs.<\/p>\n<p><strong>Las responsabilidades de los blogueros <\/strong><\/p>\n<p>\u00bfEsto significa que los blogueros son libres de publicar lo que quieran, sin temor a ser demandados?<\/p>\n<p>Por supuesto que no. Cualquiera que sea la inmunidad existente por v\u00ednculos a sitios de terceras partes o para publicaciones enviadas por los lectores, un editor de blog puede ser demandado por cualquier material que escriba \u00e9l mismo. Durante el curso del litigio, el bloguero puede enfrentarse a un examen prolongado de sus t\u00e9cnicas para recolectar noticias. \u00bfIntent\u00f3 verificar la veracidad de la nota, o simplemente repiti\u00f3 un rumor sin fundamento? \u00bfSe basa en fuentes an\u00f3nimas? \u00bfEn otras palabras, actu\u00f3 negligentemente o con indiferencia imprudente por la verdad? Si la corte se entera que lo hizo, el bloguero puede perder la demanda.<\/p>\n<p>En la mayor\u00eda de los pa\u00edses, las demandas por difamaci\u00f3n solo pueden basarse en declaraciones falsas sobre un hecho. Nadie puede ser demandado por dar una opini\u00f3n pura que no pueden ser comprobadas como cierta o falsa. Pero muchos blogs son una mezcla s\u00f3lida de opiniones peculiares y alegatos sin fundamento. Puede ser dif\u00edcil distinguir entre los dos al invocar un privilegio de opini\u00f3n, lo cual exige demostrar que la declaraci\u00f3n del hecho subyacente para la opini\u00f3n se basa es verdades.<\/p>\n<p>En Estados Unidos las protecciones legales terminan en la frontera pero el Internet no. Un bloguero de Estados Unidos puede pedir protecci\u00f3n de la Primera Enmienda y la Secci\u00f3n 230 cuanto lo necesite, pero una corte extranjera no tiene la obligaci\u00f3n de prestarle atenci\u00f3n. Estas cortes, en su mayor parte, aplican sus propias leyes. Aunque durante mucho tiempo los periodistas tradicionales han enfrentado demandas, e incluso procesos penales en otros pa\u00edses donde el producto de su trabajo es difundido, puede sorprender a los blogueros enterarse que son vulnerables a ser demandados dondequiera que sus textos sean le\u00eddos.<\/p>\n<p>La Corte Suprema de Australia as\u00ed lo dictamin\u00f3 en 2002 cuando permiti\u00f3 a \u00abDiamond Joe\u00bb Gutnick presentar una demanda por difamaci\u00f3n. Gutnick, que es ciudadano australiano, afirm\u00f3 que en un art\u00edculo publicado en l\u00ednea por la revista Barron&#8217;s, con sede en Estados Unidos., lo difam\u00f3. Cuando Gutnick demostr\u00f3 que un pu\u00f1ado de lectores en su ciudad natal de Melbourne descarg\u00f3 la nota en sus computadoras, la corte le permiti\u00f3 presentar una demanda por difamaci\u00f3n en ese momento. El presidente del Tribunal escribi\u00f3, \u00abQuien publica informaci\u00f3n en la World Wide Web lo hace a sabiendas que la hace disponible en todo el mundo sin ninguna restricci\u00f3n geogr\u00e1fica.\u00bb<\/p>\n<p>Las demandas por difamaci\u00f3n no son lo \u00fanico por lo que los blogueros deben preocuparse. Los estatutos en muchos pa\u00edses tipifican como ofensa, o incluso delito, \u00abinsultar\u00bb u \u00abofender la dignidad\u00bb de alguien, incluso si la critica es absolutamente cierta. Por ejemplo, en 2008 el bloguero Raja Petra Kamarudin, editor del sitio web Malaysia Today, fue arrestado y detenido acusado de violar la Ley de Seguridad Interna de Malasia por criticar el Islam.<\/p>\n<p>Muchos pa\u00edses hacen respetar el derecho obligatorio a la r\u00e9plica, que obliga a la publicaci\u00f3n de respuestas por para de personas y corporaciones que demuestren haber sido sujetos de informes imprecisos. En 2006 el Parlamento Europeo aprob\u00f3 una recomendaci\u00f3n para ampliar el derecho de r\u00e9plica a los medios en l\u00ednea, incluyendo cualquier \u00abservicio disponible al p\u00fablico que contenga informaci\u00f3n de inter\u00e9s p\u00fablico actualizada y editada a menudo\u00bb. Esto suena como un t\u00edpico blog. Muchos blogueros ya est\u00e1n tomando estos pasos. Actualizan sus blogs, se retractan por impreso o corrigen publicaciones err\u00f3neas, y tambi\u00e9n publican libremente las respuestas de lectores disgustados. Los blogueros consideran que las leyes no los obligan a actuar de forma responsable. Pero existe una gran diferencia entre tomar una decisi\u00f3n editorial, por considerar que mejora su credibilidad y hacerlo por imposici\u00f3n de la ley.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, muchos blogueros participan de forma an\u00f3nima en comentarios injuriosos en l\u00ednea. Bajo la Secci\u00f3n 230, un ISP puede ser obligado a revelar una identidad individual, si un juez concluye que un demandante ha presentado una querella por difamaci\u00f3n v\u00e1lida. Aqu\u00ed, el ISP incluye a diarios y otros medios, que podr\u00edan verse obligados a desenmascarar a los lectores que publican comentarios an\u00f3nimos en sus sitios web, dejando a los usuarios vulnerables a represalias o castigos<\/p>\n<p><strong>Protegiendo la privacidad y el derecho de autor <\/strong><\/p>\n<p>La invasi\u00f3n a la privacidad presenta retos especiales en el ciberespacio. La tecnolog\u00eda digital facilita la recolecci\u00f3n de noticias. En teor\u00eda, la digitalizaci\u00f3n de informes de gobierno deber\u00eda crear una oportunidad sin precedentes para el acceso y supervisi\u00f3n ciudadana. Pero muchos jueces y legisladores, impulsados por el temor que el acceso facilite el robo de identidad, la discriminaci\u00f3n en el empleo u otras conductas ilegales, m\u00e1s bien restringen el acceso a archivos electr\u00f3nicos.<\/p>\n<p>Los jueces tambi\u00e9n expresan inconformidad ante la perspectiva de que alguien en la distancia, con un inter\u00e9s ileg\u00edtimo en la comunidad local, navegue por los registros de la corte o bienes ra\u00edces y los publique en l\u00ednea. Su temor es que los blogueros no contribuyen mucho, adem\u00e1s de difunden rumores, violar leyes de derecho de autor e identificar victimas de agresi\u00f3n sexual, al tiempo que se esconden en el anonimato que la web permite. Les preocupa que los ciudadanos periodistas, con celulares con c\u00e1mara y grabadoras, invadan las salas de audiencia y publiquen en l\u00ednea material del juicio, una pr\u00e1ctica que encuentran tanto molestosa como indigna. Los encargados a menudo favorecen el acceso a documentos y procedimientos gubernamentales de manera abstracta; pero una vez que el acceso se vuelve f\u05d1cil y barato, pueden cuestionar la sabidur\u00eda de ello. La informaci\u00f3n, piensan, es demasiado valiosa, o peligrosa, para estar en l\u00ednea electr\u00f3nica.<\/p>\n<p>Por ejemplo, en septiembre de 2008, un juez de California prohibi\u00f3 al Orange County Register informar \u00abpor todos los medios y formas de comunicaci\u00f3n, ya sea en persona, electr\u00f3nicamente, audio o grabaci\u00f3n de video o medio impreso\u00bb el testimonio de los testigos que aparecen en la demanda colectiva de salarios y horas, interpuesta por sus compa\u00f1\u00edas de peri\u00f3dico. Concluy\u00f3 que esta orden era necesaria para evitar que futuros testigos fueran influenciados por el testimonio de otros.<\/p>\n<p>Un panel de apelaciones eventualmente anul\u00f3 esta orden. Se determin\u00f3 que el riesgo de que las noticias pudieran influenciar a testigos no era suficiente para justificar la censura. Otras alternativas menos invasivas, como advertir a los testigos de no leer el peri\u00f3dico, podr\u00edan lograr el mismo objetivo. Pero la omnipresencia de los medios de comunicaci\u00f3n en l\u00ednea ha convencido al juez del proceso de pasar por alto 70 a\u00f1os de precedentes similares que proh\u00edben las restricciones previas.<\/p>\n<p>Las leyes de protecci\u00f3n al derecho de autor presentan retos separados. Los titulares de propiedad intelectual tienen siempre posesi\u00f3n del derecho legal para demandar que el violador \u00abcese y desista \u201cde publicar y difundir las obras infractoras. Sin embargo el Internet hace m\u00e1s f\u00e1cil que nunca copiar el trabajo de otros sin permiso del autor. \u00bfDebe la compa\u00f1\u00eda de tel\u00e9fono u otro ISP, ser responsable cuando uno de sus clientes utilice su conexi\u05e3n ilegalmente para publicar la copia de un archivo mp3 para descargar? La Ley Digital Milenio de Derecho de Autor de Estados Unidos. D:MCA), promulgada en 1998, fue dise\u00f1ada para hacer frente a esta situaci\u00f3n sin restringir la expresi\u00f3n protegida. El estatuto de disposici\u00f3n de \u00abpuerto seguro\u00bb protege al ISP de la responsabilidad si, despu\u00e9s de recibir el aviso que el material infractor a sido publicado, es retirado \u00abr\u00e1pidamente\u00bb. El problema es que un ISP prudente elegir\u00e1 retirar el contenido y permitir que el suscriptor y due\u00f1o de los derechos de autor resuelvan sus respectivos derechos. Para facilitar el proceso, la DMCA permite a los titulares del derecho de autor utilizar \u00abcitaciones administrativas\u00bb para obligar a los ISP a revelar la identidad del suscriptor. Aunque estos se supone que ser\u00e1n ex- pedidos \u00fanicamente para reducir la actividad infractora, el riesgo es que estas citaciones pueden ser utilizadas de manera impropia para eludir los principios de la bien establecida Primera Enmienda, que protege el derecho de participar en una declaraci\u00f3n en anonimato.<\/p>\n<p>El surgimiento del Internet como una tecnolog\u00eda importante en las comunicaciones, y plataforma de publicaci\u00f3n para los periodistas, crea nuevas complicaciones legales. Pero los principios regentes deben ser constantes. N o deben depender de si un periodista trabaja para los medios de comunicaci\u00f3n o publica un blog. Los jueces y legisladores deben seguir los principios que han protegido durante mucho tiempo a la prensa y al derecho de p\u00fablico a la informaci\u00f3n, independientemente de su afiliaci\u00f3n o plataforma.<\/p>\n<p><strong>Libre intercambio de informaci\u00f3n y fortalecimiento de la sociedad civil <\/strong><\/p>\n<p>En todo el mundo valientes periodistas han arriesgado su oficio, e incluso sus vidas, para publicar noticias y darle al p\u00fablico informaci\u00f3n precisa, enfrentando a gobiernos represivos y otros obst\u00e1culos importantes. Sin embargo el periodismo funciona mejor donde se respeta el mandato de la ley. La prensa libre est\u00e1 mejor protegida con una constituci\u00f3n nacional, por estatutos legales, o la ley com\u00fan. No importa la forma que tenga pero la ley debe, como m\u00ednimo, proteger de la censura a los medios de prensa y garantizar a los reporteros el acceso a la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La \u00ablibertad de prensa\u00bb no es una simple consigna. Y tampoco es solamente para los periodistas. El derecho a recibir y comunicar informaci\u00f3n es universal. No obstante mientras un sistema de leyes de aplicaci\u00f3n general beneficia a todos, las legislaciones de inter\u00e9s especial que singularizan a los medios noticiosos para su protecci\u00f3n, o que brindan derechos especiales a la prensa, es menos deseable ya que invitan al licenciamiento de acto de la prensa. Tambi\u00e9n puede crear un falso sentido de confianza. La protecci\u00f3n que una legislatura brinda hoy puede ser retirada ma\u00f1ana.<\/p>\n<p>Y \u00e9sa es la paradoja. El \u00abestado de derecho\u00bb, sin importar su definici\u00f3n, protege a todos, incluyendo a la prensa. Pero, por su-_ puesto, tambi\u00e9n se pueden promulgar leyes malas, e incluso la mejor ley puede ser apelada o desestimada. Esa es una de las razones por las cuales algunos periodistas son reacios de presionar, incluso por legislaci\u00f3n que les puede beneficiar, como leyes de protecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Los gobiernos cambian. Pero el apoyo p\u00fablico a una prensa libre debe ser constante porque el ciudadano es el beneficiario final. Una prensa libre mejora el derecho a saber del p\u00fablico al incitar el libre intercambio de informaci\u00f3n. Protegerla requiere por igual un compromiso nacional, del gobierno y p\u00fablico. El resultado es una sociedad civil m\u00e1s fuerte para todos.<\/p>\n<p>Una vez que se promulgan protecciones legales s\u00f3lidas, es esencial un poder judicial independiente para asegurar que son aplicadas y ejercidas equitativamente. No importa cuan claro sea el texto de la ley, pueden darse confusiones y conflictos. Cuando esto sucede, la interpretaci\u00f3n del poder judicial de la ley puede ser decisiva. Los jueces que aprecian la importancia de una prensa libre son la mejor garant\u00eda de que ser\u00e1 protegida.<\/p>\n<p><strong>Recursos de Apoyo <\/strong><\/p>\n<p>En esta secci\u00f3n, consideramos algunas organizaciones que trabajan para fortalecer y hacer cumplir las leyes que garantizan la libertad de prensa.<\/p>\n<p>Article XIX<\/p>\n<p>http:\/\/www.article19.org<\/p>\n<p>Establecida en 1986, esta organizaci\u00f3n de derechos humanos se nombra en honor a la disposici\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos que garantiza los derechos a la libertad de expresi\u00f3n y opini\u00f3n. La organizaci\u00f3n Article XIX est\u00e1 basada en Londres, Inglaterra. Es un grupo de presi\u00f3n y litigaci\u00f3n internacional que promueve estos derechos universales.<\/p>\n<p>Esta ONG (organizaci\u00f3n no gubernamental) desarrolla redes para crear conciencia y mejorar el monitoreo de las amenazas contra la libertad de expresi\u00f3n. Proporciona capacitaci\u00f3n legal a otras organizaciones, periodistas y oficiales gubernamentales. Redacta modelos de legislaci\u00f3n, incluyendo leyes de libertad de informaci\u00f3n, y ofrece una base de datos de opiniones legales y otros recursos. Sus informes peri\u00f3dicos llaman la atenci\u00f3n internacional hacia leyes y acciones que restringen la libertad de expresi\u00f3n e informaci\u00f3n. Denuncia ataques a periodistas individuales y la prensa institucional por igual. Entre sus muchos logros, Article XIX convino un grupo de expertos en derecho internacional y derechos humanos, que aprobaron los Principios de Johannesburgo sobre Seguridad Nacional, Libertad de Expresi\u00f3n y Acceso a la Informaci\u00f3n en 1995.<\/p>\n<p><strong>Periodistas Canadienses <\/strong><\/p>\n<p>por La Libre Expresi\u00f3n (CJFE)<\/p>\n<p>http:\/\/www.cjfe.org\/<\/p>\n<p>Originalmente establecido como un proyecto del Centro para el Periodismo de Investigaci\u00f3n en Canad\u00e1 en 1981, la CJFE defiende la libertad de expresi\u00f3n en el mundo. Dirige capacitaci\u00f3n de medios en pa\u00edses emergentes, incluyendo Indonesia y Tailandia, y ha trabajado para reconstruir medios claves en Sierra Leona tras la conclusi\u00f3n de su guerra civil. La CJFE administra al Intercambio Internacional por la Libertad de Expresi\u00f3n (IFEX), una red virtual de 88 organizaciones que supervisa el estado de la libre expresi\u00f3n en el mundo y difunde esa informaci\u00f3n a m\u00e1s de 120 pa\u00edses. El IFEX ofrece Alertas de Acci\u00f3n por pa\u00eds y regi\u00f3n y un Comunicado mensual.<\/p>\n<p><strong>Iniciativa de Derecho para Europa Central y Eurasia (CEELI) <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/abarol.ge\/about_ceeli.html<\/p>\n<p>Un proyecto del Colegio de Abogados de Estados Unidos, la iniciativa CEELI, fue fundada en 1990. Su misi\u00f3n es ofrecer dar ayuda legal t\u00e9cnica para incrementar el profesionalismo entre abogados y jueces de Europa Central y Eurasia y la antigua Uni\u00f3n Sovi\u00e9tica. El grupo tiene un centro de formaci\u00f3n en Praga y una serie de enlaces legales voluntarios.<\/p>\n<p>Entre sus metas se encuentran promover la rendici\u00f3n de cuentas y mayor conciencia sobre las normas internacionales de derechos humanos, combate contra la corrupci\u00f3n e incremento de la transparencia p\u00fablica y rendici\u00f3n de cuentas.<\/p>\n<p><strong>Centro Internacional de Asistencia a Los Medios de Comunicaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n (CIMA)<\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/cima.ned.org\/<\/p>\n<p>El Fondo Nacional para la Democracia (CIMA), es organizaci\u00f3n privada sin fines de lucro que apoya a programas de asistencia a los medios informativos en el mundo. Re\u00fane grupos de trabajo, celebra eventos, mantiene una base de datos de recursos de asistencia para los medios y realiza investigaciones. Ha establecido una red de profesionales de los medios de comunicaci\u00f3n y expertos a trav\u00e9s del Foro Global para el Desarrollo de los Medios de Comunicaci\u00f3n. CIMA se financia a trav\u00e9s de una subvenci\u00f3n del Departamento de Estado de Estados Unidos.<\/p>\n<p><strong>Proyecto Chapultepec<\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.declaraciondechapulte pec.org\u00ad<\/p>\n<p>Una empresa de la Sociedad Interamericana de Prensa, una organizaci\u00f3n con m\u00e1s de 1.300 diarios y revistas afiliados en las Am\u00e9ricas, el Proyecto Chapultepec comenz\u00f3 en 1994. Aunque su misi\u00f3n original fue el incrementar el entendimiento del p\u00fablico sobre la importancia de la libertad de prensa en una sociedad civil, el proyecto se ha expandido para incluir el patrocinio de una serie de conferencias internacionales con representantes de los tres poderes del gobierno. Estas han sido instrumentales en restringir las leyes de insulto en varios pa\u00edses. El Proyecto Chapultepec ha presentado informes como \u00abamigo de la corte\u00bb a nombre de periodistas en tres casos ante la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos, y ha enviado misiones y sostenido foros de emergencia para protestar en contra de legislaciones que podr\u00edan restringir la libertad de prensa. Public\u00f3 La Libertad de Prensa y la Ley (1999), el primer estudio comparativo de las leyes relacionadas a la libertad de prensa en las Am\u00e9ricas, y est\u00e1 emprendiendo una nueva iniciativa sobre los asuntos internos que enfrentan las organizaciones de medios y los valores que deben guiados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Proyecto de Ley de Medios Ciudadanos (CMLP) <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.citmedialaw.org<\/p>\n<p>Con sede en el Centro Berkman para Internet y la Sociedad, en la Facultad de Derecho de Harvard, en Cambridge, Massachusetts, el CMLP brinda asistencia legal, educaci\u00f3n y recursos a individuos que&#8217; participan en los medios \u00abciudadanos\u00bb y en l\u00ednea. Tambi\u00e9n presenta informes como \u00abamigo de la corte\u00bb en casos de apelaciones. El sitio de CMLP proporciona una variedad de gu\u00edas legales, as\u00ed como una \u00abbase de datos de amenazas\u00bb que resume los casos legales actuales y pendientes relacionados a los medios en l\u00ednea. El proyecto CMLP ha organizado una red de abogados y acad\u05d9micos interesados en representar a individuos que enfrentan demandas surgidas de actividades period\u00edsticas en l\u00ednea. Est\u00e1 afiliado el Centro de Medios Ciudadanos en la Universidad del Estado de California.<\/p>\n<p><strong>Comit\u00e9 para la Protecci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n de Periodistas (CPJ) <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.cpj.org<\/p>\n<p>Una agrupaci\u00f3n de corresponsales extranjeros de Estados Unidos creo el CPJ en 1981. Con sede en Nueva York, pero con una red de consultores en m\u00e1s de 120 pa\u00edses, esta ONG realiza su propia investigaci\u00f3n sobre el acoso a la prensa. Publica art\u00edculos, comunicados de prensa, reportajes especiales y el informe anual denominado. Ataques contra la prensa, un estudio global sobre la libertad de prensa. Interviene cuando corresponsales locales o extranjeros son amenazados, y proporciona consejo a periodistas en misiones peligrosas. Las campa\u00f1as de CPJ han sido para asegurar la liberaci\u00f3n de periodistas encarcelados en Ir\u00e1n, incluyendo a Maziar Bahari, un corresponsal en Teher\u00e1n de Newsweek y a los periodistas independientes Roxana Saberi y Iason Athanasiadis.<\/p>\n<p><strong>Fundaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n de la Frontera Electr<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>nica (EFF)<\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.eff.org<\/p>\n<p>La EFF es una organizaci\u00f3n no gubernamental con oficinas en San Francisco y Washington D. C., fundada en 1990. Defiende la libertad de expresi\u00f3n, privacidad, innovaci\u00f3n y derechos del consumidor en l\u00ednea. Ha litigado en muchos casos en los tribunales de Estados Unidos y, a trav\u00e9s de su Centro de Acci\u00f3n, proporciona consejo a formuladores de pol\u00edticas, moviliza respuestas ciudadanas a la legislaci\u00f3n y educa al p\u00fablico. Aunque mucho de su trabajo es dom\u00e9stico, la EFF tambi\u00e9n lucha por los derechos digitales alrededor del mundo y en julio de 2009 public\u00f3 Gu\u00eda Pr\u00e1ctica sobre la Tecnolog\u00eda de Internet para Activistas Pol\u00edticos en Reg\u00edmenes Represivos.<\/p>\n<p><strong>Freedom House <\/strong><\/p>\n<p>www.freedomhouse.org<\/p>\n<p>Eleanor Roosevelt y el candidato a la presidencia de los Estados Unidos, Wendel \u00a0Willkie, fueron los primeros copresidentes honorarios de Freedom House, entidad fundada en 1941, con sede enWashington, D.C. Publica una amplia variedad de estudios, incluyendo Libertad en el mundo y Libertad de la Prensa, un informe anual sobre la independencia period\u00edstica alrededor del mundo. Freedom House defiende los derechos humanos y democracia a nivel mundial. Trabaja directamente con reformadores democr\u00e1ticos en Asia Central, Europa Central y Eurasia, el Medio Oriente, \u00c1frica, Am\u00e9rica Latina y la antigua Uni\u00f3n Sovi\u00e9tica para proporcionar capacitaci\u00f3n, informes sobre pol\u00edticas y apoyo. El Comit\u00e9 Mundial de Libertad de Prensa (WPFC) (http:\/\/www.wpfc.org), un consorcio de 44 grupos por la libertad de prensa alrededor del mundo, con sede en Virginia del Norte, se fusion\u00f3 con Freedom House en 2009. La WPFC ha supervisado la evoluci\u00f3n (le la libertad de prensa en organizaciones internacionales, como la UNESCO, y publica estudios fidedignos, particularmente sobre leyes de insulto, desde hace m\u00e1s de 30 a\u00f1os. Freedom House Europa sirve como la oficina Europea primaria de Freedom House. Tiene su sede en Budapest, Hungr\u00eda (http:\/\/www.freedomhouse.hu\/).<\/p>\n<p><strong>I<\/strong><strong>ndice de la Censura<\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.indexoncensorship.org<\/p>\n<p>Originalmente fundado como una revista en 1972 por un grupo de periodistas y escritores establecidos en Londres, el \u00edndice de la Censura es una ONG que promueve la libertad de expresi\u00f3n alrededor del mundo. Trabaja con organizaciones fundamentales para facilitar y promover esta meta. En el 2009, lanz\u00f3 proyectos en T\u00fanez, Afganist\u00e1n, Pakist\u00e1n, Irak y Birmania. Tambi\u00e9n apoya la creaci\u00f3n de nuevos trabajos period\u00edsticos y art\u00edsticos y est\u00e1 emprendiendo un programa de ayuda para j\u00f3venes. El sitio de \u00edndice de la Censura es un recurso para noticias sobre la libertad de expresi\u00f3n a nivel global.<\/p>\n<p><strong>Centro Internacional para Periodistas (ICFJ) <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/icfj.org\/<\/p>\n<p>Una organizaci\u00f3n sin fines de lucro con sede en Washington D.C., el ICFJ ofrece capacitaci\u00f3n pr\u00e1ctica en m\u00e1s de 176 pa\u00edses a trav\u00e9s de talleres, seminarios, asociaciones e intercambios internacionales. Opera en la Red Internacional de Periodistas, IJNet (<a href=\"http:\/\/www.ijnet.org\/\">http:\/\/www.ijnet.org\/<\/a>), la cual conecta a periodistas con oportunidades de obtener capacitaci\u00f3n de medios y otro tipo de asistencia.<\/p>\n<p><strong>Asociaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n Internacional de Abogados <\/strong><\/p>\n<p>de Medios (1M LA) http:\/\/www.internationalmedialawyers.org<\/p>\n<p>La IMLA es una red de abogados de medios que sirve como repositorio para compartir informaci\u00f3n, estrategia y experiencia sobre derecho de medios y libertad de prensa. Con sede en la Universidad de Oxford en Inglaterra, facilita la comunicaci\u00f3n entre abogados de inter\u00e9s p\u00fablico alrededor del mundo que trabajan para promover la libertad de expresi\u00f3n. La IMLA tambi\u00e9n realiza sesiones de capacitaci\u00f3n para abogados de medios y formuladores de pol\u00edtica.<\/p>\n<p><strong>Instituto Internacional de Prensa (IPI)<\/strong><\/p>\n<p>www.freemedia.at<\/p>\n<p>La historia de esta ONG con sede en Viena, Austria data de 1950. Trabaja para promover y proteger la libertad de expresi\u00f3n. Su publicaci\u00f3n, Death Watch, sigue la pista de periodistas y personal de medios quienes hayan sido un blanco directo por ejercer el periodismo, y el IPI recuenta las historias de periodistas individuales a trav\u00e9s de su Justice Denied Campaign. El IPI realiza investigaciones independientes sobre el estado de la libertad de prensa alrededor del mundo, y su Lista de Observaci\u00f3n supervisa a gobierno cuyas acciones oficiales amenazan la independencia de los medios. La IPI ha enviado misiones de defensa e investigaci\u00f3n a Bangladesh, Nepal, Sri Lanka y otros pa\u00edses.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Proyecto Internacional Abogados Senior (ISLP) <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.islp.org<\/p>\n<p>Lanzada en junio del 2001, esta organizaci\u00f3n aplica el talento de abogados retirados, o que se retiraron pronto, en cuestiones legales y legislativas en el mundo emergente, entre ellas la libertad de prensa y acceso a informaci\u00f3n. Con sede en Nueva York, cuenta con oficinas en Washington D. C., y Par\u00eds, los voluntarios de ISLP han trabajado principalmente en Eurasia, Rusia, y la India, pero el mandato del grupo es global.<\/p>\n<p>Entre muchos otros proyectos, los abogados voluntarios de la ISLP ha convenido una conferencia que explor\u00f3 el papel de China en el establecimiento de normas globales para la red Internet, brind\u00f3 informes legales alegando que la ley de difamaci\u00f3n criminal de Sierra Leona viola la constituci\u00f3n de ese pa\u00eds y trabaj\u00f3 con el Centro para el Periodismo en Situaciones Extremas para ayudar a ese grupo a mejorar su defensa a favor de periodistas que enfrentan cargos de difamaci\u00f3n y otros cargos legales relacionados en la antigua Uni\u00f3n Sovi\u00e9tica. En 2008 y 2009, la ISLP proporcion\u00f3 consejo para la redacci\u00f3n de leyes de libertad de informaci\u00f3n y prensa en Yemen.<\/p>\n<p><strong>Junta Internacional de Investigaci<\/strong><strong>\u05e3<\/strong><strong>n e Intercambios (IREX)<\/strong> http:\/\/www.irex.org\/<\/p>\n<p>Fundada en 1968, IREX es una ONG internacional con sede en Washington D. C., que trabaja para fortalecer los medios independientes y mejorar el ambiente pol\u00edtico para periodistas. En conjunto con su asociado IREX Europa, con sede en Lyon, Francia (http:\/\/www.europe.irex. org), IREX organiza programas de capacitaci\u00f3n en medios y brinda servicios de consultor\u00eda a socios locales que ayudan al apoyo y avance del desarrollo de la sociedad civil en m\u00e1s de 100 pa\u00edses. Por ejemplo, empoder\u00f3 a grupos locales para presionar a favor de un cambio en el derecho de medios en Eslovaquia y en Bulgaria. El \u00edndice de Sostenibilidad de los Medios de Comunicaci\u00f3n de IREX eval\u00faa y cuantifica las condiciones de los medios independientes en 76 pa\u00edses.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Instituto Sociedad Abierta y Red de Fundaciones Soros <\/strong>http:\/\/www.soros.org<\/p>\n<p>Esta fundaci\u00f3n privada, con sede en Nueva York, fue establecida en 1993 por el inversionista y fil\u00e1ntropo George Soros. Brinda subvenciones monetarias para fortalecer la sociedad civil. A trav\u00e9s de la Iniciativa Pro-justicia de la Sociedad Abierta (OSJI) promueve la reforma legal y litiga una gama de casos sobre derechos civiles, incluyendo libertad de expresi\u00f3n e informaci\u00f3n. Tambi\u00e9n realiza estudios, incluyendo un notable estudio de respuestas del gobierno a solicitudes de libertad en informaci\u00f3n en 2006. Este estudio lleg\u00f3 a la conclusi\u00f3n de que las leyes adoptadas m\u00e1s recientemente en realidad funcionan mejor que aquellas en democracias m\u00e1s antiguas. La OSJI cita su papel como \u00abamigo de la corte\u00bb en Claude vs Chile, un caso ante el Tribunal Interamericano para los Derechos Humanos, como un factor que condujo a la adopci\u00f3n de la ley de libertad de informaci\u00f3n en Chile en abril de 2009 (http:\/\/www.soros.org\/initiatives\/justice\/litigation\/chile) .<\/p>\n<p><strong>Privacidad Internacional (PI)<\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.privacyinternational.org<\/p>\n<p>Establecida en 1990 por una coalici\u00f3n de m\u00e1s de 100 expertos en privacidad y organizaciones de derechos civiles de 40 pa\u00edses, Privacy International realiza investigaciones y patrocina programas sobre amenazas a la privacidad personal. Con sede en Londres, PI supervisa las actividades de vigilancia del gobierno y estudia las implicaciones de flujos de informaci\u00f3n transfronterizos. Esta ONG publica una amplia variedad de libros e informes, incluyendo un internacional Estudio sobre la Libertad de Informaci\u00f3n. Revisa propuestas legislativas, particularmente en democracias emergentes tales como Albania, Moldavia y Croacia, y ha estudiado como las medidas de lucha contra el terrorismo afectan la libertad de prensa y los derechos de periodistas de proteger sus fuentes.<\/p>\n<p><strong>Asociaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n de Noticias Digitales, Radio y Televisi<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n (RTDNA) <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.rtnda.org\/<\/p>\n<p>La RTDNA (antes Asociaci\u00f3n de Directores de Noticias de Radio y Televisi\u00f3n) es la asociaci\u00f3n profesional m\u00e1s grande del mundo sirviendo exclusivamente a la profesi\u00f3n de las noticias electr\u00f3nicas. Fundada en 1946, promueve la \u00e9tica en el periodismo, libertad de informaci\u00f3n y libertad de prensa. Defiende, promueve y ocasionalmente litiga en cuestiones que afectan a la industria del periodismo electr\u00f3nico en Estados Unidos y el extranjero. A trav\u00e9s de su fundaci\u00f3n, la RTDNA patrocina talleres y programas de capacitaci\u00f3n, as\u00ed como al Intercambio de Periodistas con RIAS en Alemania.<\/p>\n<p><strong>Comit\u00e9 de Reporteros para la Libertad de la Prensa (RCFP) <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.rcfp.org<\/p>\n<p>Fundado en 1970, la RCFP es una ONG ubicada en Arlington, Virginia, que mantiene una l\u00ednea directa las 24 horas ofreciendo asistencia legal y de investigaci\u00f3n gratuita a cualquier periodista en Estados Unidos. Promueve y defiende la libertad de prensa y el gobierno abierto, presenta informes como amigo de la corte e inicia litigaci\u00f3n bajo su propio nombre.<\/p>\n<p>El RFCP tambi\u00e9n publica una amplia variedad de gu\u00edas legales y manuales sobre medios y leyes de libertad de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Reporteros Sin Fronteras (RSF) <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.rsf.org\/<\/p>\n<p>Fundado en 1985, RSF lucha contra las leyes de censura y trabaja para mejorar la seguridad de los periodistas, particularmente en zonas de guerra. Emprende misiones de investigaci\u00f3n y defiende a reporteros que hayan sido encarcelados o acusados. Entre las muchas publicaciones de RSF se encuentra un resumen anual de la libertad de prensa publicada cada enero, una lista de \u00abdepredadores de la libertad de prensa\u00bb que se publica el D\u00eda Mundial de la Libertad de Prensa (3 de Mayo) y el \u00cdndice Mundial de Libertad de Prensa cada Octubre. Esta ONG cuenta con sucursales en nueve pa\u00edses;\u00bb as\u00ed como oficinas en Paris, Nueva York, Tokio y Washington D.C., y una red de m\u00e1s de 120 corresponsales en otros pa\u00edses.<\/p>\n<p><strong>Sociedad de Periodistas Profesionales (SPJ) <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.spj.org<\/p>\n<p>La asociaci\u00f3n voluntaria m\u00e1s grande de periodistas activos en Estados Unidos, la SPJ promueve y defiende la libertad de prensa. Presenta reportes como amigo de la corte, inicia litigaciones y habla en favor de periodistas en peligro dentro y fuera de Estados Unidos. Miles de periodistas voluntariamente abrazan el C\u00f3digo de \u00c9tica de la SPJ, frecuentemente mencionada como la declaraci\u00f3n con mayor autoridad sobre \u00e9tica en los medios de Estados Unidos.<\/p>\n<p><strong>Proyecto Ujima <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.ujima-project.org<\/p>\n<p>Una colecci\u00f3n de bases de datos, documentos y otra informaci\u00f3n lanzada en septiembre de 2009, el Proyecto Ujima intenta brindar m\u00e1s transparencia a la obra de los gobiernos en \u00c1frica, particularmente los que no cuentan con leyes de libertad de informaci\u00f3n. Est\u00e1 apoyado por el Instituto de Medios de Great Lakes (http:\/\/www.greatlakesmedia.org\/), una ONG cuya misi\u00f3n es alentar el periodismo profesional y \u00e9tico en el \u00c1frica al sur del Sahara.<\/p>\n<p><strong>Recursos Adicionales <\/strong><\/p>\n<p>Adem\u00e1s de las organizaciones y sitios web mencionados arriba, los siguientes ofrecen una amplia variedad de publicaciones y otros recursos sobre derecho y \u00e9tica en medios:<\/p>\n<p><strong>Recursos en l\u00ednea electr\u00f3nica Centro Internacional para la \u00c9tica en los Medios<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0http:\/\/www.cimethics.org\/ <\/strong><\/p>\n<p>@lUna p\u00e1gina para la \u00e9tica period\u00edstica. El Centro celebra una conferencia anual, brinda capacitaci\u00f3n y presentaciones, y publica un bolet\u00edn mensual sobre la \u00e9tica en el periodismo.<\/p>\n<p><strong>EthicNet <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/ethicnet.uta.fijcodes_by_country<\/p>\n<p>@lUna colecci\u00f3n de c\u00f3digos de \u00e9tica period\u00edstica organizada por pa\u00eds.<\/p>\n<p><strong>Centro de Recursos para el Derecho de Medios <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.medialaw.org.<\/p>\n<p>@lUn repositorio de informaci\u00f3n sin fines de lucro respaldado por organizaciones de medios y firmas de abogados para supervisar sucesos y promover los derechos bajo la Primera Enmienda en las \u00e1reas de difamaci\u00f3n, privacidad y otras \u00e1reas legales.<\/p>\n<p><strong>Organizaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n para la Seguridad y Cooperaci<\/strong><strong>\u05e3<\/strong><strong>n en Europa (OSCE) <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.osce.org\/resources\/<\/p>\n<p>La p\u00e1gina web de recursos de la OSCE incluye v\u00ednculos a materiales sobre la Libertad de los Medios.<\/p>\n<p><strong>Organizaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n de Defensores del P<\/strong><strong>\u00fa<\/strong><strong>blico en la Prensa<\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/newsombudsmen.org\/<\/p>\n<p>Un sitio dedicado al concepto del defensor del p\u00fablico residente e independiente, una forma simple pero efectiva de autorregulaci\u00f3n. Centro Silha para el Estudio del Derecho y \u05b9tica en los Medios.<\/p>\n<p><strong>Centro Silha para el Estudio del Derecho y <\/strong><strong>\u05b9<\/strong><strong>tica en los Medios<\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/www.silha.umn.edu<\/p>\n<p>La funci\u00f3n primaria del Centro es realizar investigaciones en \u00e1reas en donde convergen los asuntos legales y \u00e9ticos y supervisar los cambios en la ley o pr\u00e1ctica period\u00edstica que pueda resultar.<\/p>\n<p><strong>UNESCO <\/strong><\/p>\n<p>http:\/\/unesdoc.unesco.org\/uLis\/ index.shtml<\/p>\n<p>La p\u00e1gina web de Documentos y Publicaciones proporciona la capacidad de b\u00fasqueda para acceder a publicaciones de la UNESCO.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Algunos recientes libros relacionados al tema, en ingl<\/strong><strong>\u00e9<\/strong><strong>s <\/strong><\/p>\n<p>Glasser, Charles J. (ed). International Libel and Privacy Handbook, 2nd Edition.<\/p>\n<p>New York, NY: Bloomberg Press, 2009.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>The First Amendment Handbook. Arlington, VA: The Reporters Committee for<\/p>\n<p>Freedom of the Press, 2003. http:\/\/www. rcfp.org\/handbook\/index.html<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Kittross, John Michael. An Ethics Trajectory: Visions of Media Past, Present and<\/p>\n<p>Yet to Come. Urbana, IL: University of Illinois\/lnstitute of Communications Research, 2008.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Sterling, Christopher H. Encyclopedia of Journalism. Thousand Oaks, CA: Sage<\/p>\n<p>Publications, Inc., 2009.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Vile, John R., David L. Hudson Jr. and David Schulz (eds). Encyclopedia of the<\/p>\n<p>First Amendment. Washington, DC: CQ Press, 2009.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Weisenhaus, Doreen. Hong Kong Media Law: A Guide for Journalists and<\/p>\n<p>Media Professionals. Hong Kong: Hong Kong University Press, 2007.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Wendell, Carolyn R. The Right to Offend, Shock or Disturb. Reston, VA:<\/p>\n<p>World Press Freedom Committee, 2009.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>S E R I E\u00a0 D E\u00a0 M A N U A LES&#8217; Departamento de Estado de Estados Unidos Oficina de Programas de Informaci\u00f3n Internacional han d books@state.gov. La Oficina de Programas de Informaci\u00f3n Interna Departamento de Estado de Estados Unidos email: medialaw@state.gov.Publicado en 2011. Introducci\u00f3n: Los intelectuales discrepan en&#8230;<\/p>\n<p class=\"continue-reading-button\"> <a class=\"continue-reading-link\" href=\"https:\/\/natureduca.com\/clubamistadcubausa\/los-medios-de-prensa-y-la-ley\/\">Continue reading<i class=\"crycon-right-dir\"><\/i><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":8,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1,6,9],"tags":[15,17,21,39,49,24],"class_list":["post-643","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-general","category-opinion","category-sociales","tag-cuba","tag-eeuu","tag-ley","tag-medios","tag-prensa","tag-usa"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/natureduca.com\/clubamistadcubausa\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/643","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/natureduca.com\/clubamistadcubausa\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/natureduca.com\/clubamistadcubausa\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/natureduca.com\/clubamistadcubausa\/wp-json\/wp\/v2\/users\/8"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/natureduca.com\/clubamistadcubausa\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=643"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/natureduca.com\/clubamistadcubausa\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/643\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/natureduca.com\/clubamistadcubausa\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=643"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/natureduca.com\/clubamistadcubausa\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=643"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/natureduca.com\/clubamistadcubausa\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=643"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}